abril 2018

Energías Renovables: 10 años de evolución

Por: Alvaro Klauer D’Acunha: Abogado por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC). Máster en Derecho de la Energía y Política Energética por el Centre for Energy, Petroleum and Mineral Law and Policy – University of Dundee. Asociado del Área Regulatoria del Estudio Rodrigo, Elias & Medrano. Este 2 de mayo se cumplirán 10 años desde la promulgación del Decreto Legislativo 1002 (“Decreto Legislativo de promoción de la inversión para la generación de electricidad con el uso de energías renovables” – “DL 1002”), norma que estableció un régimen de promoción para el aprovechamiento de los Recursos Energéticos Renovables (“RER”). En ese sentido, tras una década de su entrada en vigencia, es oportuno realizar un breve balance sobre los resultados obtenidos

¿Es aceptable jurídicamente una gendarmería fuera del Derecho Internacional para el caso sirio?

Por: Pablo César Rosales Zamora, magíster en Ciencia Política y Gobierno con mención en Relaciones Internacional por la Pontificia Universidad Católica del Perú y profesor de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres. En pleno desarrollo de la VIII Cumbre de las Américas, el presidente de los Estados Unidos acaba de autorizar el ataque a Siria por un supuesto uso de armas químicas en Duma, atribuible al gobierno de Bashar Al Assad. La realización de este operativo no la hace aisladamente, sino en coalición con Francia y Reino Unido. ¿Este comportamiento es compatible con el Derecho Internacional? La respuesta es negativa, porque supone la violación del artículo 2, párrafo 4, de

Una oportunidad para buscar soluciones integradas

El 13 y 14 de abril pasado se realizó la VIII Cumbre de las Américas en nuestro país, en la cual diferentes autoridades de los países de la región discutieron en torno a un tema: Gobernabilidad democrática frente a la corrupción. Todo esto en en el contexto de los grandes escándalos de corrupción y su incidencia en las crisis política que aún seguimos atravesando en todo latinoamérica. De esa manera, se busca plantear una solución conjunta ante esta problemática. Además de este tema, se ha buscado discutir y tratar otros también importantes, como son el desarrollo sostenible, la cooperación, la institucionalidad internacional y las alianzas público-privadas. En ese sentido, el presente editorial busca abordar las problemáticas en temas de corrupción

Enfoque Semanal: del 09 al 15 de abril

Ordenan liberación de Eduardo Saettone El 11 de abril la Sexta Sala Penal de Lima ordenó la liberación de Eduardo Saettone quien fue declarado culpable de homicidio culposo en el 2016. En el 2012, el ex conductor atropelló a María Elena Fidela Coronado mientras manejaba a excesiva velocidad, lo cual hizo que perdiera el control del auto y se subiera a la acera, donde se encontraba la víctima esperando el transporte público. El Poder Judicial revocó el primer fallo en el que se declaraba prisión efectiva a Eduardo Saettone y aceptó la apelación que indica el cumplimiento de la pena mediante prisión suspendida. Esta figura se halla regulada en el Artículo 57° del código penal. Los requisitos para otorgar este

¿Revolución caliente? El desafío peruano frente al Nuevo Constitucionalismo latinoamericano | Parte II

Entrevistador: Patricio Ato del Avellanal Carrera, miembro de Perspectiva Constitucional, abogado del Estudio Jurídico Ato del Avellanal y adjunto de Docencia en Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Retomando la discusión respecto a los elementos para un nuevo proceso constituyente, ¿qué es lo que debería tomarse en cuenta para que este proceso pueda darse en el Perú? La única forma de volver a plantear las relaciones políticas en otro tipo de elementos que no sea si estamos a favor o en contra de un dictador, es avanzando hacia una capacidad para poder mirarse a los ojos, una suerte de proceso de paz en la sociedad peruana. Eso se tenía que haber hecho en

Comentarios en torno a la Comisión de Ética del Parlamento y el proyecto de ley N. 1023

Por Astridt Chuy, alumna de Derecho en la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho. Luis Yika, congresista fujimorista, se inscribió al Seguro Integral de Salud (SIS) Emprendedor, pese a que no cumplía con los requisitos. Betty Ananculi, parlamentaria fujimorista, presentó actas académicas con firmas que sus presuntos autores desconocen. Yesenia Ponce, parlamentaria de la misma bancada, presentó un certificado de estudios comprado para acreditar sus estudios de nivel primario. Todos ellos fueron exculpados por la Comisión de Ética del Parlamento, archivándose sus denuncias y haciendo resurgir el debate de si esta Comisión necesita una completa restructuración. Sin duda, la mayoría fujimorista en el Parlamento ha convertido a las Comisiones en otra herramienta más de control del poder, carentes, en

¿Cuándo regular? Aplicando la teoría de las fallas del mercado al caso de Uber

Por Abner Francisco Casallo Trauco, Estudiante del último año de Derecho de la UNMSM y del tercer ciclo de Economía de la UNAC. Pasante en la Universidad de São Paulo- Brasil (2016-I). Becario del X CEU- SUNASS. Uber ha cambiado el transporte urbano peruano en los últimos años permitiendo una mayor interacción entre los consumidores y conductores. Dicho cambio lleva detrás muchas variables microeconómicas que son relevantes para un adecuado marco jurídico. El objetivo de este pequeño ensayo es mostrar el caso de Uber como un ejemplo para explicar cuándo el Estado debe regular o no. Desde una perspectiva “tradicional” del Derecho, podemos dar muchas vueltas sobre conceptos como “potestades del Estado”, “interés público”, “fallas de mercado”, etc., para saber cuándo se

Algunos alcances de la posmodernidad en el Derecho Laboral

Por: Renzo Quijano, alumno de Derecho en la PUCP y miembro de GEOSE El derecho, de acuerdo con la teoría tridimensional de Miguel Reale[1], no se limita únicamente a un aspecto normativo, sino que también se encuentra constituido por hechos y valoraciones. Al respecto, la dimensión normativa vendría a ser el sistema de reglas dirigidas a regular conductas sociales, mientras la dimensión fáctica responde a la interrelación del derecho como fenómeno social con otras disciplinas, y la dimensión valorativa o axiológica se relaciona con los valores y discursos detrás de las normas. Comprender al derecho desde esas dimensiones no se realiza con fines recreativos, sino con miras a entender el funcionamiento dialéctico del derecho en toda real magnitud; así, por ejemplo,