Bloggers

¿Y cómo sobrevivimos en un edificio? El COVID-19 y las nuevas reglas de convivencia.

Alvaro Gonzales De La Cotera Chamochumbi, asociado en Rubio Leguia Normand. De acuerdo al censo del 2017, en el Perú, existen más de 10 millones de viviendas, de las que 820 mil son departamentos en edificio, lo cual equivale al 8,1% del total. Teniendo en cuenta ello, aproximadamente 4 millones de personas residen en edificio de departamentos con las particularidades y reglas de convivencia que ello implica. El régimen de edificios es denominado por la Ley 27157 como “régimen de propiedad exclusiva y propiedad común” en función a la existencia de tenemos bienes de propiedad exclusiva (departamentos y estacionamientos) y bienes de propiedad común (escaleras, ascensores, pasadizos, entre otros). De acuerdo con el Reglamento de la Ley Nº 27157, la

El valor de los programas de cumplimiento en materia de protección al consumidor

Por César Durand Espejo, asociado del Estudio Echecopar, especialista en temas de libre competencia, competencia desleal, protección al consumidor, protección de datos personales y corporate compliance. Con el propósito de evitar y prevenir posibles conflictos entre consumidores y proveedores en el marco de sus relaciones de consumo, la legislación en materia de protección al consumidor busca promover que las empresas adopten mecanismos de autorregulación que les permitan adecuar su conducta a dicha normativa. Uno de estos mecanismos es la implementación voluntaria de programas para el cumplimiento de la regulación establecida en la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, «el Código»), los cuales consisten en un conjunto de políticas y procedimientos para que los proveedores

Los estándares internacionales del sistema interamericano de derechos humanos de protección a las personas que ejercen el derecho a la protesta

Por Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y coordinador del Área de Justicia Constitucional del Instituto de Defensa Legal, y Álvaro Másquez Salvador, bachiller en Derecho por la Universidad de San Martín de Porres y especialista legal e investigador del Área de Justicia Constitucional del Instituto de Defensa Legal. En un contexto donde el Gobierno viene suspendiendo sistemáticamente el derecho a la protesta de las comunidades campesinas de Chumbivilcas, Cusco, a través de Estados de Emergencia sistemáticos, conviene recordarle al Gobierno, cuáles son las obligaciones internacionales del Estado para con las personas que ejercen el derecho a la protesta. En efecto, el Estado viene suspendiendo la libertad de reunión reconocida en el artículo en

La indefensión del ciudadano ante el régimen sancionador previsto durante la emergencia sanitaria (D. L. N°1458 y D.S. N°006-2020-IN)

Por Ramón Huapaya Tapia, profesor ordinario de Derecho Administrativo en la PUCP, miembro investigador del GIDA- PUCP y socio de CMS Grau, y Diana Attilano Flores, adjunta de docencia del curso Derecho Administrativo la Universidad de Lima y asociada del mismo estudio. En el contexto actual de emergencia sanitaria, el Gobierno dispuso diversas medidas de aislamiento social que buscan controlar la pandemia del COVID-19, a través de una declaración de estado de emergencia hecha vía Decreto Supremo y sucesivas normas modificatorias, ampliatorias y complementarias. Tal como advertimos en su oportunidad[1], el enforcement o mecanismo de cumplimiento para asegurar la vigencia de tales normas era exclusivamente penal, puesto que no existía un régimen administrativo sancionador. La cuestión es que desde que

La necesidad de despliegue de infraestructura para las telecomunicaciones en el Perú: A propósito del riesgo de colapso de las redes de telecomunicaciones en tiempos del Coronavirus

Por Rubén Quevedo, asociado del área Inmobiliaria de Rubio Leguía Normand.  El domingo 15 de marzo, a las 8:00 pm, los peruanos fuimos testigos del mensaje presidencial que informó acerca de las medidas que se adoptarían frente a los graves daños que se acercaban como consecuencia del COVID-19. Como consecuencia de ello, inicialmente se emitió el Decreto Supremo N°044-2020-PCM y posteriores normas complementarias para regular el Estado de emergencia. Lo mencionado es de conocimiento público y así han transcurrido las primeras cuatro semanas del Estado de emergencia, en donde, al margen de la gran preocupación y el dolor generado por la pandemia, muchas personas han buscado aprovechar el tiempo para pasar momentos en familia, buscar acceder a información, cumplir con

La suspensión perfecta de labores en los tiempos del COVID-19

Por Renzo Quijano, egresado de la PUCP y  miembro extraordinario de Geose. En el presente artículo, se abordará la exhortación contenida en el Decreto de Urgencia N° 038-2020 respecto a la suspensión perfecta de labores, en el marco del Estado de Emergencia Nacional dictaminado por el Gobierno. Desde el Estado de emergencia declarado mediante el D.S. N° 044-2020, la medida de aislamiento social obligatorio ha tenido especial repercusión en el desarrollo de las relaciones laborales, en particular de aquellas que sostienen servicios no esenciales. Frente a esta situación, el Gobierno estableció mediante el D.U. N° 029-2020, que las empresas que prestan servicios no esenciales desarrollen trabajo remoto, y que en caso de no ser factible, se otorgue licencia con goce

El uso de la fuerza en Estado de emergencia: breves apuntes sobre el caso del capitán Cueva

Por Renato Platero, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP y miembro de Perspectiva Constitucional INTRODUCCIÓN A propósito de los esfuerzos que viene realizando el Gobierno por contener el contagio del COVID-19, se han realizado múltiples intervenciones por parte de miembros de la Policía Nacional como de las Fuerzas Armadas. De manera que, en ciertas oportunidades, fue necesario hacer uso de la fuerza para lograr detener a ciudadanos que omitieron la orden legal de aislamiento social obligatorio. En dicho contexto, el sábado 21 de marzo se intervino a un joven de 17 años por hacer caso omiso de la inmovilización obligatoria; de ahí que, el capitán de las FF.AA. Christian Cueva lo agredió con insultos y cachetadas a

¿El pago del subsidio para el pago de planillas de empleadores del sector privado orientado a la preservación del empleo tiene efectos tributarios?

Por Talía Díaz Rodríguez, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociada de Miranda & Amado. En estos días, el Estado se encuentra preparándose para entregar a diversos empleadores del sector privado el subsidio para el pago de sus planillas. Esta medida económica es una entre muchas otras aprobadas en el marco de la emergencia nacional decretada por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19. Sin embargo, es una medida que vale la pena detenerse a analizar, desde un punto de vista tributario, al tratarse de una entrega directa de fondos (sin ser una liberación de fondos propios o una devolución o restitución de impuestos) a favor de los empleadores. Este

El constitucionalismo mundial en épocas de Coronavirus

Por César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional y docente de la Facultad de Derecho en la Pontificia Universidad Católica del Perú El Estado constitucional se fundó sobre supuestos históricos liberales universales, consensuados en pactos sociales y políticos nacionales, que fueron consagrados en constituciones estatales. Sin embargo, la utopía de un orden de valores basados en la persona humana y el control del poder, inicialmente se vio desfasado de las realidades nacionales con la aparición de la llamada “cuestión social”, que dio lugar a la surgimiento del constitucionalismo económico y social, que gestó el Estado de bienestar, para ahora, enfrentar el desafío global del cambio climático y de las pandemias como el coronavirus que ha paralizado a los Estados y

Una lucha dentro de otra: la discriminación étnico-racial en medio de una pandemia

Por Angélica Pretell, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP y directora del programa de desarrollo social de THĒMIS, Khuska. Hace unos días, mientras la población se encontraba cumpliendo la cuarentena decretada por el Poder Ejecutivo para frenar el avance del COVID-19 en nuestro país, sucedió un hecho muy repudiable. Un ciudadano, identificado como Carlos Wiesse, profirió comentarios discriminatorios, racistas y clasistas hacia efectivos policiales en el distrito de San Isidro. En el video, que circula por la redes sociales y que también fue difundido por los medios de comunicación, se evidencia a Wiesse profiriendo frases como “Cholo de m*****, yo me cuido solo” y “no tienes plata para estudiar en la universidad (…), por eso eres policía”.