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Límites de la Potestad Sancionadora: El caso de la Contraloría General de la República II

Por Solange Marianella Carbajal Fierro, Abogada por la Universidad San Martín de Porres, con especialidad en Derecho Administrativo; Gestión Pública y Análisis de Impacto Regulatorio INTRODUCCIÓN El Tribunal Constitucional a través de la Sentencia 193/2024 (en adelante, la sentencia) referida al Expediente N.º 00026-2021-PI/TC, ha establecido consideraciones de suma importancia no solo en el ámbito regulatorio, sino en el ámbito del Derecho Administrativo y concretamente para el Derecho Administrativo Sancionador. En el presente artículo, se analizará los fundamentos de la referida sentencia en relación a los límites que deben observarse de forma obligatoria en el ámbito de la potestad sancionadora de una entidad. LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA En el fundamento 21 de la sentencia,

¿Un vuelo con caída en picada? – Análisis de la situación jurídica actual de Viva Air y Avianca tras la propuesta de integración

1. Introducción Intempestivamente el día 27 de febrero del presente año la compañía aérea Viva Air suspendió sus operaciones en Perú y Colombia sin emitir comunicación previa a quiénes tenían un vuelo ya programado con la aerolínea. ¿Qué ha sucedido? ¿Quién respalda a los consumidores ante lo ocurrido? ¿Qué trasfondo existe en la integración? En primer lugar, según se ha comentado, la aerolínea low cost habría cesado sus operaciones debido a un retraso de las autoridades colombianas en aprobar la solicitud existente de fusión —también vista como integración—  con la principal compañía aérea de Colombia; Avianca, quien posee aproximadamente el 32% del mercado colombiano. De hecho, el mismo 27 de febrero, cuando se anuncia el cese de funciones, la empresa