Por Enfoque Derecho

  1. Corte Internacional de Justicia rechazó las medidas cautelares pedidas por México contra Ecuador en el caso del exvicepresidente Jorge Glas

El pasado 5 de abril, México denunció a Ecuador ante la Corte Internacional de Justicia de violar sus obligaciones bajo el Pacto de Bogotá, la Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas, la carta de la Organización de Estados Americanos, y la Carta de Naciones Unidas; por la irrupción de su embajada en Quito.  Bajo esa misma línea, México solicitó medidas cautelares a la Corte, pero estas no fueron admitidas.

Según la Corte Internacional de Justicia, “la decisión unánime de la Corte Internacional de Justicia de rechazar la solicitud de México confirma el carácter innecesario de la solicitud. La solicitud de México se hizo sin tener en cuenta las repetidas seguridades del Ecuador de que brindaría plena protección y seguridad a los locales, bienes y archivos de la Embajada de México, y que permitiría a México retirar todas esas propiedades de los locales y residencias privadas de sus agentes diplomáticos. Ecuador mantiene su posición” (BBC, 2024). Es decir, resulta innecesario pedir medidas cautelares si no hay un peligro “real e inminente” de afectación a los derechos señalados y, más aún, que Ecuador está dando garantías para la protección de su embajada.

Cabe mencionar que las medidas cautelares se dictan en una fase provisional antes de valorar el fondo del caso; por lo que, ahora falta conocer el fallo definitivo, cuya fecha aún no ha sido anunciada.

Fuentes:

https://cnnespanol.cnn.com/2024/05/23/mexico-ecuador-cij-sentencia-rechaza-medidas-provisionales-embajada-orix/

https://www.france24.com/es/am%C3%A9rica-latina/20240523-la-cij-rechaza-las-medidas-cautelares-solicitadas-por-m%C3%A9xico-contra-ecuador-por-el-asalto-a-su-embajada-en-quito


2. Junta Nacional de Justicia (JNJ) destituyó a Patricia Benavides de su cargo de fiscal suprema y fiscal de la Nación, por haber interferido en la investigación seguida contra su hermana, la jueza Enma Benavides, quien también fue destituida.

El miércoles 22 de mayo, por unanimidad, el pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) destituyó a Patricia Benavides del cargo de fiscal suprema del Ministerio Público y, en consecuencia, del cargo de fiscal de la Nación. Se ha dado a conocer que esta decisión se sustenta en la supuesta interferencia que habría realizado Patricia Benavides en la investigación seguida a su hermana Enma Benavides, separando de su cargo a la fiscal Bersabeth Revilla, “sin la debida motivación y haberle dado un trato degradante”. Todo esto fue anunciado por el presidente de la Junta Nacional de Justicia, Antonio de La Haza, al término de la audiencia (según se publicó en la plataforma digital del Estado peruano). 

De igual forma, la JNJ resolvió destituir a Enma Benavides del cargo de jueza superior por mejorar su posición en la investigación penal seguida en su contra y por haber mentido a la ciudadanía sobre sus antecedentes disciplinarios, por lo que incurre en faltas muy graves tipificadas en la Ley de la Carrera Judicial».

En ese contexto, otra  de las razones de la destitución de Patricia Benavides, fue el haber favorecido a Miguel Vegas Vaccaro. Esto se argumenta pues supuestamente Vegas habría sido designado  en el cargo de fiscal adjunto supremo provisional, a pesar de la existencia de sanciones disciplinarias. Ello constituiría una falta disciplinaria muy grave tipificada en la Ley de la Carrera Fiscal.

Ante esto, Bersabeth Revilla, fiscal que fue removida por Patricia Benavides, mencionó lo siguiente: «El tiempo me ha dado la razón porque yo estaba defendiendo la verdad. Me siento reivindicada». Esto se da tras conocer que Patricia Benavides habría removido a Revilla basando su accionar en un informe fraudulento de baja productividad y sin respetar su derecho a la defensa. 

Cabe precisar que, según La República, se ha dado a conocer que uno de los abogados de Patricia Benavides, específicamente Juan Peña, estaría buscando pedir una reconsideración ante el Poder Judicial para anular la destitución de la exfiscal.

Fuentes:

https://www.gob.pe/institucion/jnj/noticias/959857-jnj-destituyo-a-patricia-benavides-del-cargo-de-fiscal-suprema-y-de-fiscal-de-la-nacion 

https://www.france24.com/es/minuto-a-minuto/20240523-justicia-de-per%C3%BA-destituye-a-fiscal-general-por-interferir-en-investigaci%C3%B3n-a-su-hermana

https://larepublica.pe/amp/politica/2024/05/23/patricia-benavides-es-destituida-por-la-jnj-cuales-fueron-las-razones-para-retirarla-como-fiscal-suprema-1745286 

https://elpais.com/america/2024-05-23/destituida-la-fiscal-de-la-nacion-de-peru-por-interferir-en-una-investigacion-contra-su-hermana.html 


3. Fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, dio cumplimiento a la orden judicial y designó a Zoraida Ávalos como fiscal suprema titular

El 14 de mayo, la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó la reincorporación de Ávalos tras su suspensión y este  último viernes 24 de mayo, la Tercera Sala en lo Constitucional de Lima reiteró  la reincorporación inmediata de Zoraida Ávalos al Ministerio Público, además de exhortar al fiscal de la Nación interino, Juan Carlos Villena, para cumplir con esta sentencia.

Cabe precisar que, dicha decisión se ha tomado sustentándose en la demora que estaría teniendo la sentencia en sí misma, pues según el Poder Judicial: “Se debe de tener en cuenta que, aun cuando el Código Procesal Constitucional establece plazos perentorios y céleres para el proceso de amparo, en la realidad y en el trámite de los mismos, dichos plazos se ven sobrepasados”. Por lo tanto, el Poder Judicial aseveró que no actuar de forma inmediata no solo perjudicaría en el aspecto laboral de Zoraida Ávalos, sino también en su desarrollo profesional y proyecto de vida, siendo evidente que, esto podría causar daños irreparables. Por esto es que el Poder Judicial ha buscado una reincorporación para no afectar los derechos de Zoraida Ávalos mientras no se resuelva el caso. 

Ahora bien, recordemos que Ávalos fue inhabilitada por el Congreso el 21 de junio del 2023, con 71 votos a favor, por presunta infracción a la Constitución al supuestamente no haber investigado al expresidente Pedro Castillo Terrones. Luego de casi un año suspendida, el Poder Judicial declaró fundada la demanda de amparo a favor de Ávalos. En esa línea, Ávalos escribió en sus redes sociales tras conocer la decisión judicial lo siguiente: «Justicia. Estoy de vuelta. Mientras más grande es la tormenta, más fuerte es el resplandor del sol al amanecer…». 

En contraste, el diario Expreso señala que la decisión del Poder Judicial es irregular, pues el Tribunal Constitucional, en el caso de la inhabilitación a los dos miembros de la JNJ, “determinó que era competencia exclusiva del Congreso de la República enjuiciar y sancionar a los altos funcionarios que hayan cometido una infracción constitucional, y esta decisión no está sujeta a intervención judicial”.

Finalmente, con la reincorporación de Ávalos y la destitución de Patricia Benavides, ya habría quórum, según medios locales, para que la Junta de Fiscales Supremos pueda elegir a un nuevo fiscal de la Nación; debido a que, Juan Carlos Villena ocupaba el cargo de manera interina.

Fuentes:

https://www.infobae.com/peru/2024/05/24/zoraida-avalos-es-reincorporada-al-ministerio-publico-como-fiscal-suprema-titular/

https://www.expreso.com.pe/en-portada/zoraida-avalos-fallo-del-poder-judicial-que-ordena-restitucion-desconoce-sentencia-del-tribunal-constitucional-tc-pj-noticia/1102269/

https://forbes.pe/actualidad/2024-05-24/zoraida-avalos-retorno-al-ministerio-publico-tras-ser-reincorporada-como-fiscal-suprema-titular 


4. Poder Ejecutivo publicó ley que promueve y fortalece la atención de las personas con discapacidad en edad adulta que se encuentren en situación de riesgo, desprotección o abandono familiar

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32034 este 24 de mayo y tiene como objetivo garantizar el acceso de las personas con discapacidad adultas en estado de riesgo, desportección o abandono; a los servicios esenciales de protección que brinda el Estado en forma oportuna y sin discriminación, a fin de garantizar su integridad y su salud física o mental.

En dicha ley se menciona que el Ministerio de Salud (Minsa), el Seguro Social de Salud (ESSALUD), las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP), de acuerdo con sus respectivos ámbitos de competencia, brindarán toda la información al Conadis vinculada a la persona con discapacidad en edad adulta que se encuentre en situación de riesgo, desprotección o abandono familiar. Ello con el objetivo de que el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif) pueda recopilar la información de Conadis y les otorguen centros de acogida o protección.

En la parte final de la ley se señala que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables deberá informar anualmente al Congreso “sobre el funcionamiento de todos los servicios destinados a la atención de personas con discapacidad en edad adulta que se encuentren en situación de riesgo, desprotección o abandono familiar”. 

Fuente:

https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF 

https://www.elperuano.pe/noticia/244215-ley-n-32034-atencion-a-los-adultos-en-situacion-de-riesgo-y-abandono-sera-prioritaria 

https://andina.pe/agencia/noticia-adultos-discapacidad-situacion-riesgo-contaran-servicios-del-estado-986930.aspx