Por Rodrigo Flores Benavides. Desde hace aproximadamente un año, se encuentra vigente el Decreto Supremo 090-2008-EF, que exige a los sujetos domiciliados en países con los que el Perú ha celebrado Convenios para evitar la Doble Imposición (en adelante, CDI) acreditar su condición de residentes en tales Estados mediante la presentación de Certificados de Residencia. Asimismo, a inicios del presente año entró en vigencia la Resolución de Superintendencia 230-2008-SUNAT, que regula la emisión de Certificados de Residencia (en adelante, CR) por el fisco peruano, a fin de que los contribuyentes domiciliados en el Perú puedan acreditar tal condición frente a sujetos del exterior. Estas disposiciones buscan contar con un documento oficial que otorgue certeza respecto al lugar de residencia, de modo