Por Jessica Maeda, Máster en Derecho Internacional Público por la Universidad de Leiden y especialista en Derecho Internacional Humanitario y Derecho Penal Internacional.
El abogado del diablo existió. Nació en lo que ahora es Tailandia, tenía nacionalidad francesa y se llamaba Jacques Vergès. Entre sus clientes tuvo a Klaus Barbie, también conocido como el “carnicero de Lyon”; al terrorista venezolano Ilich Ramírez o “Carlos, el Chacal” y al negacionista del holocausto Roger Garaudy. En sus últimos años, asumió la defensa del jemer rojo Khieu Samphan y del expresidente de Costa de Marfil, Laurent Gbagbo, quien actualmente es el primer exjefe de Estado que está siendo juzgado por la comisión de crímenes de lesa humanidad ante la Corte Penal Internacional (CPI). Se dice que quiso representar a Slobodan Milošević pero que este declinó contar con representación legal.
Vergès era tan consciente de su propia fama que incluso tituló su autobiografía “El brillante bastardo” y no era poco usual que en sus entrevistas le plantearan preguntas complicadas, siempre en ese limbo entre lo moral y lo legal. Así, en el 2004, el diario “France Soir” le preguntó cómo podría defender a Saddam Hussein, a lo que Vergès contestó: “Defender a Sadam no es una causa perdida. Defender a (George W.) Bush es la causa perdida”.
En efecto, la evidencia indica que las acciones llevadas a cabo durante la invasión de Estados Unidos en Irak podrían calificar de crímenes internacionales. Sin embargo, la falta de argumentos jurídicos no serán un problema para George W. Bush siempre y cuando no se inicien procesos que puedan privarlo efectivamente de la libertad.[1]
¿Y la Corte Penal Internacional?
Estados Unidos no es parte del Estatuto de Roma, tratado que crea la CPI. No sorprende que Rusia y China estén en la misma situación. Los tres estados son potencias mundiales y sus líderes han seguido utilizando la fuerza como herramienta de política internacional, a pesar de su prohibición en el Derecho Internacional.[2] De esa manera, y debido a los excesos que estas situaciones usualmente generan, sus líderes han buscado evitar la jurisdicción de la CPI a toda costa.
Les explico mejor la situación: la CPI podrá actuar si los Estados aceptan su competencia. De esa manera, podrá investigar los supuestos crímenes[3] cometidos en el territorio o realizados por un/a nacional de los Estados parte.[4] Al no ratificar el Estatuto de Roma, las autoridades de Estados Unidos, Rusia y China claramente evitan una posible investigación de la CPI.
La competencia también se puede ejercer si el Consejo de Seguridad remite el caso. Pero teniendo en cuenta que estamos ante tres Miembros Permanentes, resulta fácticamente imposible que se inicien las investigaciones por esta vía, ya que los tres cuentan con la posibilidad del veto.[5] Es decir, pareciera que existen Estados “intocables” ante la CPI.
La situación de Georgia
A finales del mes pasado, el 27 de enero de 2016, la Sala Preliminar I de la CPI autorizó el pedido de la Fiscalía para investigar los crímenes cometidos en el contexto del conflicto armado en Georgia, que involucró a Rusia, sobre el territorio de Osetia del Sur (considerada como parte del territorio de Georgia, Estado parte de la CPI, para efectos de dicha investigación).
En el documento presentado el 17 de noviembre de 2015 por la Fiscalía, se solicita autorización para iniciar las investigaciones en la situación de Georgia, por la posible comisión de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad entre el 1 de julio y el 10 de octubre de 2008, entre ellos, matanzas, desapariciones forzadas y persecución de civiles, por parte de las fuerzas de Osetia del Sur. En esa línea, la Fiscalía resalta que Rusia cumplió un rol en la organización, coordinación y planeamiento de las acciones militares de las fuerzas de Osetia del Sur, así como entrenamiento y soporte operacional.
Con la confirmación por parte de la Sala Preliminar I, se abre una puerta para que las autoridades rusas puedan ser investigadas por la comisión de crímenes internacionales en el marco de la CPI, lo que supone un avance esperanzador para el Derecho Penal Internacional. De esa manera, se rompe la imagen de “Estado intocable” y se fortalece el rol de la institución. Solo así, logrando un verdadero impacto global, la CPI servirá como herramienta de disuasión en la comisión de futuros crímenes internacionales. Además, ya no está más Jacques Vergès para defenderlos y aunque vivo, el vetusto argumento de una justicia penal internacional «colonialista» y al servicio de las «grandes potencias», resultaría insuficiente.
[1] Casi ocho años después de la invasión a Irak, un tribunal de Malasia decidió condenar al ex presidente George W. Bush y al ex premier británico Tony Blair por crímenes de guerra. El Tribunal de Crímenes de Guerra de Kuala Lumpur los encontró culpables de genocidio y crímenes contra la paz después de una investigación que llevó casi tres años. Consultado el 14 de febrero de 2016 de: http://www.clarin.com/mundo/Bush-Blair-condenados-crimenes-guerra_0_596340588.html
[2] La prohibición del uso de la fuerza está recogida en el artículo 2.4 de la Carta de Naciones Unidas: “Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas”.
[3] Art. 5 del Estatuto de Roma.
[4] Art. 12 del Estatuto de Roma.
[5] Art. 27 de la Carta de Naciones Unidas.