desempleo

Aproximaciones al seguro de desempleo como medida social y reactivadora ante los efectos de la pandemia

Por Trinidad Castro, estudiante de la Facultad de Derecho PUCP y actual Directora de la Comisión de Investigación Académica y Talleres del GEOSE. El mercado laboral peruano fue uno de los más afectados por las restricciones para contener los contagios de la COVID-19 en Latinoamérica. De manera que, durante el segundo trimestre de 2020, la población ocupada se redujo hasta en un 32.7% en comparación al mismo periodo en el año anterior[1]. Respecto al 2021, si bien la producción aumentó, la población con empleo adecuado disminuyó en un 11.1% y, con ello, un millón de trabajadores se sumó a la gran cantidad de personas que no cuentan con ingresos superiores al mínimo referencial y laboran más tiempo del límite legal[2].

Retiro del 100% de la CTS: ¿Realmente beneficia a las y los trabajadores?

Por Enfoque Derecho El pasado 23 de abril se aprobó la Ley No. 31171, que autoriza el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), con la finalidad de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19. Asimismo, dicha norma, autorizó dicho retiro por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del TUO del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios. A pesar de ser una medida cuya finalidad estaría justificada, la norma no se libra de varios cuestionamientos. Por ello, Enfoque Derecho analizará cada una de las problemáticas identificadas con la aprobación de esta ley. ¿Qué es la CTS? Para

Agenda legal del 01 al 07 de junio

1. Proyecto de Ley 05388/2020-CR Título: Ley que dispone el tratamiento excepcional para las Mypes que hayan perdido capital de trabajo y/o colaterales productivos, durante el estado de emergencia producto de la pandemia ocasionada por el COVID- 19 Sumilla: A raíz de la pandemia del COVID-19, el presente proyecto de ley tiene como finalidad prescindir de medidas excepcionales para las micro y pequeñas empresas que hayan perdido capital de trabajo o colaterales productivos con el objetivo de combatir la informalidad y el desempleo. Por lo cual, se creará el “Registro Nacional de pérdidas y perjuicios de activos MYPEs” y a las empresas registradas, la SUNAT les proporcionará beneficios tributarios. De igual forma actuará la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs