garantías procesales

Stand By del Investigado: Un vacío normativo en el control de plazos tras la conclusión de la investigación preparatoria

“El ejercicio del ius puniendi exige mecanismos de control eficaces que eviten dilaciones indebidas y resguarden las garantías del investigado. Sin embargo, en la praxis se advierte una brecha temporal crítica entre la conclusión de la investigación preparatoria y la presentación del requerimiento fiscal (acusatorio, de sobreseimiento o mixto). Esta etapa de latencia sumerge al procesado en una incertidumbre temporal de índole jurídica donde la inactividad del Ministerio Público y la ausencia de control en ello prolonga ilegítimamente la persecución penal de manera injustificada. Ante la ausencia de un mecanismo de control explícito para este intervalo, la igualdad de armas se ve severamente comprometida, perjudicando a la Defensa del Imputado o incluso al agraviado.”

Capacidad operativa de la litigación oral en el actual sistema penal peruano: Reflexiones derivadas del caso Pedro Castillo Terrones y otros implicados

Giselli Marilet Espino Valdez, estudiante de undécimo ciclo de la Facultad de Derecho de la Universidad Privada del Norte, con interés en la litigación oral y la protección de las garantías constitucionales. 1. Resumen El Perú ha transitado de un sistema procesal penal de carácter inquisitivo, centrado en la búsqueda de autoincriminación y la prevalencia del expediente escrito, hacia un modelo acusatorio, garantista y adversarial que privilegia la oralidad, la inmediación y el pleno ejercicio del derecho de defensa. Este cambio de paradigma exige que jueces, fiscales y defensores dominen técnicas de litigación oral que permitan un debate transparente, equilibrado y sometido a reglas claras. No obstante, el juicio oral del caso Pedro Castillo Terrones y otros implicados revela una

Appeal on delay: Una crítica hacia la apelación con la calidad diferida

“La apelación diferida distorsiona la función esencial del recurso, que es permitir la corrección oportuna de decisiones interlocutorias que puedan afectar el desarrollo del proceso. Al obligar a que la revisión se produzca recién con la apelación de la sentencia, esta figura desnaturaliza el derecho de impugnación y convierte al recurso en un mecanismo de eficacia incierta.”

¿Puede el formalismo acabar con las garantías procesales? La defensa eficaz vs. el principio de preclusión en la etapa intermedia

Por María Fernanda Mondragón, estudiante de séptimo ciclo de Derecho en la Universidad de Lima Introducción La etapa intermedia sirve para que se realice un control y saneamiento de la acusación y de la defensa antes de ir al juicio oral. El nuevo código procesal indica que toda persona tiene derecho a un juicio previo, oral, público y contradictorio [1], además que se tiene que ejercer el derecho a la defensa[2], que es irrenunciable. Pero, ¿qué pasa cuando la defensa del acusado no cuestiona debidamente la acusación formulada por el Fiscal? El principio de preclusión es importante ya que genera, entre otras cosas, que el juicio sea acelerado y que además las partes estén al mismo nivel de actividad probatoria.