Constitucional

El trámite de la ley Fujimori y el control constitucional

Raúl Gutiérrez Canales, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú [1] La reciente aprobación del proyecto de ley 3533/2018-CR, que establece la ejecución humanitaria de la pena, aprobada por el Congreso sin dictamen y con autógrafa remitida al Poder Ejecutivo tres días después de ser presentada, no solo refleja la posibilidad de tramitación de iniciativas con celeridad excepcional sino, sobre todo, advierte una peligrosa actuación contraria a la finalidad de la limitación del poder que es indispensable en todo régimen constitucional. La excepción de la ley especial En efecto, la propuesta que, entre otros aspectos, permite que los adultos mayores varones de 78 años de edad o más, que hayan cumplido un tercio de su pena, puedan cumplir la respectiva

Judicialización de la política

Por César Landa, ex presidente del Tribunal Constitucional y profesor de Derecho Constitucional en la PUCP. La detención preventiva de Keiko Fujimori ha generado una polémica en la arena no solo política,sino también jurídica constitucional. Por ello, resulta importante analizar brevemente los argumentos constitucionales de la fiscalía y la defensa, así como la resolución judicial que ordena la detención preventiva de Fujimori por treinta y seis meses, en el proceso que se le sigue por el delito de organización para delinquir, particularmente por lavado de activos. Se debe partir de considerar que la libertad personal es la condición procesal ordinaria de toda persona investigada por un fiscal y procesada por un juez penal; sin embargo, de manera excepcional esta puede

Cuestión de confianza: sobre la constitucionalidad del artículo 86° del reglamento del Congreso | Entrevista a Joel Campos

Heber Joel Campos, abogado por la PUCP y máster en Derecho por la universidad de Génova. Sobre el Artículo 86° del Reglamento del Congreso ¿Es constitucional la limitación de la facultad del presidente de plantear cuestión de confianza otorgada por la Constitución?  Considero que no. Los artículos 133° y 134° de la Constitución regulan la cuestión de confianza. En ninguno de ellos se establece una limitación como la anotada en el artículo 86° del reglamento. La ley no puede discriminar ahí donde la Constitución no lo hace, pues eso sería ir en contra del principio de validez material de las normas. Además, la cuestión de confianza es una atribución del Poder Ejecutivo que tiene por objeto optimizar el principio de

Entrevista a Óscar Vidarte – La Reforma constitucional en Cuba

Enfoque Derecho entrevistó a Óscar Vidarte, Magíster en Relaciones Internacionales por la Pontificia Universidad Javeriana de Colombia y egresado de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, sobre la actual situación de Cuba respecto al proyecto que busca reformar la Constitución de dicho país. ED: Raúl Castro y Díaz-Canel encabezaron la comisión que reformará la Constitución en Cuba, ¿cuál cree que es la principal motivación para una reforma en este contexto? OV: Yo creo que es necesario en Cuba actualizar incluso la Carta Magna. Raúl Castro ha demostrado, de alguna manera, que entiende que el mundo está cambiando y también el comunismo. Es así que eso requiere adecuar a Cuba y, por tanto, a su normativa

La Constitución de nuestros tiempos

Recientemente, en Cuba, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) aprobó unánimemente el Anteproyecto de Reforma Constitucional. Este plantea cambios de gran relevancia a la norma fundamental que rige al país caribeño desde el año 1976. A nivel económico, se incluye el reconocimiento de la propiedad privada. Ello con el objetivo de impulsar el trabajo por cuenta propia y la apertura a la inversión extranjera que facilite la mejora de la economía cubana. A nivel ideológico, Esteban Lazo, líder de la ANPP ha sido enfático al referirse acerca de la continuidad del espíritu socialista. Así, ha indicado que la supresión del término “comunismo” de la carta magna no está relacionado a un cambio ideológico y mucho menos a un posible

La práctica legislativa y el principio de resocialización

Por Diego Alonso Pomareda, Egresado de la PUCP y cofundador de Perspectiva Constitucional. Análisis de los pasos que debe seguir el legislador para limitar el principio constitucional que busca resocializar, reeducar y rehabilitar a la persona condenada Últimamente, los congresistas de la República, han buscado que se les restrinja a las personas que han sido condenadas por algunos delitos, el acceso a determinadas labores privadas o cargos públicos. Esto, sin defecto que dichas personas hayan cumplido con su condena y se entiendan como resocializadas en amparo de lo establecido por la Constitución (numeral 22 del artículo 139) y el Código Penal (artículo IX del Título Preliminar y numeral 2 del artículo 69). Por ejemplo, el Proyecto de Ley N° 122/2016-CR,