Procesal

¿Un día es un año en el arbitraje? Cuando se usa de manera inapropiada la flexibilidad en el arbitraje

Por Daniel Christian Vega Espinoza, Abogado por la Universidad de San Martín de Porres, Magíster por la Pontificia Universidad Católica del Perú y Magíster por la Scuola di Post Laurea dell’ Università di Bologna – Italia y doctorando en la Escuela de Posgrado de la San Martín de Porres, miembro del Comité editorial de la Revista de Arbitraje PUCP por los 100 años de la Pontificia Universidad Católica del Perú, asesor legal en la Dirección de Programas y Proyectos en el área de Concesiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Actualmente es docente universitario de pregrado y postgrado, especialista legal en la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Para toda aquella persona que realiza actividades en el mundo del arbitraje, es sabido que, gracias al respaldo constitucional, el arbitraje tiene un carácter jurisdiccional,[1] pero no solo para establecer las fronteras ante las autoridades administrativas o judiciales, sino también para

¿La flexibilidad soporta todo?: La mal entendida libertad de alegar y probar en cualquier momento del arbitraje

Por Bryan Cillóniz abogado por la Universidad Nacional Federico Villarreal y asociado junior en Santiváñez Abogados Probablemente, en más de una oportunidad hemos podido identificar como una o ambas partes en un arbitraje presentan – sin ningún tipo de impedimento – escritos con alegaciones o pruebas que, misteriosamente ven la luz luego de haberse remitido los escritos postulatorios, o lo que es más grave, después del cierre de la etapa probatoria. Esta situación es asidua en muchos arbitrajes y pueden presentarse principalmente dos situaciones: (i) que, las partes hayan pactado reglas específicas para la presentación de escritos y pruebas o (ii) que, no se regule nada sobre el particular. Supongamos que usted es árbitro en un caso en donde las

El trasfondo del orden de prelación de los apellidos

Por Cristina Phicihua, estudiante de Derecho de la PUCP y miembro del programa de Desarrollo Social de THĒMIS – Khuska “El hecho de que la mayoría de la gente no lo sepa es el gran problema porque por ejemplo en los colegios o médicos cuando nos tienen que notificar algo basándose en el nombre del niño. A mí me llaman Sra… y me ponen apellido de mi marido al ser el segundo del niño y a mi marido le llaman Sr y le ponen mi apellido al ser el primero del niño». «También hay gente que al no saberlo y ver que llevan mi apellido, el primero, se creen que mi marido no es el padre. En fin, a mí

Breve comentario a la carga de la prueba en el Proyecto de Reforma del Código Procesal Civil

Por Renzo Mayor, abogado por la PUCP con Segunda Especialidad en Derecho Procesal por la PUCP. Adjunto de docencia en los cursos de Revisión e Impugnación Judicial y Teoría del Conflicto en la Facultad de Derecho de la PUCP.* A través de la Resolución Ministerial 0299-2016-JUS del 17 de octubre de 2016 se constituyó un Grupo de Trabajo para poder revisar y proponer mejoras al Código Procesal Civil[1]. Es así como se cumplió este encargo y se publicó el Proyecto de Reforma al Código Procesal Civil[2] con la finalidad que la sociedad civil pudiese emitir comentarios u observaciones al respecto[3]. Y, entre las instituciones que se abordaron se encontró la carga de la prueba, incorporándose la posibilidad de que el juez

Protección de los derechos humanos desde el Nuevo Código Procesal Constitucional

Por Carlos Francisco Arias Suárez, Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Egresado del Programa de Segunda Especialidad en Derecho Procesal por la misma casa de estudios. Adjunto de docencia del curso de Argumentación Jurídica. El pasado viernes 21 de mayo, el Congreso de la República, con 94 votos a favor, aprobó el Nuevo Código Procesal Constitucional. A consecuencia de ello, varios expertos en la materia emitieron alguna opinión en son de crítica y otros reconociendo de manera positiva las modificaciones realizadas. En ese contexto, el profesor César Landa publicó un artículo, en este portal, señalando que la reforma del artículo VIII del Título Preliminar del código adjetivo en mención, genera un retroceso en la defensa de la persona

Infografía | Medidas Cautelares

– Infografía – ¿Conoces cuáles son los presupuestos para la concesión de medidas cautelares? En la presente infografía, Enfoque Derecho explica los tres elementos que deben presentarse para el otorgamiento de medidas cautelares en un caso concreto. ¿Te resultó útil esta información? ¡Déjanos tu comentario!