Autonomía Reproductiva

¿Es legítimo el aborto cuando existe un diagnóstico cierto de inviabilidad fetal extrauterina?

Por Dafné Danaí Gómez Cisneros, estudiante de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas en la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga 1. Introducción El Derecho penal suele presentarse como la respuesta más firme del Estado frente a conductas que lesionan bienes jurídicos importantes. Sin embargo, una norma penal no es justa solo porque haya sido aprobada conforme al procedimiento legal: también debe explicar por qué castiga, qué bien protege y qué consecuencias produce. Esta diferencia entre validez y justicia se vuelve especialmente visible cuando una mujer recibe un diagnóstico que confirma una malformación fetal incompatible con la vida extrauterina. En el Perú, el artículo 119 del Código Penal excluye de pena el aborto terapéutico cuando constituye el único

Vacío normativo y derechos fundamentales: La urgencia de una ley especial que regule las técnicas de reproducción asistida en el Perú

«El vacío normativo existente en el Perú en materia de técnicas de reproducción asistida es tanto un problema técnico-jurídico como un problema de derechos humanos. Una escueta regulación como la que enfrenta hoy en día nuestro país resulta insuficiente para enfrentar la complejidad de las dinámicas familiares, personales y jurídicas involucradas en las técnicas de reproducción asistida. El análisis desde los derechos humanos y desde el derecho comparado […] revela que el Estado Peruano, al no garantizar un entorno de seguridad jurídica alrededor del uso de las TRAs, incumple obligaciones derivadas de la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos»