Debido proceso

¿El actor civil puede contrainterrogar y formular objeciones? Breve análisis respecto a la actuación del actor civil en juicio oral

José Miguel Molina Cayo Bachiller en derecho de la Universidad Particular San Martin de Porres. Integrante del taller de derecho procesal penal de la UNMSM “Florencio Mixán Mass” Introducción La pregunta utilizada para el título del presente trabajo parecería redundante y sencilla de responder. Pero, la realidad judicial, como siempre ocurre, nos demuestra todo lo contrario. Se podrían tejer algunas respuestas: Quizás se debe a una mala interpretación de algunos magistrados, a un desconocimiento de la norma o encaminados ilícitamente por un algún tipo de beneficio indebido. En cualquiera de estas situaciones, es evidente que los jueces aprovechan esta zona gris para conducir un juzgamiento con características bastante peculiares. El objetivo principal de esta interrogante consiste en determinar si el

Caso emblemático | Caso Ivcher V.s Perú

#Caso Emblemático 🗃️ ¿Sabías que, a finales de la década de 1990, el Estado peruano utilizó la privación arbitraria de la nacionalidad como un mecanismo indirecto para silenciar a la prensa crítica frente al gobierno? En esta entrega, #EnfoqueDerecho te presenta el caso Ivcher Bronstein Vs. Perú. En 1997, el empresario y periodista Baruch #Ivcher Bronstein, accionista mayoritario de Frecuencia #Latina – Canal 2, fue despojado de su #nacionalidad peruana luego de que el canal difundiera reportajes sobre #violacionesDDHH, #corrupción y #espionaje estatal. Esta decisión, adoptada sin debido proceso ni derecho de defensa, permitió al #Estado retirarle el control del medio de comunicación, afectando directamente su #libertadDeExpresión, su #derechoDePropiedad y el #debidoProceso. ¿Qué opinas de este caso? ⬇️ ¡Déjanos tus

Reflexiones sobre el Apéndice II, artículo 5 del Reglamento de Arbitraje de la CCI y los riesgos de su aplicación en sede judicial peruana

Por Erick Milder Ayón Camarena, abogado por la Universidad de San Martín de Porres, egresado de la Maestría en Derecho Civil en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Cuenta con especialización en Arbitraje en Contrataciones con el Estado por la misma casa de estudios y en Arbitraje Internacional e Inversiones en la Universidad del Pacífico. Actualmente forma parte del equipo de arbitraje de la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) se ha consolidado como el referente más influyente en la práctica arbitral contemporánea, al punto de ser considerado el estándar de excelencia para la resolución de disputas complejas y transnacionales. Esta posición se ve respaldada por una

De la autonomía arbitral al control constitucional: ¿qué rol juega hoy el amparo?

Por Gerardo Eto Bardarles, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster en Derecho Procesal en la misma casa de estudios. Cuenta con especializaciones en Arbitraje, Contrataciones con el Estado y Derecho Administrativo para Árbitros. Actualmente forma parte del equipo de arbitraje de la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Introducción El arbitraje se presenta como un mecanismo alternativo de solución de controversias que destaca, entre otras ventajas, por la celeridad en comparación con los procesos judiciales. No obstante, el interés de las partes en un arbitraje es obtener luego de las actuaciones correspondientes, un laudo que pueda ejecutarse y de esta forma se materialice el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva. En ese sentido, el presente

Límites y riesgos del iura novit curia en el arbitraje en contratación pública

Escrito por Claudia Cecilia Lau Buendia Magíster en Derecho Administrativo Económico INTRODUCCIÓN El aforismo iura novit curia, cuya traducción literal es “el tribunal conoce el derecho”, ocupa un lugar central en la teoría general del derecho, especialmente en los sistemas jurídicos de tradición continental europea. Su origen se remonta al derecho romano y, posteriormente, en la Edad Media se consolidó como un principio jurídico fundamental. Conforme a este postulado, mientras las partes exponen los hechos y aportan las pruebas, el juez asume la obligación de conocer el derecho y aplicar la norma pertinente a los hechos alegados, incluso cuando las partes incurren en errores u omisiones jurídicas. Así, el principio constituye una directriz estructural sobre la distribución de competencias entre

Cuando las balas cruzan: La presentación simultánea de escritos en el arbitraje

Por Joel Santillan Abogado del Rubio Leguia y Normand. Abogado por la Universidad de Lima con especialización en solución de controversias. Master en Arbitraje y Mediación en la práctica comercial por la Universidad de Salamanca   Por Josué Zabarburú Practicante en Bullard Falla Ezcurra +. Estudiante de décimo ciclo de la PUCP Introducción Se dice que en el viejo oeste, los duelos eran un ritual: dos hombres se colocaban de espaldas, caminaban unos pasos y, al girar, disparaban al mismo tiempo. No había ventaja para ninguno; el tiempo era el mismo, la oportunidad idéntica, las reglas claras para ambos y la justicia —o la suerte— definía el resultado en ese instante simultáneo. Ahora bien, ¿qué ocurriría si llevamos esta lógica

Costas y costos en el proceso civil: Reflexiones sobre su régimen de aplicación en el Perú

Por Lucero Erazo Utrilla, asociada del Área de Solución de Controversias del Estudio Benites, Vargas & Ugaz Abogados 1. Los gastos procesales, su composición y forma de asignación, según el Código Procesal Civil Todos los ciudadanos tienen derecho a buscar justicia. Este derecho, en sí mismo, no tiene una estimación monetaria. Sin embargo, en la práctica, la justicia no es gratuita, aunque el derecho a ella sí lo sea. Así, para que la tutela jurisdiccional pueda efectivizarse en un proceso que brinde una solución justa, imparcial y definitiva a los conflictos o incertidumbres jurídicas de las partes, es preciso que estas incurran en gastos económicos. Estos gastos pueden provenir de la propia actividad judicial, así como de la defensa técnica

Editorial | Análisis Constitucional del caso Ollanta Humala y Nadine Heredia

Por Enfoque Derecho I. Introducción El pasado 15 de abril, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, en primera instancia, condenó a Ollanta Humala y Nadine Heredia a 15 años de pena privativa de la libertad por el delito de lavado de activos, relacionado con aportes ilícitos del régimen venezolano y de la empresa brasileña Odebrecht para financiar sus campañas electorales de 2006 y 2011[1]. La sala consideró que en ambas campañas presidenciales hubo un “modus operandi” en el manejo de los aportes ilícitos, es decir, hubo una estrategia montada para darle apariencia legal al dinero ilegal, con falsos aportantes, movimientos financieros y contratos laborales simulados[2]. El 18 de abril de 2025, el abogado de Ollanta Humala, Wilfredo Pedraza, precisó que