
La anulación de laudos extemporáneos
«La anulación de un laudo arbitral por extemporaneidad no depende únicamente de un dato objetivo el vencimiento del plazo, sino, de manera decisiva, de la conducta procesal de la parte que invoca dicha causal. En este contexto, la diligencia, oportunidad y coherencia en el actuar no son elementos accesorios, sino verdaderos filtros de procedencia».
