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Todo queda en Familia: La vinculación económica entre empresas de propiedad estatal

Por Pablo Sotomayor, Socio del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con maestría en Tributación Internacional por New York University Law School. El artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta (IR) señala que para fines de dicho impuesto, se considera que dos o más personas, empresas o entidades son partes vinculadas cuando una de ellas participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra; o cuando la misma persona o grupo de personas participan directa o indirectamente en la dirección, control o capital de varias personas, empresas o entidades. Por su parte, el artículo 24 del Reglamento de la Ley del IR

Acuerdos directos: un mecanismo de protección para prestamistas en los financiamientos de proyectos

Por Melissa Velasco, asociada de Garrigues (Perú) y bachiller por la Universidad de Lima. Uno de los factores distintivos del project finance es la previsibilidad a largo plazo de los flujos de ingresos del proyecto. En tal escenario, dado que los proyectos greenfield a la espera de ser financiados aún no generan ingresos, los bancos e instituciones financieras suelen exigir paquetes de garantías que cubran la totalidad del proyecto. En consecuencia, los prestamistas buscarán que todos los activos (si los hubiera) y todos los derechos de las empresas que desarrollarán el proyecto se encuentren gravados mediante diversas garantías específicas conforme a la legislación peruana o la extranjera, dependiendo de la ley aplicable al financiamiento y del lugar donde se desarrollará

¿Bajo qué reglas nos regimos? Apuntes en torno a la contratación de préstamos en las Fintech no supervisadas por la SBS

Por Mario Marcelo Arce Rodriguez. Abogado por la PUCP con título de segunda especialidad en derecho administrativo por la misma casa de estudios. Ex miembro del Consejo Directivo de THEMIS. Actual asociado en Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU &Uría. Es un hecho indudable que el mercado peruano no se ha visto ajeno al fenómeno Fintech. Actualmente contamos con numerosas opciones para contratar diversos servicios financieros con un enfoque tecnológico, ya sean desde las nuevas alternativas para cambio de divisas mediante aplicativos celulares, hasta las novedosas plataformas que permiten gestionar y realizar pagos mediante billeteras digitales. Si bien podemos notar que en el ecosistema Fintech han surgido nuevos servicios y soluciones, debemos detenernos y repensar aquellos servicios tradicionales cuya forma de captación de clientes y de