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Directora: Joselyn Nicole Lira Lllalle || Consejo Editorial: Joseph Martell | Juan Carlos Alcántara | Josué Grados | Braulio Trebejo | Fiorella Huamani | Camila Trujillo | Cesar Valqui | Lucía Zúniga | Phiorela Berrocal

Versus | ¿Se debe mantener la segunda instancia en el proceso civil?

En el presente versus, presentamos el tema: ¿Se debe mantener la segunda instancia en el proceso civil? En esta entrega, se discutirán las razones por las cuales debe o no subsistir el doble grado de jurisdicción en el proceso civil. A favor: Eugenia Ariano Deho, profesora en la PUCP y especialista en Derecho Procesal.   En contra: Fabio Núñez del Prado, abogado del área de arbitraje internacional de Uría Menéndez y profesor de la Universidad Carlos III de Madrid.   ¡No te lo pierdas!

Conversando Derecho – Oscar Vidarte y Farid Kahhat

Farid Kahhat, profesor de la facultad de Ciencias Sociales de la PUCP y Phd en Gobernabilidad por la Universidad de Texas Austin y Oscar Vidarte, profesor de la facultad de Ciencias Sociales de la PUCP y Magíster en Relaciones Internacionales por la Pontificia Universidad Javeriana de Colombia.

¿Se puede acumular Concesiones de Beneficio a pesar que la ley no lo contempla? Breve Análisis y comentarios

Por Luis Angel Huaman Oscuvilca, presidente de la Asociación Civil de Estudios Mineros – ACESMIN y Bachiller de la Especialidad de Derecho Corporativo de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres. En el Texto Único Ordenado N° 14-92 “Ley General de Minería” dedica un capítulo de manera independiente tanto para la Concesión Minera, como para la Concesión de Beneficio. Lo cual determina que se trata de títulos habilitantes para actividades mineras distintas. Mientras que la Concesión Minera se refiere al título para realizar la actividad de exploración o explotación; la Concesión de Beneficio es únicamente para la actividad de Beneficio. En ese mismo sentido,  el artículo N° 14 de la Ley.

Los ‘security for costs’ ante el financiamiento de terceros en el arbitraje de inversiones

Por: Carlos Ríos Pizarro, abogado por la PUCP y asociado de Bullard, Falla & Ezcurra +, y Uber López Montreuil, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP, ex director de Enfoque Derecho y ex miembro del Consejo Directivo de Themis. El third-party funding es un método de financiación en el que una entidad que no es parte de una controversia financia los honorarios legales de una de las partes, o paga una orden, adjudicación o sentencia dictada contra esta parte. [1] Este mecanismo es cada vez más usual en el arbitraje internacional, al punto que en una encuesta realizada por la Universidad Queen Mary en el año 2015, más del 90% de los encuestados manifestaba conocer la figura y

Delitos contra el honor en las redes sociales

En la presente entrega José Ugaz, socio del Benites, Vargas & Ugaz Abogados, nos comenta sobre la tipificación de los delitos contra el honor encontradas en las redes sociales.