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Urbanismo no planificado: El caso del Centro Histórico de Lima

Por Vicente B. Villalobos Villalobos, bachiller de la facultad de derecho de la Universidad de San Martín de Porres, miembro del Centro de Estudios de Derecho Civil (CEDC) de la misma casa de estudios, practicante profesional de la Comisión de Dumping, Subsidios y Barreras Comerciales No Arancelarias del Indecopi. Sumario: 1. Introducción, 2. Globalización y desarrollo económico, 3. Problemática del Centro Histórico de Lima, 3.1. Estatus jurídico de Patrimonio de la Humanidad, 3.2. Deterioro físico y pérdida de valor, 3.3. Causas y consecuencias, 4. Conclusiones, 5. Fuentes de información. Oiga usted Zeñó Manué, ¡y nos estamos quedando, sin esa Lima de otrora, tan querida y tan señora! Sus calles, como en la copla, son unas calles cualquiera, son unas calles

Propiedad no inscrita vs embargo inscrito. La adquisición de inmuebles en el Perú: El embargo y el conflicto de derechos reales vs obligaciones.

Por María Fernanda Mondragon La propiedad en el Perú se ha definido como: «‘El poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien” sin embargo cuando se trata de perfeccionar el derecho de propiedad a través de el contrato y su publicidad, se ha caído en un vacío en donde aún no se puede responder a conflictos de derechos subjetivos entre derechos reales y obligacionales cuando existe un embargo y un tercero se ve afectado por esta medida. Existen diferentes posiciones sobre qué derecho debería primar, sin embargo, trataremos de hacer un acercamiento en la legislación peruana sobre propiedad y embargo para poder entender más este conflicto. Palabras clave: Propiedad, Ejecución forzada, Embargo Sumario 1.Cómo se adquiere un

El límite entre la simplificación y la desprotección. Sobre la desnaturalización de la legislación ambiental del Proyecto de ley Nº 66392020-CR

Por Alessandra León Barrón, estudiante de sexto ciclo de la Facultad de Derecho de la UDEP y practicante pre profesional del estudio Revoredo Abogados. La politización del proceso de certificación ambiental que buscó desarrollar el Proyecto de Ley Nº 66392020-CR, presentado por el congresista Omar Chehade (APP), no puede pasar desapercibida en las organizaciones ambientales de nuestra comunidad nacional. Si bien el Proyecto fue retirado pocos días después de su presentación, nos dejó el sinsabor de que las autoridades puedan, de manera antojadiza, proponer un sinfín de proyectos que ofrezcan una peor protección en la legislación ambiental a los derechos fundamentales y al patrimonio natural, poniendo en riesgo a poblaciones vulnerables y trasgrediendo el principio de mejora continua que busca

La decisión “correcta”

Por Roberto Perez-Prieto de las Casas, abogado y magister en Derecho Procesal por la PUCP, asociado en Miranda & Amado y profesor de pregrado y posgrado en la PUCP. INTRODUCCIÓN Luego de los últimos acontecimientos congresales y presidenciales que terminaron con la juramentación de un nuevo presidente de la República y con una decisión del Tribunal Constitucional en un proceso competencial, tuve la oportunidad de conversar con personas que estaban de acuerdo con la improcedencia decidida por el TC. El principal argumento que escuché es que este órgano jurisdiccional, al igual que cualquier otro, puede elegir entre declarar fundada, infundada o improcedente la demanda y, en atribución a esa facultad, decidió por la última. Pero, ¿en realidad esto es así?

El silencio que hiere al silencio

Por Fernando Salhuana Quiroz, abogado por la Universidad de Lima y asociado en Olaechea Legal. Introducción Uno de los aspectos resaltantes de la normativa que regula el control previo de las operaciones de concentración empresarial (en adelante, “Ley de Control Previo de Fusiones”) es la inclusión del Silencio Administrativo Positivo (en adelante, “SAP”) en el procedimiento de evaluación de la transacción, el cual operaría ante la falta de decisión de la autoridad dentro del plazo previsto (Fase 1: 30 días y Fase 2: 90 días). La incorporación del SAP es una herramienta fundamental para el sistema de control de concentraciones empresariales, pues, implícitamente, ofrece una decisión oportuna (sea definitiva o no) y si es que ello no ocurre, se entenderá

Las Sociedades BIC en el Perú: una regulación necesaria

Por Johanna Mosqueira, estudiante de Derecho en la PUCP y miembro ordinario de la Asociación Civil Themis El día 24 de noviembre de 2020, se promulgó la ley N° 31072 (en adelante, la “Ley”) sobre la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (en adelante, “Sociedad BIC”). Para muchos empresarios, poder ganar utilidades a través de su negocio y además tener un objetivo social y ambiental con su giro ahora es posible gracias a esta Ley. El presente artículo tendrá como propósito (i) definir qué es una Sociedad BIC y algunos apuntes a partir de su regulación, (ii) cuáles son los beneficios de la regulación de esta en el Perú. I. ¿Qué es una Sociedad BIC? Algunos apuntes a partir de

Terrorismo agravado: Ampliando los bordes doctrinarios y reales hacia una nueva definición, a propósito de la inseguridad ciudadana

Por Miguel Fabián Solórzano Bardález, estudiante de Derecho de cuarto año de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. En medio de la relativa tranquilidad política y social que se vive en la cotidianidad de los días, aun con el fenómeno de la inseguridad ciudadana a cuestas, es preciso abordar lo convulsionado de los otrora escenarios, que bajo los años 80 hasta la primera mitad del 90, mantuvo en constante alarma a la ciudadanía peruana. Se habla entonces del delito de terrorismo, el cual puede ser entendido, como un delito que, efectuando actos a gran escala, y vulnerando pluralidad de bienes jurídicos, mantiene a la ciudadanía en constante estado de alarma y temor. Ciertamente, y doctrinariamente, el delito de terrorismo

El “conflicto concreto” y el “conflicto latente” en un proceso competencial

Por Carlos Francisco Arias Suárez, abogado por la PUCP, Secretario Técnico del Grupo de Trabajo encargado de la Reforma del Código Procesal Constitucional conformado por la comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República y con estudios de especialización en tutela de derechos fundamentales y justicia constitucional por la Universidad de Pisa. 1.   Introducción El pasado viernes 20 de noviembre, el Tribunal Constitucional del Perú publicó la sentencia recaída en el expediente N° 00002-2020-CC/TC, que “resolvió” el proceso competencial que inició el Poder Ejecutivo al demandar al Congreso de la República del Perú, alegando que este último ejerció indebidamente su competencia para iniciar el trámite de la vacancia presidencial por la causal prevista en el inciso 2 del artículo

El Tribunal Constitucional dice

Por Henry López, estudiante de Derecho en la PUCP y miembro de la Asociación Civil THEMIS En una controvertida sentencia, el Tribunal Constitucional ha declarado la improcedencia de la demanda competencial por la vacancia del Presidente de la República por incapacidad moral. Los Magistrados Ferrero Costa, Miranda Canales, Blume Fortini y Sardón Taboada, fueron quienes, con sus votos, tomaron esta decisión en mayoría ¿Qué fue lo que señalaron? I. Fundamentos de la sentencia  En base a lo establecido en el artículo 110 del Código Procesal Constitucional, se tiene que el conflicto competencial “se produce cuando alguno de los poderes o entidades estatales (…) adopta decisiones o rehúye deliberadamente actuaciones, afectando competencias o atribuciones que la Constitución y las leyes orgánica

Comentarios al caso resuelto por el TC sobre el artículo 19 de la Ley 30230 (caso Ley de Promoción de la Inversión)

Por César Augusto Higa Silva, abogado por la PUCP, profesor del Departamento de Derecho en la misma casa de estudios y profesor de razonamiento probatorio y argumentación jurídica en la Academia de la Magistratura, y Luis Enrique Vilca Ravelo, abogado por la PUCP con segunda especialidad en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y especialización en Análisis de Impacto Regulatorio y estrategias alternativas de regulación por la Universidad del Pacífico y Adjunto de docencia en el Programa de Segunda Especialidad en Derecho Público y Buen Gobierno de la PUCP. Introducción El 12 de julio del 2014, se promulgó la Ley 30230, Ley que estableció medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la