acreedor

INFOQUE | ¿En qué consiste la mora y sus elementos?

#Infografía ? ¿Conoces las características y los elementos de una #mora? En la siguiente infografía, #EnfoqueDerecho sintetiza la definición, principales #características y #elementos de una mora. ¿Qué otro tema te gustaría que abordemos en la siguiente infografía? ¡Coméntanos! ⬇️

Infografía | ¿Qué es una obligación?

#Infografía ? ¿Sabías que existen diversos tipos de #obligaciones? En la siguiente infografía, #EnfoqueDerecho te presenta las diversas obligaciones de dar, junto a un breve #análisis de las mismas. ¿Te resultó interesante esta información? ➡️ ¡Coméntanos!

Diferencias entre la acción subrogatoria y la acción revocatoria

Por Enfoque Derecho A. La acción subrogatoria (deudor permanece inerte) Ejemplo: deudor que se abstiene de reivindicar sus bienes, de demandar judicialmente el resarcimiento de daños por él sufridos, o incluso de pretender por esta última vía el pago de sus créditos.  El ejercicio de la acción subrogatoria termina beneficiando, indirectamente, a todos los acreedores porque permite que se reintegre enteramente el patrimonio del deudor, con la consecuencia de que todos los acreedores podrán aprovecharse de su mayor consistencia. La sustitución de los deudores (en el ejercicio de sus derechos o acciones frente a tercero) por sus acreedores, es posible en presencia de tres presupuestos fijados por el legislador: La inercia del deudor: sólo si el deudor se abstiene de

Acción Pauliana

Por Enfoque Derecho ¿Qué es la acción pauliana? Es un remedio del cual dispone el acreedor para hacer inoponibles frente a él los actos de disposición (a título gratuito o a título oneroso) de su deudor con terceros. El Código Civil en su artículo 195 la define de la siguiente manera: El acreedor, aunque el crédito esté sujeto a condición o a plazo, puede pedir que se declaren ineficaces respecto de él los actos gratuitos del deudor por los que renuncie a derechos o con los que disminuya su patrimonio conocido y perjudiquen el cobro del crédito. Se presume la existencia de perjuicio cuando del acto del deudor resulta la imposibilidad de pagar íntegramente la prestación debida, o se dificulta

Una mirada hacia la intimación en mora y su (¿solemne?) formalidad

Por Laura Castillo Mego, adjunta de docencia en Derecho Civil de la PUCP. Introducción La crisis sanitaria y económica desatada por la pandemia ha puesto de manifiesto la necesidad de agilizar las gestiones de los negocios. En ese contexto, los periodos de cuarentena este año y la progresiva reactivación de la economía han podido acelerar (aunque aún está en curso) ciertos avances en el uso de plataformas digitales (de bancos, compras en línea) en quienes podrían ser reticentes en su empleo. No hay razón para que estos usos digitales no puedan verse replicados, también, en el manejo de algunas instituciones del Derecho. Así que nos podemos preguntar: ¿hay instituciones del Derecho Civil a las que pueda darse nueva mirada “digital”?