Constitucional

Inconstitucionalidad de la Ley contra el Transfuguismo

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la PUCP, coordinador del área de Litigio Constitucional del Instituto de Defensa Legal y especialista en los derechos de los pueblos indígenas. La Ley contra el Transfuguismo fue aprobada a través de la Resolución Legislativa del Congreso Nº 007-2016-2017-CR[1], y son fundamentalmente dos, las modificaciones que ella establece al Reglamento del Congreso de la República. En primer lugar, modifica el artículo 22.d para establecer que solo los congresistas miembros de los Grupos Parlamentarios “podrán elegir y postular […] a los cargos de la Mesa Directiva del Congreso o de las Comisiones o ser designado miembro de la Comisión Permanente o del Consejo Directivo”. En segundo lugar, se modifica el artículo 37.2 para establecer que “No

Control Parlamentario sobre la facultad legislativa delegada y el Decreto Legislativo 1323 que sanciona actos discriminatorios motivados por la orientación sexual e identidad de género

Por Karen Anaya, investigadora del Grupo de Investigación en Derecho, Género y Sexualidad y bachillera en Derecho por la PUCP, y Brenda Alvarez, autora invitada, abogada y candidata a Magister en Derecho Constitucional por la PUCP. En el marco del artículo 104 de la Constitución Política, mediante la Ley N° 30506 el Congreso de la República delegó facultades al Ejecutivo para legislar en materias diversas incluida la de Seguridad Ciudadana, por el plazo de 90 días. Así, la ley autoritativa, en el artículo 2, numeral 2, literal a, determinó que el Ejecutivo podía “(…), modificar la legislación penal y procesal penal y de ejecución penal (…) para combatir la violencia familiar y la violencia de género”. En cumplimiento de dichas

Derecho Fundamental al Matrimonio Igualitario

Por César Landa Arroyo, ex presidente del Tribunal Constitucional y profesor de Derecho Constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú.  Con la sentencia que el juez Muñoz Carranza, del 7mo. Juzgado Constitucional ha emitido el pasado 21 de diciembre del 2016, reconociendo que el RENIEC ha violado el derecho a la igualdad y no discriminación de Oscar Ugarteche y Fidel Aroche al impedirles registrar en el Perú su matrimonio realizado en México; se establece por vez primera en el Perú el reconocimiento del matrimonio homosexual, sin que exista una ley del Congreso que lo regule, ni una sentencia del Tribunal Constitucional que lo reconozca. La emisión de esta sentencia sobre el matrimonio homosexual pone a debate la tutela de

La creación de (otras) dos Salas Supremas Transitorias (más)

Por Daniel Reyna Vargas, asistente de cátedra del curso de Derecho Procesal Civil de la Universidad de Piura y Asesor Jurisdiccional del Tribunal Constitucional. El 30 de diciembre de 2016, se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Administrativa N° 343-2016-CE-PJ, de fecha 26 de diciembre de 2016, mediante la cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creó dos Salas Transitorias en la Corte Suprema de Justicia. La intención, según se desprende del considerando primero de la referida resolución, sería la de contar con una Sala Penal especializada en delitos tributarios, aduaneros, de mercado y ambientales; así como con una Sala Suprema especializada en procesos contencioso administrativos en materia tributaria y aduanera y en temas de regulación y mercado.

Editorial | Congreso vs. Fiscalía: a propósito de la Investigación del caso Odebrecht

Hace unas semanas se desató el escándalo Odebrecht. Esta y otras empresas procedentes de Brasil habrían pagado a altos funcionarios peruanos de tres gobiernos para hacerse de grandes obras y proyectos de infraestructura. Ante ello, el Ministerio Público ha iniciado los procesos correspondientes y suscribió un acuerdo con dicha empresa para obtener información sobre los sobornos realizados entre el 2005 y 2014. A la par, en el Congreso de la República se formó la Comisión Lava Jato, dirigida por Víctor Albretch. Este grupo de congresistas buscarán esclarecer los mismos hechos investigados por la Fiscalía. Así, encontramos dos investigaciones en paralelo sobre el mismo caso. ¿En qué consiste cada investigación? ¿Existe alguna relación entre ambas? ¿Podría producirse algún conflicto? El Ministerio

Entrevista a César Landa sobre el proyecto de ley que busca prohibir la pornografía en el Perú

En esta entrega, Enfoque Derecho conversó con César Landa, expresidente del Tribunal Constitucional y docente de la Facultad de Derecho de la PUCP, sobre los alcances del proyecto de ley presentado por el congresista Yonhy Lescano que busca prohibir el acceso a la pornografía en nuestro país. Enfoque Derecho: El proyecto de ley tiene como objetivo reducir los índices de violaciones sexuales en el país y mejorar la salud de los usuarios de internet. ¿Cree que la medida propuesta es idónea para lograr el objetivo planteado? César Landa: Siempre es plausible que las leyes busquen combatir la delincuencia, mejorar la salud de las personas, pero a veces hay que ver cuáles son los instrumentos y cuáles son los puntos de partida

Editorial | La tiranía de la mayoría: de la censura a otros posibles escenarios

“En la especulación política se incluye ya la «tiranía de la mayoría» entre los males contra los cuales debe ponerse en guardia la sociedad.” JOHN STUART MILL, Sobre la Libertad (1859) El pasado 15 de diciembre, con 78 votos a favor, fue censurado Jaime Saavedra, quien hasta hace unos días era el ministro de Educación del gobierno de Pedro Pablo Kuczynski. Previa a la censura, se realizó una interpelación respaldada por las bancadas de Fuerza Popular y el APRA, en la que se le increpó al exministro la supuesta compra irregular de computadoras, bajo un convenio marco, y la demora en la organización de los Juegos Panamericanos, a llevarse a cabo el 2019 en nuestro país. Por otro lado, los

Censura, confianza y otros elementos del sistema de gobierno frente a la coyuntura reciente

Por Ana C. Neyra Zegarra, abogada por la PUCP, docente en  la UP y la UNMSM, miembro de Perspectiva Constitucional y Presidenta de Constitucionalismo Crítico, asociaciones para la investigación y difusión del Derecho Constitucional. El último miércoles, fuimos testigos de la interpelación al Ministro de Educación, Jaime Saavedra. Luego de largas horas de debate, y casi inmediatamente luego de su conclusión, el grupo parlamentario Fuerza Popular anunció que solicitaría la censura del ministro, al considerar que no había contestado de manera suficiente al pliego interpelatorio formulado. La censura procede con el voto de más de la mitad del número legal de integrantes del Congreso (artículo 132 de la Constitución Política). Al haber sido presentada por la bancada más numerosa, que

Constitución y Democracia

La democracia constitucional, luego de la caída del gobierno militar de 1968-1979, emergió como el modelo político y jurídico del Estado de Derecho. Este se caracteriza porque la soberanía reside en el pueblo, y sus autoridades, electas o no, se someten a la Constitución y a las leyes, dictadas por los representantes del soberano. Los gobiernos democráticos emanados de las urnas durante la década de los ochenta, enfrentaron dos grandes desafíos: la venal insurgencia terrorista y la crisis económica, alentada por la hiperinflación. No se pudieron superar con las instituciones constitucionales porque los líderes del Estado no tenían los instrumentos necesarios para solventar dichos problemas en el marco de la democracia constitucional, en situaciones de emergencia política y económica. La

¿Se puede hacer cuestión de confianza “de cualquier cosa”?

Por Daniel Masnjak, estudiante de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Ante la posibilidad de que se censure al ministro Jaime Saavedra, se ha discutido si el Presidente Kuczynski tiene alguna carta para impedirlo. Esta sería que el Consejo de Ministros haga cuestión de confianza de la permanencia de Saavedra. De esa forma, censurarlo implicaría negarle confianza al gabinete Zavala, que sería el primero de los dos que deben «caer» para que el Presidente pueda disolver el Congreso. Como la oposición no querría ese escenario, el gobierno lograría evitar que censuren al ministro de educación. ¿Es posible tal movida? El artículo 132 de la Constitución se refiere a los medios que tiene el Congreso para hacer efectiva la