Producción

La presunción de uso de elementos prohibidos en las actividades pesqueras: A propósito del artículo 133 del Reglamento de la Ley General de Pesca

Por Bruno Ramos Huaytalla, Bachiller en Derecho por la Universidad Científica del Sur y practicante profesional de Derecho Administrativo y Pesquero en el estudio jurídico AGP&F Abogados Asociados. Introducción Los recursos naturales son patrimonio de la Nación y el Estado es soberano en su aprovechamiento (art. 66 de la Constitución). Los administrados pueden realizar la actividad pesquera de extracción de recursos hidrobiológicos al obtener previamente un permiso de pesca emitido por el Ministerio de Producción, si pesca de mayor escala, o por la autoridad regional, si es pesca de menor escala o artesanal. En este contexto, para realizar la actividad extractiva, los ciudadanos usan artes o métodos permitidos de extracción, a fin de lograr el aprovechamiento sostenible de los recursos,

Entre la colaboración procompetitiva y la colusión anticompetitiva: derecho de la competencia en contextos de crisis

Por Gustavo Rodríguez García, abogado por la PUCP, magíster por la Universidad Austral de Argentina, doctorando en Ciencias Jurídicas por la Pontificia Universidad Católica de Argentina y socio en Rodríguez García Consultoría Especializada. Existe amplio consenso sobre las virtudes de preservar un mercado competitivo. Progreso material y bienestar individual son consecuencias de adoptar reglas legales que no sustituyen el funcionamiento impersonal del mercado por el control centralizado del poder público. Pese a ello, es natural que en tiempo de crisis nos enfrentemos a una tentación reforzada por implementar medidas absolutamente reñidas con el sano consenso pro-competitivo. Los controles de precios, por mencionar un ejemplo, empiezan a ser vistos como una medida excepcional apropiada en tiempos también excepcionales. La razón por