Datos personales

Investigaciones internas y protección de datos personales: ¿puede el empleador implementar un software para identificar actividades ilícitas de sus trabajadores?

Por Iván Blume Moore, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociado del estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados. INTRODUCCIÓN En el marco de las acciones de corporate compliance, las empresas pueden iniciar investigaciones internas que involucren a sus trabajadores, con el propósito de identificar y evitar riesgos operativos y legales, así como para determinar la verosimilitud de las denuncias recibidas a través de los canales internos de la empresa, y ―en su caso― tomar las acciones correctivas y legales que resulten pertinentes. Antes de iniciar un procedimiento de investigación interna, sea por la sospecha de fraude, comisión de delitos, incumplimiento del código de conducta o reglamentos internos de la empresa, entre otros; uno de los aspectos fundamentales que

Los drones y la protección de datos personales

Por Eileen Infantas. Asociada Senior del área de Competencia y Tecnología del Estudio Echecopar asociado a Baker & Mckenzie International. Con el paso de los años, el uso de drones ha crecido exponencialmente. Hoy en día puede evidenciarse una amplia oferta de drones por los diversos modelos y distintos lugares en los que pueden ser adquiridos, lo cual también conlleva a que exista un rango de precios amplio en función a las características de los equipos. Un drone o dron es definido como «aeronave no tripulada, piloteada a distancia, por un piloto remoto, quien monitorea la aeronave en todo momento y tiene responsabilidad directa de la conducción segura de la aeronave»[1]. Si bien en un inicio el uso de los

Alejandro Morales | Inteligencia Artificial y la protección de datos personales

¿Qué otra información te gustaría conocer sobre esta nueva tecnología? Puedes saber más de este y otros temas en el libro de Arbitraje y Nuevas Tecnologías en market.joinnus.com/themis. Accede a un descuento especial utilizando el código ENFOQUE10. #SemanaTemática #NuevasTecnologías #Derecho #InteligenciaArtificial #IA #AI #Facebook #CambridgeAnalytica #Privacidad #ProteccióndeDatos #Themis #EnfoqueDerecho

¿Qué son las cookies? ¿Su uso afecta a la protección de mis datos personales?

1. ¿Qué son las cookies? Las cookies son archivos de texto con fragmentos de información que se descargan en el equipo del usuario al visitar una página web. Estas cookies con información del usuario, tales como preferencias de este, son enviadas al sitio web que las originó en cada acción que se realice dentro de la página o en cada visita posterior.  Algunos sitios web reconocen las cookies realizadas por terceros, lo que facilita el tráfico de información. Las cookies no ocupan mucho espacio dentro del ordenador del usuario y, contrario a lo que mucha gente piensa, no contienen virus. El usuario debe autorizar el almacenamiento de información personal en las cookies. 2. ¿Para qué sirven? Las cookies son utilizadas

Acoso comercial intensificado en tiempos de pandemia, ¿contamos con algún mecanismo legal para impedirlo?

Por Amelia Paredes Montaño, abogada por la Universidad de Lima con estudios de especialización en Derecho Corporativo por la Universidad ESAN. INTRODUCCIÓN El confinamiento que hemos tenido que sobrellevar en los últimos meses ha distorsionado no sólo comportamientos sociales sino también comerciales, ante este inesperado escenario, las empresas han ejercido nuevas y agresivas fórmulas de promocionarse en el mercado. En ese sentido, todos hemos experimentado un incremento masivo en la publicidad a nuestros números móviles, ya sea mediante llamadas telefónicas, mensajes de texto, o por medio de correos electrónicos de parte de proveedores ofreciéndonos diversos productos y/o servicios. Si bien es cierto, nuestra Constitución garantiza nuestro derecho a la oportuna y veraz información para poder realizar una compra satisfactoria o

Tratamiento de datos personales en los sistemas de videovigilancia

Por Agustín Yrigoyen González del Riego, socio de García Sayán Abogados Dentro del marco de la Ley de Protección de Datos Personales, Ley N° 29733 (en adelante, la “Ley”) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2013-JUS (en adelante, el “Reglamento”), mediante la Resolución Directoral N° 02-2020-JUS/DGTAIPD, de fecha 10 de enero de 2020, publicada en “El Peruano”, el 16 de enero de 2020, se aprobó la Directiva N° 01-2020-JUS/DGTAIPD (en adelante, la “Directiva”), que regula el tratamiento de datos personales por medio de los sistemas de videovigilancia. La Directiva entró en vigencia el 16 de marzo de 2020. A continuación, se desarrollan algunas interrogantes que pueden ser de utilidad para determinar los alcances de la Directiva: 1.-

Fútbol profesional, vigilancia de la salud y derecho a la intimidad en España: elementos extrapolables al caso peruano

Por Manuel Privat, abogado por la PUCP y máster en Derechos Sociolaborales por la Universidad Autónoma de Barcelona. Actual asesor de la Dirección General de Trabajo del MTPE. La vigilancia de la salud en el fútbol profesional y su relación con los deberes y derechos que de ésta se emanan en materia de intimidad y protección de datos personales es un tema que nos convoca, primero, por el escaso tratamiento jurídico que existe sobre el tema[1] y, segundo, porque si bien atañe a un colectivo laboral acotado y breve, no lo es a nivel comercial y económico, amén del impacto mediático que los futbolistas (y su coyuntura) tienen a día de hoy sobre diversos agentes en el mercado. No obstante,

¿Es responsable el empleador por la divulgación de datos personales efectuada por sus empleados?

Por Iván Blume, Master of Industrial and Labor Relations (MPS) Cornell University. Abogado por la Universidad Católica del Perú. Asociado senior del Estudio Rodrigo, Elías & Medrano Abogados. INTRODUCCIÓN ¿Hasta dónde debe una empresa responder por los actos de sus empleados? Esa pregunta no tiene una respuesta fácil. Según el artículo 1981 del Código Civil de 1984[1], cuando un empleado causa un daño, el empleador responderá de manera solidaria si este ocurrió en “el ejercicio del cargo o en cumplimiento del servicio respectivo”. Es lo que se conoce en derecho como “responsabilidad vicaria”. No siempre, sin embargo, es claro si una acción determinada puede considerarse parte de ese ejercicio o cumplimiento. Pensemos, por ejemplo, en un empleado que por las funciones

COVID 19 y herramientas tecnológicas en el arbitraje

Por Jhoel Chipana Catalán, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú, magíster en Enseñanza del Derecho por la Universidad de San Martín de Porres (USMP), socio fundador de Chipana & Moreno Abogados, árbitro en contratación estatal y comercial, y miembro fundador de Arbitration360° Estamos enfrentando una etapa en la que el Estado de Emergencia decretado por el Gobierno limita el ejercicio de una serie de derechos (entre ellos, el libre tránsito) y ello ha permitido tomar verdadera consciencia de los beneficios que la tecnología ofrece. Así, la coyuntura obliga a repensar el modelo y la forma en cómo se desarrollan una serie de actividades. En este comentario, voy a realizar un recorrido por diversas plataformas virtuales que pueden facilitar

Editorial | NO digas mi nombre: protección de datos personales en una pandemia

Por Enfoque Derecho El pasado fin de semana, en la región de Maule (Chile), comenzó a circular por redes sociales un listado con el nombre completo, dirección del domicilio, RUT (registro único tributario) y número telefónico de un grupo de personas que estaban siendo observadas por ser posibles casos de COVID-19. La circulación de esta lista que contenía alrededor de 50 nombres, causó indignación en Chile, no solo por la divulgación de contenido sensible, sino debido a que algunos de los señalados como portadores del virus denunciaron ser víctimas de hostigamiento por algunos usuarios de internet. Según los denunciantes, desde la filtración de sus datos, venían recibiendo llamadas y mensajes de texto con contenido ofensivo, además de amenazas de muerte.