Artículo 70

Comentarios a la actual normativa sobre expropiación para efectos del Impuesto a la Renta

Por Nicolás Valverde Casas, abogado por la PUCP y asociado de Miranda & Amado El pasado 24 de junio, el presidente Marín Vizcarra sorprendió a todos señalando que si no se llegaba a un acuerdo con las clínicas privadas por los precios de hospitalización de pacientes con Covid-19, haría uso del artículo 70 de la Constitución para poder intervenirlas. Dicho artículo está incluido dentro del régimen de propiedad de nuestra Constitución y señala que “a nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio”. En buenas cuentas, dicho artículo establece la inviolabilidad del derecho a

Entrevista a Cesar Landa | Expropiación en tiempos de pandemia

Por Enfoque Derecho El 24 de junio, el presidente Martín Vizcarra, mediante una conferencia de prensa, dio un plazo de 48 horas a las clínicas privadas para alcanzar un acuerdo sobre las tarifas que le cobrarán al Gobierno por atender a pacientes de la COVID-19. En ese sentido, Vizcarra manifestó que si en el plazo citado no se llega a un acuerdo con las clínicas, el Gobierno apelará al artículo 70° de la Constitución, que contempla la posibilidad de expropiar la propiedad privada. Si bien, ese mismo día se llegó a un acuerdo, desde Enfoque Derecho quisimos analizar si dicha medida era o no factible, por lo que conversamos con el doctor Cesar Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional. ED: El Ejecutivo