


Jaime Talledo | Análisis del Control Antidopaje

¿El arrendamiento de infraestructura deportiva estatal es considerada actividad empresarial?: el TC vs. INDECOPI
Por Eileen Infantas, magíster en Derecho de la Empresa por la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociada Senior del área de competencia del Estudio Echecopar asociado a Baker & McKenzie International. El artículo 60 de la Constitución establece que el Estado puede realizar actividad empresarial de manera subsidiaria, solo cuando la Entidad que se encuentre autorizada por ley expresa y exista una razón de alto interés público. La infracción a este principio de subsidiariedad de la actividad empresarial del Estado ha sido contemplada como un acto de competencia desleal en la modalidad de violación de normas, tipificado en el artículo 14.3 del Decreto Legislativo No. 1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal, la cual corresponde ser sancionada

La Superliga y los riesgos para el fútbol
Por José Luis Pérez Triviño, profesor titular de Filosofía del derecho de la UPF y presidente de la Asociación Española de Filosofía del Deporte. ¿Seguirán los aficionados del fútbol prestando atención a los resultados de la liga local durante los fines de semana? ¿Podrán subsistir los clubes que participan en competiciones inferiores? La aparición de la Superliga puede ser un punto de inflexión en la concepción moderna del fútbol en varios aspectos cruciales. No solo en lo que se refiere a las competiciones sino al papel preponderante de las federaciones en el entramado deportivo. Estas son organismos, mitad públicas mitad privadas, encargadas principalmente de organizar las competiciones. Con el paso del tiempo, y a medida que el fútbol fue creciendo

Deportistas trans y competiciones de menores: un puzzle difícil de encajar.
Por José Luis Pérez Triviño, profesor de Filosofía del Derecho en la Universidad Pompeu Fabra (Barcelona) El borrador de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans puede suponer un cambio drástico en las competiciones deportivas. Entre sus propósitos se encuentra que toda persona pueda tener la identidad de género deseada y sentida, no necesariamente aquella que se le asignó al nacer. En consecuencia, a partir de los 16 años se podrá solicita el cambio de sexo en el registro y será suficiente la libre declaración de la persona interesada, sin necesidad de aportar diagnóstico médico o psicológico alguno de someterse a tratamiento previo. Los menores de entre 12 y 16 años podrán hacerlo a través de sus representantes

La epidemia de abusos en el deporte
Por José Luis Pérez Triviño, profesor titular de Filosofía del Derecho de la Universidad Pompeu Fabra y director de la revista Fair Play – Filosofía, Ética y Derecho del Deporte. La reciente noticia de unos futbolistas menores de edad que fueron traídos desde Sudámerica para, supuestamente, jugar en equipos españoles, pero que, sin embargo, en realidad permanecían retenidos y dedicados a la esclavitud sexual, no es el único ejemplo que cuestiona las políticas de integridad y ética en el deporte que postulan tanto los organismos públicos del deporte y las federaciones. Aunque también es cierto que el fracaso se puede extender a otros países. Un breve repaso de los últimos escándalos da fe de ello: el presidente de la Federación

Juguemos Seguros: Protocolos establecidos por la FPF para la reanudación del fútbol nacional
Por César Véliz Núñez, miembro del consejo editorial de Enfoque Derecho y alumno de la Facultad de Derecho de la PUCP La pandemia del Covid-19 golpeó a todo el mundo sin excepción. Este virus, que se propagó a gran velocidad a inicios del 2020, ha afectado la vida de millones de familias, dejando gran cantidad de fallecidos por su causa y provocando graves problemas en la economía mundial. Debido a las medidas de prevención de la enfermedad, principalmente al distanciamiento social, muchas actividades tuvieron que verse obligadas a detenerse indefinidamente, entre ellas el fútbol. El llamado “deporte rey” no ha sido exento a los efectos de la pandemia, ya que, según informes de la FIFA, esta crisis sanitaria ha generado

Fútbol profesional, vigilancia de la salud y derecho a la intimidad en España: elementos extrapolables al caso peruano
Por Manuel Privat, abogado por la PUCP y máster en Derechos Sociolaborales por la Universidad Autónoma de Barcelona. Actual asesor de la Dirección General de Trabajo del MTPE. La vigilancia de la salud en el fútbol profesional y su relación con los deberes y derechos que de ésta se emanan en materia de intimidad y protección de datos personales es un tema que nos convoca, primero, por el escaso tratamiento jurídico que existe sobre el tema[1] y, segundo, porque si bien atañe a un colectivo laboral acotado y breve, no lo es a nivel comercial y económico, amén del impacto mediático que los futbolistas (y su coyuntura) tienen a día de hoy sobre diversos agentes en el mercado. No obstante,

Enfoque Deportivo | Caso Byron Castillo ¿Afectará a Perú?

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