marzo 2020

Regulación de precios: ¿remedio en tiempos de pandemia?

Por Alessia Lercari Bueno, asociada de Miranda & Amado Desde la llegada del coronavirus al Perú, las redes sociales no dejaron de mostrar imágenes de personas comprando volúmenes excesivos de gel desinfectante, lejía, jabón y papel higiénico. Diversas fuentes “cercanas al Gobierno” indicaron que había que comprar rápido porque habría escasez. También circularon imágenes de supermercados desabastecidos y, al poco tiempo, surgieron las denuncias de quienes habían identificado alguno que otro producto a un precio inusualmente alto. Esto último desató la discusión en torno a la especulación de precios. Se reclamó la actuación del INDECOPI y la imposición de sanciones. Hasta surgieron impostores que, utilizando la imagen del INDECOPI, se pusieron a disposición de la ciudadanía para recibir denuncias. Lo

Lucha por la supervivencia: contaminación ambiental en Cerro de Pasco

Denisse Paucar, estudiante de la facultad de Derecho de la PUCP y miembro del programa de desarrollo social de THĒMIS, Khuska “Cuando era niño, jugaba en esta laguna. Era limpia, cazábamos chalhuas, pescaditos pequeñitos como las sardinas, habían patos silvestres, ranas […] ya no hay vida” Humberto Grijalba, vecino de la comunidad campesina de Quiulacocha. Lo sucedido con la laguna Quiulacocha representa únicamente una muestra del feroz paso de la minería en la ciudad ubicada a 4,380 metros de altitud: es una región que tiene concesionado el 74% de su territorio[1]. La ciudad de Cerro de Pasco ha sido reconocida, durante más de 400 años, por su historia y riqueza minera. Sin embargo, más allá de los múltiples reconocimientos otorgados

La pandemia de COVID-19 en las cárceles peruanas: Prevenir el desgobierno y la mortalidad de grupos vulnerables

Por Lucía Nuñovero Cisneros, magíster en Criminología por la Universidad Católica de Lovaina (Bélgica) y en Salud Pública por la Universidad Libre de Bruselas, docente de la PUCP y de la UNMSM, y administradora de la Oficina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad del Ministerio Público-Fiscalía de la Nación. El derecho a la salud guarda una estrecha relación con el derecho a la vida, a la integridad y a la dignidad tal como lo ha reconocido el Tribunal Constitucional peruano en una sentencia reciente a propósito del derecho a la salud mental de las personas privadas de libertad[2]. Siguiendo a Prah Ruger y Sen, no solo se trata de un derecho de acceso a prestaciones o servicios, sino de un

La prescripción penal en tiempos de cuarentena

Por Pamela Morales, abogada por la PUCP y asociada de Hernández & Cía. Abogados Con la finalidad de reducir la posibilidad de contagio por el COVID-19, el 15 de marzo de 2020, el Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia nacional y dispuso el aislamiento social obligatorio por el plazo de 15 días calendario (del 16 al 30 de marzo)[1]. Días antes de que se cumpla dicho periodo, el Presidente de la República comunicó que, para frenar la propagación del virus en el país, la cuarentena se extendería hasta el 12 de abril[2]. El Estado de Emergencia suspende todas las actividades no esenciales. Solo continúa funcionando el abastecimiento de bienes de primera necesidad, hospitales, farmacias, bancos, entre otros. En esa línea,

Medidas en materia tributaria para aliviar el impacto económico del COVID-19

Por Rocío Liu, socia de Damma Legal Advisors. En estos tiempos de crisis global e incertidumbre, en lo que existe coincidencia y certeza es en el impacto económico negativo que ya viene ocasionando el Covid-19 y el aislamiento social adoptado por el Gobierno para su control, y en que dicho impacto se agudizará en los meses siguientes, habida cuenta de la extensión del período de aislamiento anunciada por el Presidente de la República. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) considera que este virus afectará a la región de América Latina y Caribe, a través de cinco canales: (1) la disminución de la actividad económica de los países que son destinatarios de nuestras exportaciones, (2) la caída

Entrevista | Sobre la situación de las personas migrantes y refugiadas en tiempos de cuarentena

La declaración del país en Estado de Emergencia por 15 días calendario el pasado 15 de marzo y su reciente ampliación por 13 días más, ha generado que muchas personas se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad. En ese sentido, Daniel Rodriguez, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, conversó con el equipo docente de la Clínica Jurídica de Derechos de las Personas Migrantes y Refugiadas de la PUCP[1], sobre la situación de los migrantes y refugiados en el Perú durante la presente cuarentena. ED: Tomando en cuenta que los migrantes no recibirán el apoyo económico de 380 soles en el Perú, ¿qué otro tipo de protección podría brindarle el Estado peruano a las familias de extranjeros que se

Presidente Martín Vizcarra anuncia que el Estado de Emergencia se ampliará por 13 días calendario

Presidente Martín Vizcarra anunció que el Estado de Emergencia, declarado el pasado 15 de marzo mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se prorrogará por otros 13 días calendario (hasta el domingo 12 de abril), a fin de controlar la propagación del COVID-19 en el Perú. Cabe precisar que el artículo 137° de la Constitución Política, sobre el tiempo de duración de este estado de excepción, establece que el plazo no debe exceder los 60 días y que, además, requiere un nuevo decreto. La medida fue anunciada luego de que el Presidente detalle los resultados de los primeros 15 días del Estado de Emergencia, los cuales se traducen en una reducción del número de infectados por COVID-19, quienes hasta la fecha suman

Entrevista a Ximena Schmiel | Sobre los aspectos penales de las medidas adoptadas durante el Estado de Emergencia

A raíz de la declaración de Estado de Emergencia el 15 de marzo de 2020 por el presidente Martín Vizcarra, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, a fin de frenar la rápida propagación del Coronavirus, surgió un nuevo panorama en el que es necesario comprender las posibles consecuencias jurídicas de algunas conductas. En ese sentido, Fanny Herrera y Kathia Martínez, integrantes del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, conversaron con Ximena Schmiel Balarezo, asociada de García Sayán Abogados, para absolver algunas dudas entorno a los aspectos penales de las medidas adoptadas durante el Estado de Emergencia en el Perú. ED: ¿Se puede sancionar penalmente a aquellos empleadores que obliguen a sus trabajadores a continuar con sus labores pese al Estado de Emergencia?

¿Una deuda que no es deuda?: Las acciones redimibles

Por Amaranta Chuquihuara, asociada de Garrigues (Perú) Las acciones redimibles son concebidas como una alternativa a los instrumentos financieros flexibles, en tanto la finalidad de su emisión radica en obtener financiamiento para la sociedad mediante la captación de recursos líquidos y, de esta forma, solventar y mejorar el desempeño de sus actividades. El concepto de acciones redimibles fue reconocido a través del Companies Act de 1929, aunque se alude que su origen no fue tanto legislativo, sino fruto de la práctica societaria. Actualmente, las acciones redimibles son reconocidas expresamente por diferentes ordenamientos extranjeros. Si bien nuestra Ley General de Sociedades no ha tipificado a las acciones redimibles como una clase de instrumentos representativos del capital, no ha proscrito su utilización

Resoluciones tomadas fuera de Sesión de Directorio (durante el Estado de Emergencia)

Por Joe Navarrete, abogado por la UNMSM y asociado de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. Introducción El domingo 15 de marzo de 2020, ante el avance del COVID-19 en la República del Perú, el Poder Ejecutivo dispuso, a través del artículo 1 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, declarar el Estado de Emergencia Nacional por “el plazo de quince (15) días calendario, y dispóngase el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19” (el “Estado de Emergencia”). En el marco de lo anterior, se estableció que, durante el Estado de Emergencia, las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a