
Maltrato físico y psicológico en el proceso penal de faltas: el caso Andres Wiese
Por Aaron Aleman. Abogado penalista por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Magister en Derecho Penal y Procesal Penal en la Universidad Carlos III de Madrid (España). Asesor y consultor especializado en Delitos Empresariales, Delitos de Lavado de Activo y Delitos Tributarios. Conforme a las imágenes y videos difundidos a través de las redes sociales, en el presente caso se advierte la posible comisión de una falta en agravio del actor Andrés Wiese bajo la modalidad de maltrato físico y psicológico, previsto y regulado en el artículo 442 del Código Penal, el cual se sanciona hasta con la prestación de servicios comunitarios de ochenta jornadas. El maltrato antes aludido se encuentra comprendido por los insultos, empujones y hasta amanezas

