Por Enfoque Derecho

El martes 8 de noviembre, el ministro Aníbal Torres informó al presidente del Congreso, José Williams, que iban a plantear una cuestión de confianza para el debate y votación del proyecto de ley N° 1704/2021-PE. Ante dichas declaraciones, el presidente del Congreso contestó alegando que su pedido de cuestión de confianza no resultaría atendible, pues se trata de procedimientos que corresponden a facultades exclusivas y excluyentes del Congreso. En ese sentido, le solicitó al presidente del gabinete respetar la separación de poderes, la institucionalidad democrática y el Estado Constitucional de Derecho.

Cabe recalcar que este proyecto de ley fue presentado en abril del presente año, y tiene como objetivo derogar la ley 31355, la cual realiza una interpretación de los artículos 132 y 133 de la Constitución, estableciendo la facultad de un ministro y el presidente del Consejo de Ministros de plantear una cuestión de confianza en los casos de materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de Gobierno, no encontrándose, entre ellas, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten las competencias del Congreso.

Sin embargo, el premier presentó un nuevo proyecto de ley el 17 de noviembre, tras las constantes críticas formuladas por los distintos congresistas y constitucionalistas respecto alusión a la constitucionalidad o no del proyecto de ley N° 1704/2021-PE, el cual buscaba debatir una ley que deroga otra ya declarada constitucional por el Tribunal Constitucional.

Este nuevo proyecto de ley es una iniciativa del Ejecutivo con el objetivo que se derogue la Ley 31399, la cual fortalece el proceso de aprobación de leyes de reforma constitucional, regulados en los artículos 40 y 44 de la ley 26300, ley de derechos de participación y control ciudadano. Además, protege la Constitución para limitar el referéndum.

Para sustentarlo, el premier mencionó lo siguiente:

«Téngase presente que la ley que solicitamos se derogue, la 31399, es una ley ordinaria, no constitucional. También téngase presente que se puede derogar una ley que el Tribunal Constitucional ha derogado o no constitucional. El hecho de que el Tribunal Constitucional declare la constitucionalidad de una ley no significa que no se puede derogar, como lo han sostenido algunos, entre comillas, prestigiosos constitucionalistas».

Para concluir, el premier Torres aclaró que no desean cerrar el Congreso, alegando que si desearan esto, ya estarían en proceso de hacerlo mediante el uso de la cuestión de confianza para el debate de diversos proyectos de ley, pues nada impide que se puedan presentar de manera sucesiva y continuada, así como recordó la facultad del parlamento de censurar ministros simultáneamente, dejando al Perú a la espera de su debate y aceptación o negativa.


FUENTES:

http://www.elperuano.pe/noticia/197176-ejecutivo-presenta-cuestion-de-confianza-ante-el-congreso

https://rpp.pe/politica/gobierno/anibal-torres-planteo-cuestion-de-confianza-ante-el-congreso-de-la-republica-noticia-1447375

https://gestion.pe/peru/politica/este-es-el-proyecto-de-ley-por-el-que-anibal-torres-pide-cuestion-de-confianza-al-congreso-referendum-rmmn-noticia/?ref=gesr

https://elbuho.pe/2022/11/anibal-torres-llega-al-congreso-pese-a-restricciones-que-determinaron-por-el-pleno/

https://rpp.pe/politica/gobierno/anibal-torres-volvera-a-presentar-cuestion-de-confianza-ante-el-congreso-noticia-1445703?ref=rpp