Contrataciones

¿Usted es parte de este «juego»? La extensión del convenio arbitral a partes no signatarias, ¿puede incluirse al Estado en un arbitraje comercial privado?

Por Karen Giuliana Loarte Florez, abogada por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con estudios de maestría en Derecho Civil por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Con especialización en Arbitraje en Contrataciones con el Estado por el CARC PUCP y en Arbitraje Internacional e Inversiones por la Universidad del Pacífico. Asimismo, cuenta con una especialización en proceso civil, arbitraje y mediación por la Universidad de Salamanca y en Derecho Internacional y Relaciones Internacionales por la Universidad Complutense de Madrid. Ex becaria de la Fundación Carolina. Actualmente, forma parte del Equipo de Arbitraje de la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 1. Introducción: En el año 2019 se celebró en la ciudad de Lima, Perú, un evento deportivo

Hacia un régimen más razonable de subsanación de ofertas. A propósito de una reciente sentencia de la Corte Suprema

Por  Oscar Alejos Guzmán. Asociado de CMS Grau e integrante del equipo de Derecho Administrativo y Regulación. En una anterior columna, me referí a la posibilidad que tienen los postores de cometer errores, y la importancia de que sean “perdonados” si es que los corrigen a tiempo. En aquella oportunidad, mi tono era crítico porque comentaba un criterio del Tribunal de Contrataciones del Estado que sigo creyendo equivocado. Ahora quisiera adoptar un tono más esperanzador. Como señalé en aquella oportunidad, el uso de criterios irrazonables para evaluar la subsanación de ofertas debe parar. Felizmente, una reciente sentencia de la Corte Suprema nos brinda nuevas luces sobre el tema. El propósito de esta pequeña columna es resaltar dicha sentencia y los