Autor Invitado

Las opiniones expresadas en este artículo son responsabilidad exclusiva de los autores y no representan necesariamente la posición oficial del portal web EnfoqueDerecho.com

El Sesgo Algorítmico y la Protección de Datos Personales

  Por Alejandro Rafael Morales Cáceres, jefe del Área de Derecho y Nuevas Tecnologías de TyTL Abogados En el año 2015, Jacky Alcine, ciudadana afroamericana, cuando miró su fotografía en la aplicación de Google Photos no podía creer que el software de reconocimiento facial la había etiquetado con la palabra “gorila”. Esto sucedió porque el algoritmo no había sido entrenado con suficientes imágenes de personas de piel oscura. En otro caso, a inicios del año 2016, Microsoft lanzó a “Tay”, un chatbot cuyo fin era imitar el comportamiento de una adolescente curiosa y buscaba entablar en las redes sociales una conversación informal y divertida con una audiencia de entre 18 y 24 años, según explicó la compañía en su página web. El

La carga de la prueba en el proceso civil: Rescatando su importancia

Por Juan Diego Elias Puelles, abogado por la PUCP, miembro extraordinario de Themis y especialista en procesos judiciales y arbitrajes. Estamos acostumbrados a enfrentar casos en que las partes actúan sus medios de prueba y las afirmaciones sobre los hechos quedan acreditados. En estos casos, los jueces resuelven la controversia en uno u otro sentido sin ningún problema. Sin embargo, ¿Qué ocurre cuando luego de agotarse toda la actividad probatoria, los jueces consideren que aún los hechos no han quedado lo suficientemente acreditados? ¿Pueden dejar de resolver o de todas maneras deberán emitir una sentencia? La solución a todas estas interrogantes la encontramos en una institución que no ha sido valorada en su real importancia, nos referimos a la carga

¡BANZAI AL EMPERADOR!: el Emperador en los tiempos modernos de Japón

Por: Frank García Ascencios, docente en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima; y magíster en Derecho Empresarial por la misma universidad, en Seguros y Gerencia de Riesgos por la Universidad Pontificia de Salamanca (España), y en Derecho y especialización en Negocios y Derecho Comercial por la Universidad de Hawaii at Manoa (USA)* El 2019 no es un año ordinario para Japón, pues Naruhito ha sido coronado como su nuevo Emperador. Naruhito asume el cargo luego de la abdicación de su padre, Akihito, uno de los emperadores más queridos de los últimos años. Cabe recordar que Akihito accede al trono luego del fallecimiento de Hirohito, emperador en los tiempos de la Segunda Guerra Mundial, donde luego de la

Comentarios sobre la aplicación del artículo 74° de la Constitución durante el interregno parlamentario

Por Bruno Delgado, abogado por la PUCP con segunda especialidad en Derecho Público y Buen Gobierno por la misma casa de estudios, y magíster en Derecho – LLM en The London School of Economics & Political Science. Como ya se ha expresado anteriormente en distintos medios por especialistas en la materia, el Poder Ejecutivo legisla durante el interregno parlamentario con poderes amplios y generales.[1] En ese sentido, en aplicación de lo establecido por el artículo 135° de la Constitución, debe entenderse que los límites del numeral 19 del artículo 118° no son aplicables a estos Decretos de Urgencia. Así pues, los Decretos de Urgencia durante el interregno podrán versar sobre materias distintas a lo puramente económico y financiero. Por tanto,

Guía para la actuación pública durante el interregno parlamentario

Por Bruno Delgado, abogado por la PUCP con segunda especialidad en Derecho Público y Buen Gobierno por la misma casa de estudios, y magíster en Derecho – LLM en The London School of Economics & Political Science. Ante la disolución del Congreso decretada por el Presidente de la República el lunes 30 de setiembre de 2019, surgieron varias dudas constitucionales y administrativas respecto de la forma en que las entidades públicas deberían comportarse con respecto a dicho poder del Estado ahora disuelto. Entre ellas, el presente informe busca absolver dos, concretamente: (i) ¿las entidades de la administración pública deben responder aún los pedidos de informes de parte de los ex Congresistas de la República?, y (ii) ¿Cuál es el ámbito

Obligaciones y próximos vencimientos en materia de hostigamiento sexual en el trabajo

Por Claudia Denisse Cermeño Durand, abogada por la PUCP, con estudios de especialización en Derecho del Trabajo en la Universidad de Salamanca, y asociada del estudio Rodrigo, Elías & Medrano. Este 21 de septiembre, vence el plazo para implementar el Procedimiento Interno de Conformación del Comité de Intervención contra el Hostigamiento Sexual. Sin embargo, no se trata del único vencimiento ni mucho menos de la única obligación que deba cumplirse en este campo. El pasado 23 de julio, entró en vigencia el Decreto Supremo N°014-2019-MIMP, que aprobó el nuevo Reglamento de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual (en adelante, el RLPSHS). Este dispositivo ha introducido un conjunto bastante amplio y ciertamente complejo de diversas obligaciones en materia

Reviviendo un muerto: La reciente reglamentación de la curatela notarial del Decreto Legislativo 1310

Por Renata Bregaglio Lazarte, docente de la Clínica Jurídica de Discapacidad y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la PUCP, y Paula Camino Morgado, asistente de la Clínica Jurídica de Discapacidad y Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la PUCP. El pasado 23 de agosto, se publicó el Decreto Supremo N° 015-2019-MIMP, que regula las salvaguardias establecidas en el Decreto Legislativo N° 1310. Es decir, las salvaguardias para un proceso de designación de apoyos que opera para que aquellos adultos mayores con discapacidad que reciben una pensión o un monto de dinero de FONAVI. Este reglamento es el resultado de una serie de normas que parecen guardar poca concordancia con la reciente reforma del Código Civil,

Entendiendo las Condiciones Precedentes en el Contrato de Compraventa de Acciones: Un acercamiento práctico

Por Rafael Lulli, abogado por la Universidad de Lima y asociado del área de M&A del estudio Rebaza, Alcázar & De la Casas. Es muy común que los contratos de compraventa de acciones contemplen condiciones precedentes para el “cierre” de una transacción, entendido este como el momento en el que el vendedor transfiere las acciones de su propiedad a favor de comprador, y el comprador paga el precio por las mismas a favor del vendedor. Las razones de dicho diferimiento pueden ser muchas, siendo las más comunes la obtención de autorizaciones para el cierre (por ejemplo, aprobación de las entidades regulatorias de concentración, autorización de acreedores para cambios de control, entre otros), la exclusión de activos del marco de la

Claves para entender el proyecto de ley que propone la instancia única en materia de libre competencia

Por Enzo Pierino Segovia Trocones. Bachiller en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Asistente legal en el área de Competencia y Protección al Consumidor de BBGS Abogados. Adjunto de Docencia del Curso de Instituciones de Derecho Mercantil en la PUCP. Ex miembro del Consejo Directivo de Foro Académico. Hace algunas semanas se prepublicó el proyecto de Ley que modificaría la actual estructura orgánica del Indecopi para los procedimientos en materia de libre competencia. Esta iniciativa – del propio Indecopi y de la Presidencia del Consejo de Ministros – plantea eliminar lo que hoy es la Comisión de Libre Competencia para convertir a su Secretaría Técnica en una suerte de Fiscalía Económica, la cual se encargaría de la investigación y

La utopía del Derecho

Por Gonzalo Puertas Villavicencio, abogado por la Universidad de Lima y asociado del CMS Grau. Históricamente, se ha tenido una idea negativa de la práctica del Derecho y del sistema legal de justicia. Esto no solo ha sido investigado y desarrollado en libros enteros (p.e. ver Richard Kagan, 1991) sino que, sobre todo, se ve reflejado en el descontento generalizado de la ciudadanía. Una buena parte de este enfado se debe a la complicidad de jueces y abogados en distintos niveles de estafa y prácticas delictivas, en la negociación de intereses públicos para beneficios ilegales y hasta en la comercialización de decisiones gubernamentales y judiciales que los ciudadanos hemos tomado conocimiento, bien por experiencia propia, secreto a voces o los