Bitácora Inmobiliaria

Blog gestionado por el área Inmobiliaria de Rubio Leguía Normand y Asociados.

El desarrollo de proyectos de vivienda social es urgente e impostergable: Algunas ideas para incentivar su ejecución

Por Franco Soria, socio del área Inmobiliaria y Saneamiento de Tierras de Rubio, Leguía, Normand & Asociados El domingo 23 de mayo se llevó a cabo el debate entre los equipos técnicos de Fuerza Popular y Perú Libre convocado por el Jurado Nacional de Elecciones. Entre los diversos temas tratados, se planteó el tema del acceso a la vivienda y en especial a la vivienda social, es por ello que considero pertinente el presente artículo que busca plantear algunas ideas sobre el tema. La vivienda es una necesidad de carácter básico, determinante para el bienestar, desarrollo y calidad de vida familiar. Suele constituir el principal activo de las familias que cuentan con ella. El derecho a la vivienda digna está

Ordenanza N° 561/MM : Airbnb, pandemia y facultades del propietario

Por Renzo López, asociado del área Inmobiliaria y Saneamiento de Tierras de Rubio, Leguía, Normand & Asociados La Municipalidad Distrital de Miraflores (en adelante, la “MDM”) emitió la Ordenanza N° 561/MM (en adelante, la “Ordenanza”), publicada el pasado 22 de enero. Esta norma modifica, de manera muy concreta, la Ordenanza N° 342/MM que aprobó los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, y las condiciones generales de edificación en el distrito de Miraflores. Entre las modificaciones señaladas, resalta la correspondiente al numeral 2 del literal e) del artículo 14, la cual mostramos a continuación: Texto Anterior:   Texto Actual: Los edificios de vivienda multifamiliar ubicados en zonas residenciales, sólo podrán ser usados para ese fin; quedando expresamente prohibido el uso de estos inmuebles

¿Cesión o Reserva de Vías? A propósito del caso de arbitraje entre el Jockey Club del Perú y la Municipalidad Metropolitana de Lima

Por Rubén Quevedo, asociado del área Inmobiliaria de Rubio Leguía Normand. El 01 de enero del 2021 tuvo como una de las principales noticias la expedición de un laudo arbitral que obliga a la Municipalidad Metropolitana de Lima (“MML”) al pago de la suma de USD 13’ 936,628.90 (Trece Millones Novecientos Treinta y Seis Mil Seiscientos Veintiocho con 90/100 Dólares Americanos) a favor del Jockey Club del Perú (“JCP”), a modo de indemnización, por la demolición del muro perimétrico de propiedad de JCP, ubicado colindante a la Av. El Derby y la Av. Panamericana Sur (“Predio”), realizado por la gestión del exalcalde Castañeda Lossio en el año 2017 en el marco de un proceso de expropiación para la ejecución del proyecto

Hacia una implementación nacional del RAN Sharing: ¿cómo vamos?

Por Alvaro Gonzales De La Cotera, asociado del Estudio Rubio, Leguía y Normand. La semana pasada (específicamente el 24 de febrero) se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 136-2021-MTC/01 (23/02/2021), que a su vez dispone la publicación del Proyecto de “Decreto Supremo que aprueba la Norma que Regula la Compartición de Infraestructura Activa de la Red de Telecomunicaciones” (en adelante, “El Proyecto”) y, su exposición de motivos. El Proyecto se emite en un contexto en que se intenta cimentar un marco normativo para implementar el Radio Access Network Sharing (más conocido como “RAN Sharing”, por sus siglas). El RAN Sharing habilita a un operador (de la red de origen) usar la infraestructura de otro operador

Cuestiones acerca de la propiedad privada y la denominada “Área de Reserva de Vía”

Por Naoky Ccallo Paredes, practicante del Área Inmobiliaria del Estudio Rubio Leguía Normand. Desde hace ya mucho tiempo, se sostiene (de manera acertada) que la Propiedad no puede ser un derecho absoluto. Cuestiones de orden e interés social de la ciudadanía, obligan que la propiedad privada sea ejercitada en armonía con el bien común; sin embargo ¿Cuáles son los límites del “bien común”? ¿hasta dónde puede ejercerse la propiedad privada, sin afectar el bien común? Innegablemente la respuesta a dichas interrogantes deberá hallarse en el caso concreto que se desee analizar. Por nuestro lado, nos enfocaremos en responderla desde las implicancias que tienen la afectación de las denominadas “Área de Reserva de Vía”, en la propiedad que ejercen lo privados

¿Y cómo promovemos la generación de proyectos de vivienda social en el Perú? Algunos apuntes a tener en cuenta.

Por Enrique Quincho, asociado del Área Inmobiliaria y Saneamiento de Tierras del Estudio Rubio, Leguía Normand. Hace unos meses el Grupo de Análisis para el Desarrollo (GRADE), por encargo de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI), en una nota periodística de El Comercio[1], reveló algunos de los resultados del estudio denominado: “Mapeo y Tipología de la expansión urbana en el Perú”: “En las últimas dos décadas, las ciudades en el Perú se han expandido cerca de 50%”. “El 93% del nuevo suelo urbano creado desde el 2001 corresponde a asentamientos sin habilitación urbana completa, la cual incluye servicios básicos como agua y alcantarillado”. “El Estado invierte alrededor de S/ 1.000 millones al año para proveer de servicios básicos e infraestructura

¿Y si las soluciones van en orden? A propósito de los Proyectos de Ley para la ampliación de plazo de regularización de la propiedad informal

Por Rubén Quevedo, asociado del área Inmobiliaria de Rubio Leguía Normand. La pandemia ha expuesto las distintas falencias que el Gobierno debe resolver en el corto o mediano plazo en provecho de la población en general. Si bien, desde antes eran conocidas las deficiencias en el sistema de salud, empleo y educación; el nivel de informalidad en el Perú es extremo, y de esa realidad no se escapa la vivienda y la dotación de servicios básicos. En ese contexto, con fecha 14 de septiembre del 2020, el Pleno del Congreso aprobó el Dictamen de la Comisión de Vivienda que compendiaba los 10 (diez) Proyectos de Ley que postulan, en resumen, la modificación de artículos de la Ley 28687 “Ley de Desarrollo

El proceso de inscripción de las coordenadas UTM en las partidas registrales de los predios: ¿Ayuda al saneamiento de predios?

Por Enrique Quincho, asociado del Área Inmobiliaria y Saneamiento de Tierras del Estudio Rubio, Leguía Normand. Dentro de los diversos aspectos que se presentan con ocasión de un saneamiento físico legal de inmuebles, se encuentra lo referido a la determinación de las coordenadas de georreferenciación de un predio y su vinculación e incorporación en la partida registral involucrada. En las siguientes líneas, exploraremos algunos aspectos relacionados con el tema antes mencionado, con miras a obtener una calificación positiva durante el procedimiento registral respectivo en los Registros Públicos, SUNARP. El Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Res. Nº 097-2013-SUNARP-SN, en adelante RIRP, en el artículo 19º, regula los requisitos que deberá contener el asiento de inmatriculación de un

Opiniones Vinculantes del Ministerio de Vivienda sobre habilitaciones urbanas y edificaciones: ¿vulneración a la autonomía y competencia municipal?

Por Renzo López Franco, asociado del área Inmobiliaria y Saneamiento de Tierras de Rubio, Leguía, Normand & Asociados Ya en un artículo anterior[1] hemos analizado la relevancia de las Opiniones Vinculantes (en adelante, las “OV”) emitidas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS), referidas específicamente al tema habilitaciones urbanas y edificaciones. Al respecto, concluimos que son una herramienta muy útil para los agentes involucrados en los procedimientos vinculados al sector, ya que podrán participar activamente a través de la presentación de consultas que deberán ser absueltas por la autoridad competente. En el mismo artículo se mencionó que las OV podrían vulnerar la autonomía y competencia municipal en materia urbanística, sobre lo cual anticipamos que a nuestro

Reapertura de restaurantes y COVID-19: ¿Cómo conciliamos una economía de mercado y la nueva política preventiva de salud pública?

Por Alvaro Gonzales De La Cotera Chamochumbi, asociado del Área de Inmobiliario y Saneamiento de Tierras del estudio Rubio Leguía Normand, bachiller en Derecho por la UPC. Hace un mes se permitió la reapertura de los negocios de restaurantes para consumo en salón (20 de julio); ello a pesar de que -al escribir este artículo- los casos de contagio por COVID-19, confirmados por el Gobierno, ascienden a 549,321[1]. En esa línea, desde el gobierno, las medidas de prevención deben ser extremadas, a efectos de que la reapertura de los restaurantes no sea contraproducente para la contención del virus. Para ponernos en contexto, antes del 20 de julio, a pesar de que los restaurantes sí podían atender al público a través