Covid-19

Medidas de la Administración Pública y el COVID-19

Por Sheyla Llacza Romero, abogada por la PUCP, y asociada del área de Derecho Administrativo y Regulatorio de Rubio, Leguia, Normand & Asociados. El COVID-19 ha puesto en jaque a más de 180 países en el mundo, ya que ha provocado que el número de personas contagiadas o fallecidas crezca de manera exponencial con el paso de los días. Así, al momento de redactar la presente nota, se tienen 294.110 casos confirmados y 12.944 muertes[1]. Entre dichos números, el Perú tiene 363 casos confirmados y 5 muertes. En este escenario, es inevitable cuestionarse si el Estado peruano, por medio de su Administración Pública, podría imponer medidas más estrictas contra los ciudadanos con el objeto de que las personas contagiadas puedan

Agenda Legal del 16 al 22 de marzo

1. DECRETO DE URGENCIA Nº 027-2020 Título: Dictan medidas complementarias destinadas a reforzar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria frente al Covid – 19 en el territorio nacional y a la reducción de su impacto en la economía peruana Sumilla: A fin de proteger la economía de las familias más vulnerables ante el riesgo de la propagación del Covid-19, se dispone a otorgar de manera excepcional y por única vez un subsidio monetario de S/ 380, lo cual estará a cargo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.  Entidad: Poder Ejecutivo Link: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/dictan-medidas-complementarias-destinadas-a-reforzar-el-sist-decreto-de-urgencia-n-027-2020-1865024-1/ 2. DECRETO SUPREMO N° 045-2020-PCM Título: Decreto Supremo que precisa los alcances del artículo

Egoísmo y soberbia: ¿puede sancionarse a nacionales y extranjeros que obstaculizan las medidas de prevención de Coronavirus dadas por el Ejecutivo?

Por Enfoque Derecho. El domingo 15 de marzo, el presidente Martín Vizcarra declaró al Perú en Estado de Emergencia Nacional a través del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM. Ello debido a la rápida expansión del virus COVID-19 dentro del territorio peruano. Dentro de las medidas preventivas para evitar el contagio, el artículo 8 del mencionado decreto establece que, durante el estado de emergencia, se realizará el cierre total de las fronteras. De esta manera, desde las 23.59 horas del pasado lunes 16 de marzo, quedó suspendido el transporte internacional de pasajeros, por medio terrestre, aéreo, marítimo y fluvial.  Adicionalmente a ello, otra de las medidas dispuestas fue la cuarentena y el aislamiento social obligatorio para todos los que estuvieran dentro del

#YoMeQuedoEnCasa: Las juntas de accionistas y sesiones de directorio durante el Estado de Emergencia

Mariano Peró, abogado por la PUCP, magíster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Columbia, asociado de Miranda & Amado, adjunto de docencia de la Facultad de Derecho de la PUCP y ex miembro del Consejo Directivo de THEMIS. “La plaga no está hecha a la medida del hombre, por lo tanto el hombre se dice que la plaga es irreal, es un mal sueño que tiene que pasar. Pero no siempre pasa, y de mal sueño en mal sueño son los hombres los que pasan.” Albert Camus, La peste El Domingo 15 de marzo, se aprobó el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM que declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan a la Nación a consecuencia

Enfoque semanal del 16 al 22 de marzo

1. Alejandro Toledo sale de prisión bajo fianza para cumplir arresto domiciliario en Estados Unidos En una audiencia celebrada el jueves por vía telefónica, el juez Thomas Hixson, de la Corte del Distrito Norte de California, ordenó que el expresidente Toledo fuese puesto en libertad e inmediatamente confinado en su casa en San Francisco. Alejandro Toledo abandonó el penal de Maguire en el condado de San Mateo, Estados Unidos, después de abonar el monto de la fianza que se fijó para su casa e instalarse el dispositivo GPS de seguimiento que usará durante su arresto domiciliario, ante el riesgo de contraer el coronavirus (COVID-19). Esto último a razón de que el ex mandatario tiene 74 años y sufre hipertensión, por

Entrevista a César Puntriano | El trabajo en tiempos de cuarentena

Entrevista a César Puntriano, docente en la Facultad de Derecho de la Pontifica Universidad Católica del Perú, y socio senior del área de Derecho Laboral y Seguridad Social del Estudio Muñiz El Estado de Emergencia declarado el pasado domingo por el Presidente Martín Vizcarra ha afectado y modificado en gran medida las condiciones laborales de todos los trabajadores, dejando una serie de dudas al respecto. Por ello, Daniel Rodríguez, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, conversó con César Puntriano, docente en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú y socio del estudio Muñiz, para aclarar las dudas surgidas sobre las facultades de los empleadores y las alternativas de los trabajadores durante la crisis. ED: El teletrabajo

Pandemia: Los efectos del Coronavirus desde la Propiedad

Por Guillermo Arribas, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, máster en Derecho por Yale Law School, profesor de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. Hace poco más de dos meses, en enero del 2020, comenzó a hacer noticia la propagación de un virus respiratorio en China, el coronavirus (Covid-19). Siendo el brote original en la ciudad de Wuhan, al 12 de marzo de 2020, teníamos 126 968 infectados en el mundo, 4 674 muertes y 67 014 curados. En el Perú, se llevaban reportando 17 casos de contagio. Hoy, 18 de marzo, tan solo 6 días después, tenemos 218 953 infectados (poco menos del doble), 8 952

Normas legales del 08 al 15 de marzo

1. Decreto Supremo N° 008-2020-MTC Título: Suspenden los vuelos provenientes de Europa y Asia, y desde el territorio nacional hacia dichos destinos, por el plazo de treinta (30) días calendarios a partir del 16 de marzo de 2020 Sumilla: A partir del 16 de marzo del 2020, se suspenderán todos los vuelos internacionales, ya sean de Aviación Comercial o General, que provengan o tengan por destino los territorios de Europa y Asia. Esto será por un plazo de 30 días calendarios, pero dicho periodo podrá ser extendido mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en mérito a la información que le proporcione la Autoridad de Salud, sobre la evolución de la pandemia del Coronavirus (COVID-19). Entidad:

Entrevista a Cesar Landa | Estado de Emergencia

Entrevista realizada por Valeria Aguado, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, a César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional, docente en la Faculta de Derecho de la PUCP y especialista en Derecho Constitucional, sobre el Estado de Emergencia Nacional, decretado por el Presidente de la República, Martín Vizcarra, mediante Decreto Supremo N° 004-2020-PCM, a raíz del brote de COVID-19 en nuestro país. ED: Buenas tardes, estamos en comunicación con el doctor César Landa, ex magistrado del Tribunal Constitucional y especialista en la materia, quien nos explicará sobre la medida adoptada por el gobierno a raíz del COVID-19 ED: Buenas tardes, doctor.  CL: Muy buenas tardes, el día de ayer, 15 de marzo del 2020, el Poder Ejecutivo ha declarado el

Representantes del Poder Ejecutivo anuncian medidas complementarias frente al Estado de Emergencia

El presidente Martín Vizcarra comunicó, a través de una conferencia de prensa, las medidas adoptadas por el Estado de Emergencia Nacional, el cual, afirmó, se encuentra en vigencia desde el día de hoy. Asimismo, brindó información complementaria al Decreto e instó a la población a ser conscientes y cumplir con estos. Igualmente, el presidente comentó que, durante este primer día, se ha permitido la movilidad, con la finalidad de que las personas puedan ir conociendo y acatando la norma. Sin embargo, al mismo tiempo, felicitó a las instituciones públicas y privadas que no están funcionando.  El mandatario anunció que se generarán mecanismos de ayuda tangibles con el objetivo de no dejar en desamparo a la población vulnerable que se verá