1. Decreto Supremo N° 008-2020-MTC
Título: Suspenden los vuelos provenientes de Europa y Asia, y desde el territorio nacional hacia dichos destinos, por el plazo de treinta (30) días calendarios a partir del 16 de marzo de 2020
Sumilla: A partir del 16 de marzo del 2020, se suspenderán todos los vuelos internacionales, ya sean de Aviación Comercial o General, que provengan o tengan por destino los territorios de Europa y Asia. Esto será por un plazo de 30 días calendarios, pero dicho periodo podrá ser extendido mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en mérito a la información que le proporcione la Autoridad de Salud, sobre la evolución de la pandemia del Coronavirus (COVID-19).
Entidad: Ministerio de Transportes y comunicaciones
2. Decreto Supremo N° 008-2020-SA
Título: Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19
Sumilla: Por un plazo de 90 días calendario, se declara en Emergencia Sanitaria a todo el territorio nacional debido al brote de COVID-19. Así, se dictan diversas medidas preventivas contra la propagación del virus. En primer lugar, en el sector educación se dispone que se suspenderán o postergarán las actividades de todas las entidades públicas o privadas en todos sus niveles. En segundo lugar, respecto a puertos, aeropuertos y puestos de entradas terrestres, todas las personas provenientes de países con antecedentes epidemiológicos deben sujetarse a un periodo de aislamiento domiciliario por 14 días. En tercer lugar, a los centros laborales, espacios públicos y privados, y transporte en general se les exhorta a tomar las medidas preventivas necesarias a fin de evitar el contagio del virus.
Entidad: Ministerio de Salud
3. Decreto De Urgencia N° 025-2020
Título: Dictan medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID-19 en el territorio nacional
Sumilla: La norma tiene por objetivo dictar medidas urgentes para detener el avance del coronavirus COVID-19 en el territorio nacional. De esta manera, se establece la rectoría del Ministerio de Salud, que estará encargado de planificar, dictar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar todas las acciones orientadas a la prevención, protección y control de la enfermedad producida por el COVID-19, con todas las instituciones públicas y privadas, personas jurídicas y naturales del Perú. Asimismo, se autoriza la transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público hasta por una suma de S/ 100 000 000,00 para financiar el fortalecimiento de las acciones de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria.
Entidad: Poder Ejecutivo
4. Decreto Supremo N° 051-2020-EF
Título: Establecen tasa de derechos arancelarios aplicable a la importación de bienes vinculados a la declaratoria de Emergencia Sanitaria
Sumilla: Se modifican temporalmente la tasa de los derechos arancelarios ad valorem CIF a 0%. Esta modificación tendrá una duración igual al que dure la Emergencia Sanitaria decretada; acabado este plazo, la tasa arancelaria volverá al 6%.
Entidad: Ministerio de Economía y Finanzas
5. Decreto Supremo N° 004-2020-PCM
Título: Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19
Sumilla: Se declara en Estado de Emergencia Nacional al Perú por un periodo de 15 días calendario y el aislamiento obligatorio, debido al brote del COVID-19. Asimismo, durante este periodo el Estado garantizará el abastecimiento de los servicios públicos y los bienes y servicios esenciales tales como alimentos, medicinas, servicios de agua y luz, etc. Por otro lado, se dispone el cierre temporal de las fronteras, aunque dicha medida no aplica para el transporte de carga y mercancía. Adicionalmente, se establecen restricciones para las actividades comerciales, culturales, de esparcimiento o recreación. Finalmente, se dispone el reforzamiento del Sistema Nacional de Salud en todo el territorio nacional.
Entidad: Presidencia del Consejo de Ministros
6. Decreto de Urgencia N° 026-2020
Título: Establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional
Sumilla: Se dictan medidas adicionales para evitar la propagación del virus COVID-19. En primer lugar, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para la organización y desarrollo de una Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa. En segundo lugar, se autoriza a la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) para la ejecución de acciones de prevención, limpieza y desinfección de las unidades del servicio público de transporte de personas. En tercer lugar, se declara el otorgamiento de una bonificación extraordinaria para el personal de la salud. Sumado a lo mencionado, se declara el fortalecimiento de la línea telefónica 113.
Entidad: Poder Ejecutivo
Fuente de la imagen: Diario El Peruano