Codigo tributario

¿Los servicios digitales pueden dejar de ser esencialmente automáticos para calificar como tales?

Por Frank Fermín García Santos, asociado del Área Tributaria de Miranda & Amado y Jefe de Práctica de Introducción a las Ciencias Jurídicas y adjunto de docencia de Derecho Tributario General en la Facultad de Derecho PUCP. Planteamiento del Problema De acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta[1] (en adelante, “LIR”), los sujetos no domiciliados solamente tributan por sus rentas gravadas con el Impuesto Renta (en adelante, “IR”) que tengan su fuente en el Perú. La LIR tiene una serie de reglas para determinar cuándo una renta gravada tiene su fuente en el Perú. Así, entre otros supuestos, el artículo 9 de la LIR señala que, sin importar la nacionalidad o domicilio de las partes o el lugar

La resolución de determinación como única prueba conducente en los delitos tributarios por facturas falsas

Por Richard Meléndez Salmón, Abogado de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, con veinte años de ejercicio independiente en la especialidad tributaria y diez años en lo penal tributario. Introducción La expresión delito tributario por facturas falsas, usada en el título, es la forma usual con que los contribuyentes se refieren al delito tributario tratado en este artículo, dado que ellos entienden que dicho delito se origina en el uso de facturas falsas, lo cual, no es un error realmente. En efecto, dicha expresión no es equivocada dado que precisamente un tipo de comprobante de pago, la factura, es aquel emitido por los proveedores del contribuyente empresarial, por compras que éste les ha realizado, facturas que sirven legalmente

Impuesto Selectivo al Consumo y un nuevo error legislativo: A propósito de la Ley No. 31557 – Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.

Por: Nicolás Valverde Casas, Asociado del Área Tributaria de Miranda & Amado El Impuesto Selectivo al Consumo (en adelante, “ISC”) es un impuesto que grava solo determinados bienes y/o actividades. En muchos casos, la aplicación del ISC busca desincentivar el consumo de aquellos por generar externalidades negativas individuales, sociales o ambientales. Así, en la actualidad, dicho impuesto grava la venta a nivel productor, la venta en el país por el importador y la importación de bebidas alcohólicas, cigarrillos, bebidas azucaradas, entre otros, así como la realización de determinadas actividades, como los juegos de azar. En efecto, el artículo 50 de la Ley del IGV e ISC señala actualmente en su inciso c) que califican como operaciones gravadas “los juegos de

Repasando la Cláusula Anti-Elusiva General y su implicancia en los tratados tributarios celebrados con los demás países de la Alianza del Pacífico

Por Luis Miguel Sánchez, abogado por la Universidad de Lima y asociado del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Miembro del Instituto Peruano de Derecho Tributario – IPDT y del International Fiscal Association – IFA. Durante el año 2012 en el Perú se realizó una importante modificación legislativa, que introdujo en el ordenamiento tributario la Cláusula Anti-Elusiva General (CAG), a través de la nueva Norma XVI del Código Tributario[1]. También en el 2012, el Perú firmó el Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico[2], el cual reunía a los países de Chile, Colombia, México y Perú, en una alianza económico comercial con la finalidad de fortalecer los instrumentos de integración de América Latina, entre otros, reafirmando la vigencia del

Intereses Amparados

Por Pablo Sotomayor, socio del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con maestría en Tributación Internacional por New York University Law School. En las recientes semanas hemos visto publicadas diversas sentencias del Tribunal Constitucional que declaran fundada la inaplicación de intereses moratorios en el caso de procedimientos tributarios donde la administración tributaria -léase la SUNAT y el Tribunal Fiscal- excedieron los plazos legales para resolver. En esta nota pretendemos comentar el contexto de estas resoluciones, sin entrar a discutir los detalles y procedencia de los procesos constitucionales que han culminado en las sentencias materia de comentario. Como se sabe, actualmente el artículo 33 del Código Tributario señala que el monto del

Los derechos de los contribuyentes frente a las modificaciones al Código Tributario

Escrito por Talía Díaz, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, miembro del Instituto Peruano de Derecho Tributario – IPDT y asociada del estudio Miranda & Amado. En estas semanas se espera que la Presidencia del Consejo de Ministro apruebe y publique diversos decretos legislativos en materia tributaria de conformidad con las facultades legislativas delegadas el 27 de diciembre por la Ley 31380. Hasta la fecha de redacción de este artículo, ya se han publicado 14 decretos legislativos en materia tributaria, pero aún quedan temas pendientes de legislar. Entre estos temas pendientes hay varios que podrían implicar modificaciones mayores a las reglas tributarias: tanto materiales cómo procedimentales. En este artículo, me permitiré comentar algunos de estos cambios y posibles

Plazo de prescripción tributaria: un problema de aplicación de normas en el tiempo

Por Eduardo Pedroza Añorga, abogado por la PUCP, asociado de Miranda & Amado. Durante las últimas semanas todos hemos sido testigos de las discusiones en torno a la demanda de inconstitucionalidad presentada frente al Tribunal Constitucional (“TC”) contra la Primera Disposición Complementaria Transitoria (“PDCT”) del Decreto Legislativo No. 1421 (“DL 1421”). Si bien es positivo que la discusión de un asunto tributario despierte interés en el público general, es lamentable que este interés haya surgido debido a consideraciones que escapan del ámbito jurídico tributario, centrándose solo en problemas vinculados con el supuesto incumplimiento de las obligaciones tributarias de algunas grandes empresas. Nadie puede negar que es justo que las empresas paguen oportunamente sus deudas tributarias cuando ello corresponda, pero la