
¿Esta vez sí? Atte. Los consumidores peruanos
Por Nicolás Hernández, asociado del estudio Bullard, Falla, Ezcurra + En palabras del Indecopi, con la promulgación el pasado 29 de mayo en el Diario Oficial El Peruano del nuevo Reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo (Decreto Supremo No. 103-2019-PCM), se espera que el Arbitraje de Consumo se constituya (ahora sí) como una herramienta efectiva para la solución de controversias entre consumidores y proveedores[1]. Pese a que el arbitraje como Mecanismo Alternativo de Solución de Conflictos (MASC) en materia de controversias de consumo no es nuevo en el Perú, a la fecha no se cuenta con un sistema de arbitraje de consumo eficiente. Desde el siglo pasado, normas como la Ley sobre facultades, normas y organización del INDECOPI (Decreto



