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¿La flexibilidad soporta todo?: La mal entendida libertad de alegar y probar en cualquier momento del arbitraje

Por Bryan Cillóniz abogado por la Universidad Nacional Federico Villarreal y asociado junior en Santiváñez Abogados Probablemente, en más de una oportunidad hemos podido identificar como una o ambas partes en un arbitraje presentan – sin ningún tipo de impedimento – escritos con alegaciones o pruebas que, misteriosamente ven la luz luego de haberse remitido los escritos postulatorios, o lo que es más grave, después del cierre de la etapa probatoria. Esta situación es asidua en muchos arbitrajes y pueden presentarse principalmente dos situaciones: (i) que, las partes hayan pactado reglas específicas para la presentación de escritos y pruebas o (ii) que, no se regule nada sobre el particular. Supongamos que usted es árbitro en un caso en donde las

Ordenamiento territorial y planificación urbana en el Perú, en el contexto del COVID-19

Por Carla Navarro Fernández. Abogada por la Universidad Femenina del Sagrado Corazón – UNIFE. Cuenta con 9 años de experiencia en la absolución de consultas de naturaleza compleja para la atención de clientes nacionales y extranjeros de diversos sectores en materias de derecho de la propiedad, urbanístico y registral. Actualmente se desempeña como Asociada Principal del Estudio Rubio Leguía Normand y Asociados. 1. Introducción Conforme al artículo 195 de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Locales son competentes para, entre otros, planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial. El presente artículo pretende analizar la agenda internacional en materia de ordenamiento territorial, planificación y gestión urbanas, considerando el contexto actual

Los otros rostros de la pandemia: personas viviendo con VIH y acceso a la salud

Por Nicolás Alarcón Loayza , Cofundador y Director Ejecutivo de Adastra, licenciado en Derecho por la Universidad Católica San Pablo. La respuesta histórica a la epidemia del VIH, desde los Estados y gran parte de la sociedad civil, fue la indiferencia. De allí que, en el título de este artículo he querido referirme a los “otros” rostros de la pandemia. Creo que una mirada a la situación actual en materia de acceso a la salud para personas viviendo con VIH (y, podríamos ir más allá, a la respuesta histórica al VIH) se sitúa en la “ajenidad”, en una realidad que ni nos afecta a todas las personas ni resulta lo suficientemente visible como para despertar nuestra simpatía. La “ajenidad” aparece

Notas sobre el rol del pueblo al lado de la constitución a raíz del caso Merino

Por Jonatan Marcés Everness, abogado por la PUCP y miembro de Perspectiva Constitucional. En noviembre de 2020, el Congreso de la República vacó a Martín Vizcarra y asumió el despacho presidencial Manuel Merino. Para el grueso de la población, el gobierno de Merino fue ilegítimo por cuanto detrás había un proyecto que pretendía copar instituciones. Para algunas personas, si bien podían coincidir con dichas razones, estas no eran suficientes para cuestionar el gobierno de Merino por cuanto eran exclusivamente políticas. Para ofrecer una salida jurídica, se argumentó que el gobierno de Merino era ilegítimo porque la vacancia de Vizcarra fue irregular por alguna -o ambas- de dos razones: (i) porque la causal de vacancia por permanente incapacidad moral fue indebidamente

¿Ecocidio en el Perú?: Un recordatorio de que el caso Repsol no es aislado

Mirella de la Cruz, estudiante de Derecho de la PUCP y miembro del programa de Desarrollo Social de THĒMIS – Khuska Durante las últimas semanas, hemos podido encontrar en todos nuestros medios de comunicación información sobre el grave derrame de petróleo en el terminal multiboyas N°2 de la Refinería La Pampilla, de Repsol, el cual equivale a más de 10 mil barriles de petróleo. Asimismo, diez días después de reportado el primer derrame, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Oefa), la Marina y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) confirmaron un segundo derrame y se estima que lo vertido en esta oportunidad equivale a 8 barriles de petróleo [1]. Es así que, a raíz

Reflexiones sobre las funciones del OEFA para afrontar el derrame de petróleo en Ventanilla

Por Milagros Granados LLM in Natural Resources Law and Policy Profesora de la Universidad Científica del Sur Introducción El pasado 15 de enero, se produjo el peor desastre ecológico en la costa de nuestro país, cerca de 11 900 barriles de petróleo de la Refinería La Pampilla (Repsol) fueron derramados en la playa de Ventanilla, Callao[1]. A la fecha, el área afectada se ha extendido desde Callao hasta Huaral, perjudicando diversas playas y áreas naturales protegidas[2]. Esta situación viene causando una grave afectación al ambiente, principalmente a la flora y fauna marina. Asimismo, viene generando un perjuicio a la población aledaña, la cual ha suspendido sus actividades económicas y teme por los efectos en su salud. La situación aún no

El delito de tráfico ilegal de fauna silvestre: Principales aspectos sustantivos y procesales sobre el tipo base [Parte 2]

Por Bruno Ramos Huaytalla Estudiante de Derecho de la Universidad Científica del Sur Accede a la primera parte a través del siguiente link: https://enfoquederecho.com/2022/01/27/el-delito-de-trafico-ilegal-de-fauna-silvestre-principales-aspectos-sustantivos-y-procesales-sobre-el-tipo-base-parte-1/https://enfoquederecho.com/2021/04/19/la-importancia-del-debido-proceso-para-la-consecucion-de-la-verdad-procesal-parte-1/ [Continuación] Análisis de la Sentencia N.°34 recaída en el Expediente N.°00090-2010-39-2801-JR-PE-02 Antes de entrar a la narración de los hechos y al análisis del caso, se debe precisar que el artículo 308 del CP contempla diversos tipos penales específicos como los artículos 308-A, 308-B, 308-C y 308-D, sin embargo, el que guarda una intrínseca relación con el primero, tanto en bien jurídico, sujetos, conducta y tipo subjetivo, es el artículo 308-A, el mismo que reza de la siguiente manera: Artículo 308-A.- Tráfico ilegal de especies acuáticas de la flora y fauna silvestre Será reprimido con pena privativa

El delito de tráfico ilegal de fauna silvestre: Principales aspectos sustantivos y procesales sobre el tipo base [Parte 1]

Por Bruno Ramos Huaytalla Estudiante de Derecho de la Universidad Científica del Sur Resumen:  El Estado peruano ha introducido el delito de tráfico ilegal de fauna silvestre en el Código Penal de 1991 con el objetivo de tutelar las especies protegidas a nivel nacional e internacional. Se trata de un delito de connotación compleja, ya que el tipo penal remite a diversas normas administrativas de naturaleza ambiental. Cabe aclarar que la configuración del delito se realiza cuando el agente comercializa ilegalmente con las especies silvestres sin contar con un título habilitante emitido por las autoridades competentes. En las siguientes páginas se analizarán los principales aspectos sustantivos y procesales del delito de tráfico ilegal de fauna silvestre regulado en el artículo

La Corte Suprema versus el Tribunal Fiscal: La naturaleza tributaria del canon por uso de espectro radioeléctrico

Por Pablo Sotomayor Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con maestría en Tributación Internacional por New York University Law School. Socio del área tributaria del estudio Miranda & Amado. Recientes Sentencias de la Corte Suprema han señalado que el Tribunal Fiscal no es competente para conocer de controversias vinculadas al canon anual por el uso del espectro radioeléctrico a que se refiere la Ley de Telecomunicaciones y su reglamento (el “Canon”), al concluir que dicho concepto no tiene naturaleza tributaria. A continuación, repasaremos los principales aspectos de esta controversia -que enfrenta posiciones diametralmente opuestas del Tribunal Fiscal y del Poder Judicial– y plantearemos algunos de los principales efectos que se desprenden de estos fallos. La obligación de pago

La reconsideración y la renuncia a objetar: ¿son lo mismo?

Por Emily Horna Rodriguez Jefa del Área de Litigios y Arbitrajes de Santiváñez Abogados En un arbitraje ad hoc, se pactaron las reglas del arbitraje. Entre ellas, no se incluyó el recurso de reconsideración. Lo que sí se incluyó, sin embargo, fue la renuncia al derecho a objetar, con plazo. La pregunta que nos surge es: ¿en este caso, serían lo mismo? Como sabemos, la reconsideración es la objeción que se formula contra las decisiones del Tribunal Arbitral que son distintas al laudo. Si no se ha determinado un plazo, la Ley de Arbitraje fija por defecto un plazo de tres (3) días hábiles para plantear la reconsideración (artículo 49[1]). La renuncia a objetar es una figura distinta. Está referida