Administración de Justicia

El peligro procesal en los miembros de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas del Perú

Por Enrique A. Encina Ibarra, alumno de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima. Miembro fundador de la Sociedad Especializada en Estudios de Litigios Penales. Asistente legal en S.E.E.L.P Abogados. Introducción Doctrinaria y erradamente se ha considerado que los funcionarios públicos sometidos a una investigación penal – en fuero común – por un presunto delito cometido en ejercicio de sus funciones[1] generan un riesgo procesal implícito. En esta oportunidad me centraré únicamente en los miembros de la Policía Nacional del Perú y de nuestras Fuerzas Armadas, quienes al encontrarse en una situación especial debido a su posición de garantes frente a la sociedad y las funciones que ejercen tienen de por sí una restricción legal a su libertad personal

Crisis rumbo al bicentenario

Por Enfoque Derecho Los últimos días han sido de suma agitación para la coyuntura nacional: desde audios de funcionarios del Estado hasta la aceptación de la moción de vacancia presidencial. Es claro que el panorama seguirá en una crisis durante mucho tiempo. Sin embargo, lo raro es que la población peruana parece dar por sentado que en cada gobierno debe de haber un caso polémico, hasta se podría decir que ya están “acostumbrados”, ejemplo de esto, son los comentarios en las redes sociales diciendo la clásica frase “así son los políticos”. Por tal motivo, desde Enfoque Derecho, presentamos las crisis políticas de cada gobierno que ha tenido el Perú durante las dos últimas décadas, comenzando por el ex presidente Alberto

¿Cómo reforzar el diálogo intercultural entre el Estado y los pueblos indígenas?

 Por José Antonio Del Risco Ramírez, alumno de la Facultad de Derecho de la PUCP y exmiembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho Introducción El pasado 13 de enero, la Corte Suprema publicó la sentencia A.P N° 29126-2018 LIMA, mediante la cual se declaró fundada la demanda de acción popular formulada contra la 15° Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley de Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios. Lo que establecía dicha norma era una exoneración del procedimiento de consulta previa cuando los proyectos impliquen la construcción y mantenimiento de infraestructura en materia de salud y educación; así como la provisión de servicios públicos destinados a beneficiar a las comunidades. La 15° Disposición Complementaria, sin

Cambios constitucionales: Ideas para algunas reformas pendientes

Por Gonzalo J. Monge Morales, abogado por la PUCP, asociado Senior del Estudio Echecopar member firm of Baker & McKenzie International, ex Editor General de THĒMIS-Revista de Derecho, miembro fundador y ex Co-Coordinador General de Perspectiva Constitucional, asociación para la investigación y difusión del Derecho Constitucional y Procesal Constitucional.  «La historia constitucional peruana ha sido pródiga en la dación de textos constitucionales y en la incorporación nominal de modernas instituciones democráticas, pero no en la creación de una conciencia constitucional en la ciudadanía ni en el ejercicio del poder con plena lealtad constitucional de sus gobernantes […] produciendo así, constituciones nominales que no concuerdan con los presupuestos sociales y económicos y/o constituciones semánticas, en beneficio de los detentadores fácticos del

TC emite sentencia que desconoce sin mayor motivación la facultad de administrar justicia de las rondas campesinas: ¿El regreso de la criminalización de las rondas campesinas?

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la PUCP, coordinador del área de Litigio Constitucional del Instituto de Defensa Legal y especialista en los derechos de los pueblos indígenas. El TC acaba de expedir una grave sentencia que desconoce y borra de un plumazo, todo lo que se había conseguido en materia de acceso a la justicia de la población rural, pues establece que las rondas campesinas no pueden administrar justicia, sino solo las autoridades de las comunidades campesinas y nativas. Nos referimos a la STC 04417-2016-HC, también denominada sentencia 468-2020. En el fundamento 22 de la sentencia señala: “Así las cosas, este Colegiado considera que la actuación de la Ronda Campesina del caserío Las Malvinas fue arbitraria en el caso de

Asamblea Constituyente: ¿Es momento para una nueva Constitución?

Por Piero Vivar Pajuelo, estudiante de Derecho en la PUCP y miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho “Una constante en el pensamiento occidental, es creer que existe una sola respuesta verdadera, para cada problema humano, y que una vez hallada esta respuesta, todas las otras deben ser rechazadas por erróneas. Creencia complementaria de la anterior y tan antigua como ella, es que los más nobles ideales que animan a los hombres: justicia, libertad, paz, placer, etc., son compatibles unos con otros[1]”. Contexto En los últimos días, nuestro país ha vivido momentos de convulsión social sin precedentes recientes que derivaron en la renuncia del efímero presidente Manuel Merino, tras el lamentable fallecimiento de dos jóvenes que lucharon por la democracia

Merino toma juramento a Gabinete Ministerial, pese a protestas en su contra

Por EnfoqueDerecho.com Dos días después de su juramentación en el cargo del Presidente de la República y en medio de masivas movilizaciones sociales en contra de su mandato, Manuel Merino toma juramento a Gabinete Ministerial. Como se dio a conocer el día de ayer, este gabinete estará liderado por Antero Flores-Aráoz, quien será el Presidente del Consejo de Ministros. A continuación, conoce los nombres y sumillas de los los titulares de las carteras ministeriales.  Ministerio de Relaciones Exteriores: Franca Lorella Deza Ferreccio Ex jefa de la oficina general de Recursos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores. Bachiller en Derecho y Ciencias Políticas en la Universidad de Lima. Anteriormente, fue directora general de Tratados del Ministerio que ahora preside. Ministerio de

Víctimas, no culpables: Ni estereotipos de género ni revictimización

Por Astridt Chuy Colonia, bachillera en Derecho por la PUCP y Ruth Mendoza Medrano, estudiante de Derecho en la USMP. “A la señorita le gustaba la vida social”, fue el “argumento” utilizado por el abogado Paul Muñoz para defender a los cinco acusados de violar a una mujer de 21 años de edad en el distrito de Surco. Estas declaraciones evidencian un claro desconocimiento de la normativa no solo nacional sino también internacional en materia de violencia contra la mujer e igualdad de género. Este pensamiento machista por parte de uno de los actores del sistema de justicia resulta preocupante, más aún en una sociedad como la nuestra. La Encuesta Demográfica y de Salud Familiar – ENDES, realizada por el

Algunos apuntes sobre el conflicto competencial: hacia una próxima sentencia paradigmática del Tribunal Constitucional

Por Vicente Villalobos Villalobos. Bachiller de la facultad de derecho de la Universidad de San Martín de Porres. Asistente de cátedra de los cursos Teoría General del Contrato y Contratos Especiales en la misma casa de estudios. Ex practicante pre profesional de la Zona Registral N° IX-Sede Lima. Sumario: 1. Introducción, 2. El conflicto competencial, 2.1. Causa, 2.2. Objetivo constitucional de protección, 2.3. Tipologías y finalidades, 2.4. Concepto, 3. Fundamentos de la demanda competencial postulada por el Poder Ejecutivo, 4. Importancia jurídico-política del fallo: Una sentencia paradigmática, 5. Conclusiones. «Toda Constitución –fatalmente– contiene lagunas en el sentido, del todo trivial, de que nunca jamás una Constitución puede regular la vida social y política en su totalidad». Riccardo Guastini. La «Constitucionalización»

Webinar | Sistema penal integral en los delitos de corrupción de funcionarios

Evento organizado por Enfoque Derecho y Enfoque Penal, blog dedico al estudio del sistema integral penal, con la participación de: Ramiro Salinas, profesor de Derecho Penal en la PUCP y Juez Superior Titular de la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente. José Antonio Caro, profesor de Derecho Penal en la PUCP y Doctor en Derecho por la Universidad de Bonn. Diana Milla, profesora de “Aspectos criminológicos del fenómeno de la corrupción” del Programa de Segunda Especialidad en la PUCP y doctora en Derecho en la Universidad de Alcalá.