6 de marzo de 2023

¿Y si modificamos el artículo 336° del Código Procesal Penal?

Por José Molina Cayo, estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres. Integrante del Taller “Florencio Mixan Mass” de la Universidad Mayor de San Marcos. Practicante del Área Penal del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados I. Introducción El presente artículo tomó más tiempo de lo esperado, pero lo suficientemente necesario para reflexionar. Inició a partir de un trabajo respecto al control de plazo, pero no logró concretarse rápidamente. En dicho artículo se identificó la conclusión de la investigación preparatoria en el derecho comparado. Fue ahí donde se advirtió de la institución colombiana de la “formulación de la imputación” (artículo 286° y siguientes del Código de Procedimientos Penales), que consiste en la sustentación por

Apatía como acto de racionalidad

Por Diego Pomareda Muñoz, abogado constitucionalista y profesor PUCP La idiotes, que para los griegos significaba el alejamiento de los asuntos públicos, es una conducta generalizada en nuestro país. A pesar de esto, se busca que la actual crisis política, que es una consecuencia de nuestro modelo fallido de sociedad, pueda ser superada mediante la participación ciudadana; sin embargo, esta salida resulta incierta si comprendemos las razones de la indiferencia, del desinterés y del aburrimiento de los ciudadanos respecto de la política: La insatisfacción: la corrupción generalizada en el sistema político, la impunidad a partir de las relaciones de poder, el pésimo ejemplo de las autoridades y el populismo que instrumentaliza y defrauda a la ciudadanía genera que exista una