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Nuevo Gabinete Ministerial: ¿quiénes asumen este gran reto?

Juan Sergio Puicon, estudiante de Derecho en la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho. Tras la renuncia de César Villanueva a la presidencia del Consejo de Ministros, el pasado 8 de marzo, quedaba una incertidumbre nacional acerca de quién sería nombrado en este importante cargo. Finalmente, el día 11 de marzo, Salvador del Solar fue confirmado como Presidente del Consejo de Ministros a puertas de concretarse 1 año de la toma de mando del presidente Martín Vizcarra. Posteriormente, a las 16 horas, comenzó la esperada juramentación del Gabinete Ministerial, el cual es integrado por 8 nuevos ministros y 10 ministros que se mantienen en sus carteras anteriores. Asimismo, por segunda vez en la historia del Perú, contamos

Enfoque Semanal del 04 al 10 de febrero

1. Renuncia el presidente del Consejo de Ministros, César Villanueva El 08 de marzo, se confirmó la renuncia de César Villanueva, presidente del Consejo de Ministros. Villanueva asumió el cargo el día 2 de abril del 2018, es decir, tan solo un par de días después de que Martín Vizcarra asumiera sus funciones como jefe de Estado. La figura de la renuncia está regulada en el artículo 133° de la Constitución Política del Perú. Es así que se indica que la renuncia produce la crisis total del gabinete. El Presidente del Consejo de Ministros puede plantear ante el Congreso una cuestión de confianza a nombre del Consejo. Si la confianza le es rehusada, o si es censurado, o si renuncia o es

Editorial | Los poderes enfrentados: a propósito de la derogación del artículo 12 de la Ley de Presupuesto

“ Las proposiciones [legislativas] presentadas por el Presidente de la República deben estar refrendadas por el Presidente del Consejo de Ministros […]. Le corresponde de manera  exclusiva la iniciativa en materia presupuestal y financiera, demarcación territorial (…)” Artículo 76 del Reglamento del Congreso   El Congreso de la República ha aprobado un dictamen que propone derogar el artículo 12 de la Ley 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Este artículo establecía que, en caso los gobiernos subnacionales (regionales y locales) quisieran modificar el presupuesto destinado a ejecutar proyectos de inversión pública, requerirían un informe previo favorable de la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), órgano del Ministerio de Economía y Finanzas. En otras palabras,