Constitucional

Un faenón electoral

De todos los procesos electorales que recuerdo, éste es el peor de todos. Alguien podría argumentar que hubo peores. Puede ser cierto. Hasta hace no mucho existieron en el Perú procesos electorales fraudulentos y muchas dudas sobre si las elecciones respetaban realmente la voluntad popular. Pero, ¿de qué sirve que hoy estemos seguros de que no habrá fraude si todo el mundo hace lo que le da la gana y no existen reglas o, si existen, no se respetan? Eso es como estar seguros de que el árbitro de un partido de fútbol va a declarar ganador al equipo que sume más goles, pero que el partido se podrá jugar como sea: valgan patadas, escupitajos, tomar el balón con la mano o meter más de once jugadores a la cancha. El que vivimos es un proceso que expresa con la mayor desfachatez los peores males de la sociedad peruana.

Salvado por la campana: el presidente Humala y la neutralidad

El jueves pasado, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) objetó la resolución del Jurado Electoral Especial Lima Centro 1 (JEE), el cual indicaba que el presidente de la República, Ollanta Humala, había violado el principio de neutralidad desde que convocó a elecciones. Según el JEE, el presidente Ollanta Humala hizo una serie de críticas al ex presidente Alberto Fujimori, así como a los actuales candidatos a la presidencia. No obstante ello, el JNE consideró que habían vicios en la motivación de la resolución y una vulneración al derecho a la defensa. Por ello, en el presente editorial nos concentraremos en explicar los detalles del caso y analizaremos la necesidad de que el JEE subsane la resolución en aras de proteger el

Jueces peruanos violan sistemáticamente derechos procesales de pueblos indígenas

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la PUCP, coordinador del área de Litigio Constitucional del Instituto de Defensa Legal y especialista en los derechos de los pueblos indígenas; y Maritza Quispe Mamani, abogada de la ONG, Derechos Humanos Sin Fronteras en el Cusco. ¿Pueden los jueces peruanos procesar penalmente a miembros de comunidades campesinas, nativas y rondas campesinas, imponiendo penas privativas de la libertad, sin tener en cuenta la diferencia cultural y sus derechos lingüísticos? ¿Es compatible con el derecho a la igualdad y a la no discriminación tratar a aquellos igual que a los pobladores castellano hablantes de las grandes ciudades, a pesar de la diferencia cultural e idiomática? La gran mayoría de las sentencias en procesos penales contra

Elecciones y candidaturas presidenciales

Es autor de este artículo el Dr. César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional y profesor de Derecho en la PUCP.   El actual proceso electoral está poniendo en evidencia lo mejor y lo peor de los y las candidatas presidenciales por conquistar el poder, que es presidencial en el Perú. Lo avanzado en nuestro Estado Constitucional es que se llega al poder democráticamente, en base al respeto de la voluntad popular expresada libre e informadamente en las urnas, así como, gracias a un sistema imparcial e independiente del gobierno y de la oposición. Lo cual no ha sido una práctica común hasta finales del siglo XX. Sin embargo, los procesos electorales realizados desde el año 2001 hasta la fecha,

A propósito del caso Las Bambas: ¿Son renunciables los derechos de los pueblos indígenas?

¿La no exigencia por parte de las comunidades campesinas de Apurímac de consultar un proyecto en sus territorios ancestrales exonera al Estado de su obligación de hacerlo? ¿Solo existe obligación jurídica de consultar con comunidades campesinas y nativas cuando estas lo solicitan? Un buen ejemplo se muestra en el caso emblemático de Las Bambas, proyecto minero en territorio ancestral de comunidades campesinas quechuas, que no ha sido consultado con las comunidades en cuyas tierras se ejecuta el proyecto, por el simple hecho de que estas nunca lo pidieron. Y no lo hicieron porque, simplemente, nunca se los explicaron.

La ley universitaria y los rectores rebeldes

El rechazo de unos pocos rectores a cumplir con la implementacion de la Ley Universitaria, promoviendo que los partidos politicos de oposición en el Congreso presentaran proyectos de leyes regresivos que finalmente fueron archivados, o pretender deshacerse del presidente de la comision de educacion del congreso, Daniel Mora, utilizando incluso al líder de su partido político aliado del gobierno, pone en evidencia que en el Perú no todos se sienten iguales ante la ley.

Editorial: ¿Medidas de emergencia superfluas?

Tras la clausura de la Conferencia Anual de Ejecutivos – CADE 2015 en Paracas, Ica, el presidente Ollanta Humala declaró el estado de emergencia en la provincia constitucional del Callao, mediante Decreto Supremo N° 083-2015-PCM[1]. ¿Los motivos? El mandatario señaló que las autoridades del Callao lo exhortaron a que disponga esa medida para combatir la delincuencia, el sicariato y el narcotráfico presente en dicha región. Asimismo, Humala precisó que se están especificando las normas que van a regir esta disposición y que las Fuerzas Armadas (FFAA) solo entrarán en caso la Policía Nacional (PNP) lo requiera. Ante esta situación, el presente editorial buscará esclarecer si esta medida es la más idónea para combatir la delincuencia o si resultará una herramienta

Violencia de género y los derechos sexuales y reproductivos: Nuevas formas de entender los derechos humanos

Por Julissa Mantilla Falcón, abogada por la PUCP y docente de la Maestría de Derechos Humanos de la PUCP. Usualmente, al iniciar mis clases o alguna conferencia les pido a los participantes que mencionen algún ejemplo de violación al derecho a la vida que suceda en sus países. Por lo general, los ejemplos se repiten: ejecución arbitraria, desaparición forzada, masacres. Sin embargo, nunca se menciona el caso de la mortalidad materna, no obstante que las cifras en América Latina demuestran la generalidad y gravedad de estos casos. Algo está pasando, por tanto, cuando al momento de hablar de derechos humanos, los derechos de las mujeres no aparecen de inmediato. Lamentablemente, el estudio de los derechos humanos se sigue desarrollando desde

Que mi única opción no sea rezar

A inicios de la presente semana, el Congreso de la República archivó un proyecto de ley que tenía como objeto despenalizar la práctica del aborto en casos en donde el embarazo haya sido producto de una violación. Que se haya propuesto esta medida no debería sorprender a nadie: según un reporte de Infos, el Perú es el país con más denuncias por violación sexual de la región, con una tasa de 22.4% por cada 100,000 habitantes. Asimismo, sigue sin ser novedad el hecho de que, según la organización Flora Tristán, el aborto incompleto sea la tercera causa de muerte materna en nuestro país. Es decir, actualmente en nuestro país, las mujeres no solo tienen altas probabilidades de ser violadas, sino de morir en el caso que decidan practicar un aborto clandestino ante el embarazo producto de la violación.