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Enfoque Semanal del 31 de octubre al 6 de noviembre

Por Enfoque Derecho Lula Da Silva gana las elecciones y será el nuevo presidente de Brasil El pasado 31 de octubre se confirmó la victoria de Lula Da Silva como nuevo presidente de Brasil, frente al actual presidente Jair Bolsonaro. En unas elecciones muy ajustadas, en las que Bolsonaro contó con un 49,10% de los votos, mientras que Da Silva contó con el 50,90%. Cabe recordar que Lula Da Silva se encontró preso por aproximadamente 3 años, debido a las acusaciones de encontrarse involucrado en el caso Lavajato, utilizando su cargo como presidente de Brasil durante la época 2003-2010, para sacar un beneficio de su posición, y otorgar obras a cambio de estos sobornos. Fuentes: https://elpais.com/internacional/2022-10-30/lula-gana-las-elecciones-a-bolsonaro-en-la-victoria-mas-renida-de-la-historia-de-brasil.html https://www.dw.com/es/lula-da-silva-gana-las-elecciones-presidenciales-en-brasil/av-63602213   2. Se

Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional revoca la resolución que dictó 34 meses de prisión preventiva contra el excongresista José Luna Morales

El día lunes 17 de octubre, José Luna Morales fue detenido mientras se retiraba de las instalaciones de Latina Televisión. ¿La razón? El Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional había dictado 34 meses de prisión preventiva para el excongresista, quien fue acusado por la presunta comisión del delito de cohecho activo, bajo la modalidad de organización criminal, en agravio del Estado. Recuérdese que, por entonces, el caso se había dado a conocer mediáticamente bajo el nombre de “Los Gángsters de la Política”. Por lo cual, el juez Jorge Chávez Tamariz había tomado aquella decisión para evitar su posible fuga. De esta manera, aquella noche abordaba el vehículo policial que lo conduciría rumbo al Establecimiento Penitenciario Ancón I, mientras afirmaba “no

INFOQUE | ¿En qué consiste la mora y sus elementos?

#Infografía ? ¿Conoces las características y los elementos de una #mora? En la siguiente infografía, #EnfoqueDerecho sintetiza la definición, principales #características y #elementos de una mora. ¿Qué otro tema te gustaría que abordemos en la siguiente infografía? ¡Coméntanos! ⬇️

INFOQUE | ¿Cuál es la diferencia entre libertad personal y libertad individual?

#Libertad ?? ¿Conoces la diferencia entre libertad #personal e #individual? En la siguiente #Infografía, te explicamos en qué consiste cada una de ellas y dónde es posible hallar sus particularidades. ¿Qué otro tema te gustaría que abordemos en el siguiente #Infoque? ¡Coméntanos, te estamos leyendo! ⬇️

Enfoque Semanal del 17 al 23 de octubre

Por Enfoque Derecho La Presidencia del Consejo de Ministros dispone el fin del Estado de Emergencia por COVID-19 en todo el país. Motivados por el avance progresivo de la vacunación y la considerable disminución de los casos de COVID-19; la Presidencia del Consejo de Ministros dispuso el fin del estado de emergencia mediante el Decreto Supremo 130-2022. Cabe mencionar que el ahora derogado decreto supremo sobre el estado de emergencia tenía vigencia hasta el lunes 31. Es preciso recordar que esta disposición no se traduce en una suerte de relajo respecto a las medidas de prevención y cuidado que deben seguir formando parte de la vida cotidiana de todos los ciudadanos. Asimismo, esto no quiere decir que el proceso de

Poder Judicial rechaza recurso que podría haber habilitado a Vladimir Cerrón para ejercer cargos públicos

Por Enfoque Derecho La historia de la condena a Vladimir Cerrón inicia en el año 2011, cuando este asume el Gobierno Regional de Junín y realiza la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de la Oroya”. Sobre esta, según la Fiscalía, Vladimir Cerrón habría incurrido en cometer un delito por “haberse interesado indebidamente de manera directa en el trámite y aprobación de la ampliación del plazo N° 03 solicitada por el Consorcio Altiplano” y “por haber requerido a la Organización de los Estados Iberoamericanos para la Educación, Ciencia y Cultura hacer efectivo los pagos solicitados con cargo a los saldos de las transferencias financieras a través de la Carta N° 117-2011-GRJ/PR del