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Directora: Melissa Gonzales || Consejo Editorial: Daniela Mondragón | Sergio Cruzalegui | Fabricio Rodríguez | Adriana Paredes | Isabella Delgado| Joseph Martell | Sergio Liñán | Alvaro Fernández

"La penalización del aborto, en la medida que no impide la realización de abortos consentidos y autoabortos, constituye una respuesta ineficaz para la prevención de este delito."

ED: ¿Cuál es el bien jurídico protegido en casos sobre derechos sexuales y reproductivos? CS: Los derechos fundamentales son bienes jurídicos. Por ello, los bienes jurídicos protegidos en los delitos vinculados a derechos sexuales y derechos reproductivos son, en rigor: la dignidad, la libertad sexual, la indemnidad sexual, la autodeterminación reproductiva, la integridad personal, la salud integral, entre otros. ED: ¿Qué opinión le merece que el derecho penal material sancione la interrupción voluntaria del embarazo? ¿Constituye ello una injerencia a otros derechos como  la planificación familiar? CS: Actualmente, la penalización del aborto justificado en una protección penal exclusiva del derecho a la vida del concebido, en desmedro de los derechos de la mujer gestante, no resiste examen de convencionalidad, toda

Interdisciplinariedad en la educación legal: La subversión como rescate de la imaginación

Con mucha expectativa asistí al I Seminario Internacional de Enseñanza-Aprendizaje del Derecho, de la Facultad de Derecho de la PUCP. Inevitablemente, este espacio fue una remembranza de mi propia formación jurídica en McGill, en Canadá, que se caracteriza por cuestionar de forma radical y continua sus métodos y fundamentos pedagógicos.[1] Asistir a este evento me permitió revivir la efervescencia que producen los espacios de auto-reflexividad académica.

Histeria Inclusiva: Personas Migrantes, por José Dávalos

En marco de nuestra #HisteriaInclusiva, José Dávalos, Jefe de Misión en Perú de la Organización Internacional de Migrantes (OIM), comenta la situación en Perú y América Latina de estas personas, y los esfuerzos que se han hecho y aún se hacen para mejorarla.

La masacre de la Cantuta: Un análisis jurídico desde la perspectiva del Derecho Penal Internacional

Por Isabel Tello Carbajal, Directora de la Comisión de Cursos y Capacitaciones de THEMIS; Coordinadora General de la Comisión de Arte & Derecho PUCP y ex asistente de docencia del curso de Derecho Procesal Penal con el Dr. César San Martín Castro y el Dr. Joel Segura Alania. El 3 de noviembre de 2015 se cumplieron más de veinte años desde ocurridos los hechos que desencadenaron lo que es por todos conocido como “La Masacre de la Cantuta”.  Quince estudiantes y un profesor muerto, fue el resultado de estos hechos lamentables. ¡Una condena, finalmente, hizo justicia! El 7 de abril de 2009, el ex Presidente Alberto Fujimori fue sentenciado como autor mediato en aparato de poder organizado por la comisión

Entrevista a Alfredo Bullard: Modificaciones a la Ley de Arbitraje

A propósito de la reciente modificación a la Ley de Arbitraje y los procesos arbitrales de contratos de Asociación Público Privada con los Decretos Legislativos 1224 y 1231, Rodrigo Vega, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, entrevista a Alfredo Bullard, socio de Bullard Falla Ezcurra +.

¿Se debería cambiar el Himno Nacional que cantamos?

Por Daichi Yano, estudiante de Derecho de la Universidad del Pacífico Los peruanos rendimos homenaje a tres símbolos patrios: la bandera, el escudo y el himno nacional. Estos tres han sufrido cambios y modificaciones desde su creación. Nuestro himno nacional consta del coro junto con una estrofa designada para los eventos oficiales y públicos, tema que regula el Congreso. Entre los símbolos patrios, el himno ha sido el único en sufrir modificaciones recientes, en particular en cuanto a la estrofa que cantamos en los eventos oficiales y públicos. En efecto, en 2005, el Tribunal Constitucional decidió (Exp. N.º 0044-2004-AI/TC) que la primera estrofa tradicional del himno, aquella que empezaba con “largo tiempo”, era apócrifa. A raíz de esta determinación, el Congreso

Brown v. Board, una sentencia que no se acaba

Por Renato Constantino, investigador del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la PUCP. Escuchar Glory mientras se lee Cuando el director de EnfoqueDerecho me pidió que hablase sobre Brown v. Board of Education, me sentí halagado… como por un segundo. Luego empecé a darle vuelta a las oportunidades y me sentí abrumado. ¿De qué hablar? ¿Qué sería más interesante saber? ¿La historia del racismo y las luchas jurídicas contra este? ¿Será más interesante hablar de los detalles que nadie conoce? ¿Diremos que uno de los abogados del caso, Thurgood Marshall, luego fue juez de la Corte Suprema? ¿Sería interesante hablar del caso de Mendez v. Westminster que fue previo a Brown y que eliminó la discriminación racial que afrontaban los

El caso Marbury versus Madison (1803)

Por Juan Manuel Sosa, Asesor Jurisdiccional del Tribunal Constitucional. El caso Marbury vs. Madison, no cabe duda, constituye uno de los principales hitos (e íconos) del constitucionalismo. Ello está plenamente justificado, pues es la primera ocasión en la que, de manera clara, una corte de vértice, afirmando la supremacía de la Constitución frente a la ley, determina la inaplicación de esta última por ser inconstitucional. Ahora bien, contra lo que podría pensarse desde la perspectiva actual –es decir, desde el “constitucionalismo de los derechos”– no se trata de un caso en el que una norma legal fue inaplicada por ser lesiva de derechos constitucionales. En Marbury vs. Madison se resolvió más bien un writ of mandamus, es decir, algo equivalente a

Entrevista a Paula Siverino: Caso Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica

ED: ¿Cómo llega este caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos? En líneas generales, ¿de qué trata? PS: En Costa Rica, el Decreto Ejecutivo No. 24029-S del 3 de febrero de 1995, emitido por el Ministerio de Salud, autorizaba la práctica de la fecundación in vitro (FIV) para parejas casadas, regulando de manera muy estricta su ejecución. La FIV fue practicada en Costa Rica entre 1995 y 2000 y si bien la regulación era muy conservadora, la técnica fue declarada inconstitucional por la Sala Constitucional de Costa Rica el 15 de marzo de 2000, entre otros argumentos por entender que la práctica de la FIV “violenta la vida humana” al colocar a los embriones en un riesgo desmesurado de muerte.