6 de agosto de 2026

¿La existencia de cargas o gravámenes impide la evaluación de un plan específico?

«La existencia de un proceso judicial tampoco justifica automáticamente la paralización o suspensión del procedimiento. La inhibición administrativa únicamente resultará procedente cuando la controversia sea indispensable para adoptar la decisión municipal y exista una estricta identidad de sujetos, hechos y fundamentos. Distinto es el supuesto de un mandato judicial expreso que ordene suspender actuaciones o mantener una determinada situación, el cual deberá ser cumplido en sus propios términos».