noviembre 2020

Comentarios al caso resuelto por el TC sobre el artículo 19 de la Ley 30230 (caso Ley de Promoción de la Inversión)

Por César Augusto Higa Silva, abogado por la PUCP, profesor del Departamento de Derecho en la misma casa de estudios y profesor de razonamiento probatorio y argumentación jurídica en la Academia de la Magistratura, y Luis Enrique Vilca Ravelo, abogado por la PUCP con segunda especialidad en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y especialización en Análisis de Impacto Regulatorio y estrategias alternativas de regulación por la Universidad del Pacífico y Adjunto de docencia en el Programa de Segunda Especialidad en Derecho Público y Buen Gobierno de la PUCP. Introducción El 12 de julio del 2014, se promulgó la Ley 30230, Ley que estableció medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la

Enfoque Semanal del 16 al 22 de noviembre

1. Francisco Sagasti juramentó como presidente a cargo Tras la renuncia de Manuel Merino y su mesa directiva del Congreso, se escogió a la nueva mesa directiva que estaba presidida por Francisco Sagasti y tenía como vicepresidentes a Mirtha Vásquez, Luis Roel y Matilde Fernández. Es así como, según el artículo 115 de la Constitución Política del Perú, Francisco Sagasti -presidente del Congreso de la República- juramentó como presidente a cargo el 17 de noviembre de 2020. En la ceremonia de juramentación, el presidente a cargo dio un discurso emotivo en el cual hizo referencia a Inti y a Bryan, los héroes del bicentenario. Fuentes recomendadas:  https://laley.pe/art/10296/cuales-son-las-obligaciones-constitucionales-de-francisco-sagasti-como-nuevo-presidente https://rpp.pe/peru/actualidad/francisco-sagasti-juro-como-presidente-de-la-republica-video-noticia-1304763 https://www.gob.pe/institucion/presidencia/noticias/314627-francisco-sagasti-juro-como-presidente-de-la-republica https://elcomercio.pe/politica/gobierno/francisco-sagasti-jura-esta-tarde-como-presidente-de-la-republica-vivo-congreso-manuel-merino-martin-vizcarra-peru-noticia/ 2. Fiscalía de la Nación: Manuel Merino, Antero Flores-Aráoz y

Clase 8 | Psicología y Análisis Económico del Derecho

– Clases de AED – ¿Somos seres racionales? ¿Puede entenderse el Derecho sin la Psicología? En esta octava clase de #EnfoqueEconómico, Alfredo Bullard, socio fundador de Bullard Falla Ezcurra +, nos habla sobre la relación entre la psicología y el análisis económico del Derecho. ¿Somos conscientes de todas las decisiones que tomamos?

Una mirada hacia la intimación en mora y su (¿solemne?) formalidad

Por Laura Castillo Mego, adjunta de docencia en Derecho Civil de la PUCP. Introducción La crisis sanitaria y económica desatada por la pandemia ha puesto de manifiesto la necesidad de agilizar las gestiones de los negocios. En ese contexto, los periodos de cuarentena este año y la progresiva reactivación de la economía han podido acelerar (aunque aún está en curso) ciertos avances en el uso de plataformas digitales (de bancos, compras en línea) en quienes podrían ser reticentes en su empleo. No hay razón para que estos usos digitales no puedan verse replicados, también, en el manejo de algunas instituciones del Derecho. Así que nos podemos preguntar: ¿hay instituciones del Derecho Civil a las que pueda darse nueva mirada “digital”?

Aplicación del método de múltiplos a una transferencia de línea de negocio: El caso Philips Uruguay

Por Paul Nina, abogado por la PUCP con estudios en Tributación Internacional y Precios de Transferencia en la Universidad de Leiden y Universidad de Wisconsin-Madison. El 25 de julio de 2019 el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Uruguay emitió la sentencia N° 456/2019 de la acción de nulidad de Philips Uruguay S.A. contra la determinación del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) del periodo de diciembre de 2013[1]. El caso involucra a Philips Uruguay S.A. (sociedad anónima constituida en Uruguay, en adelante, Phillips Uruguay) y a Woox Innovations Sucursal Uruguay (sucursal de la sociedad chilena Woox Innovations Chile SpA, en adelante Woox Uruguay), ambas entidades vinculadas entre sí. En el año 2013 Phillips Uruguay realizó una

Consulta Legal | ¿Cómo puedo cambiar mi nombre?

– Consulta legal – ¿Sabías que es posible cambiarte el nombre? Algunas personas no están conformes con sus nombres por diversos motivos. Por ello, Enfoque Derecho ha preparado este video ten el que te mostraremos cuándo se puede llevar a cabo el cambio y cuáles son los procedimientos y tasas que se deben pagar. ¿Te gustaría saber cuáles son los motivos que justifican este procedimiento y cuáles son los pasos a seguir? ¡No te pierdas el siguiente video!  

La huérfana generación del Bicentenario

Por Guillermo Arribas I., Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Master en Derecho por Yale Law School. Profesor de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asociado Senior de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados. Las últimas semanas nos envían un mensaje claro, la calle en el Perú no se siente representada por sus políticos. Cómo leía en las marchas contra el fracasado y breve gobierno de Manuel Merino “Ni Merino, ni Vizcarra”, “Merino no me representa”, o “que se vayan todas las ratas [del Congreso]” (en una injusta alusión a los pobres roedores). No obstante, no podemos olvidar que ese mismo pueblo levantado eligió a PPK, Vizcarra, y Merino (así como a Toledo, Fujimori, Humala y

Entrevista al magistrado Eloy Espinosa-Saldaña | Decisión del TC sobre improcedencia de demanda competencial sobre vacancia

Después de conocer la decisión del Tribunal Constitucional sobre la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo, Enfoque Derecho conversó con Eloy Espinosa- Saldaña, Magistrado del Tribunal Constitucional y profesor de Derecho en la PUCP, quién nos brindó su opinión respecto al fallo, el contenido de su voto singular y las vías de una posible reforma constitucional. ¿Y tú, qué opinas de la decisión adoptada por el TC? ¡Dejános tu opinión!

De la Constitución sin firma a la Constitución de la protesta

Por Pedro P. Grández Castro, Profesor Ordinario en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Director del Instituto Palestra. Estamos equivocados si creemos que la Constitución es aquel documento al que el Congreso de la transición democrática encabezada por don Valentín Paniagua le quitó la firma que la habilitaba formalmente, en un intento por lograr su legitimación social. La autoridad de quien aparecía firmándola la hacía indigna y por eso el Tribunal Constitucional, en una memorable sentencia, sostuvo que aquella firma extraída mediante la Ley N° 27600, resultaba “jurídicamente irrelevante, pues [dicha autoridad] no tenía, en diciembre de 1993, la condición formal de Presidente ‘Constitucional’ de la

Carta abierta a los (as) jóvenes peruanos (as)

Adriana Martínez Carrasco, abogada por la Universidad Católica de Santa María, es consultora y especialista en Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Constitucional. Ha sido pasante de sección Fondo/Corte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos – OEA. Y  Miguel Casas, abogado especializado en derecho internacional de derechos humanos. Secretario Ejecutivo de la Asociación Pro Naciones Unidas del Perú (World Federation United Nations Associations). Imagínese que acaba de terminar su maestría en Derecho Constitucional y decide regresar al país para trabajar.  Usted ve una convocatoria CAS para ser asistente en un área afín a su especialidad y, aunque solo se requiere ser bachiller en Derecho, el sueldo es más que suficiente para mantenerse. Con muchas esperanzas, decide postular.