Contratos

COVID-19: Algunos apuntes sobre la aplicación de Ratios Financieros en Contratos de Financiamiento

Por Jorge Fuentes, asociado principal del Estudio Garrigues (Perú), abogado por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. En el marco de la coyuntura actual, donde la economía global sufre por los efectos del COVID-19, muchas empresas de diferentes sectores han sido impactadas al no poder operar sus negocios con normalidad o ver su demanda sustancialmente reducida. En muchos casos, dicho impacto viene teniendo consecuencias negativas en cuanto al cumplimiento de obligaciones asumidas por empresas en sus contratos de financiamiento, particularmente –de forma adicional a las obligaciones de pago- en el caso de obligaciones financieras que se pactan usualmente para controlar y monitorear la salud financiera del deudor en la ejecución de sus actividades, las cuales suelen contemplar ratios financieros. Típicamente,

Capitalización de intereses e Impuesto a la Renta: contratos de financiamiento con sujetos no domiciliados

Salvatore Núñez Marmanillo, ex miembro  de THEMIS y abogado junior del área de Tax Consulting de PwC La coyuntura actual del COVID-19 ha paralizado a gran parte de las actividades empresariales de nuestra sociedad. El Estado ha reaccionado frente a ello, pero las medidas adoptadas no resultan suficientes. Ante este escenario, muchas empresas privadas se han visto imposibilitadas de cumplir oportunamente sus obligaciones legales y contractuales, entre las cuales destacan las vinculadas a los contratos de financiamiento con entidades extranjeras. Los intereses moratorios se han sumado a los compensatorios generando una situación incierta. En el presente artículo se analizan las implicancias tributarias de la capitalización de intereses en los contratos de financiamiento con sujetos no domiciliados, que es una de

Entrevista a Miguel Sánchez-Moreno | Sobre el Proyecto de Ley aprobado que suspende el cobro de peajes.

Entrevista a Miguel Sánchez-Moreno, socio del Estudio Rosselló El 3 de abril del 2020, el Congreso aprobó el proyecto de ley que suspende el cobro de peajes a nivel nacional tanto para los peajes administrados por el Estado y por las empresas privadas (concesionarias). Tal disposición tendrá vigencia durante el Estado de Emergencia declarado a causa de la pandemia del COVID- 19. En ese sentido, Fanny Herrera, miembro del Consejo Editorial de EnfoqueDerecho.com, conversó con Miguel Sánchez-Moreno, socio del Estudio Rosselló, acerca de las contingencias a las que esta ley puede dar lugar para el Estado peruano. Comentarios generales MS: Como comentario general, debo precisar que los contratos son leyes entre las partes y existe la obligación de cada una

El uso de las firmas electrónicas en tiempos de coronavirus

Por Grecia Zorrilla Garay, estudiante de la Facultad de Derecho de la PUCP y asociada extraordinaria de Themis En pleno siglo XXI, el uso de la tecnología y medios electrónicos es cada vez más necesario para nuestra vida cotidiana. Sin embargo, sorprende que aún continuemos usando la firma manuscrita para suscribir contratos y, como consecuencia, generar derechos y obligaciones. Así, en tiempos de coronavirus, en donde ya no estamos en la posibilidad de firmar documentos de manera presencial, surge una necesidad inevitable de utilizar la firma electrónica y/o digital para poder continuar, en la medida de lo posible, con el tráfico jurídico y económico. Ante esta urgencia del uso de mecanismos electrónicos y/o digitales, surgen interrogantes tales como ¿qué es

¿Qué hago con la renta de mi contrato de alquiler?: covid-19 y algunos escenarios generados en contratos de arrendamiento de locales comerciales

Por Franco Soria Palacios, socio del Área Inmobiliaria y de Saneamiento de Tierras de Rubio Leguía Normand, y Alvaro Gonzales De La Cotera, asociado del mismo estudio[1] El 15 de marzo del 2020 se emitió el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, declarando el Estado de Emergencia Nacional por la grave crisis de salud generada por el covid-19 y estableciendo: La declaratoria de emergencia por 15 días calendarios, desde el lunes 16 de marzo hasta el lunes 30 de marzo. Posteriormente, el estado de excepción se amplió hasta el domingo 12 de abril. Se ha generado el estado de “aislamiento social obligatorio” como medida que restringe al ciudadano el libre tránsito y la circulación. Ello, sin afectar la prestación de los servicios

Entrevista a Nicolás Hernandez: Sobre el regreso de Uber a Colombia

Entrevista a Nicolás Hernández, abogado por la Universidad Nacional de Colombia y asociado de Bullard Falla Ezcurra+ Con el regreso de Uber a Colombia el pasado 20 de febrero, el conflicto entre la multinacional y el estado colombiano genera nuevamente incertidumbre. Desde la salida de Uber de Colombia, la empresa no solo ha notificado su intención de arbitraje, sino que ahora ha regresado bajo una nueva modalidad utilizando el “contrato de arrendamiento” como base.  ED: ¿Cuál es el contexto del conflicto entre Uber y Colombia?  NH: Entendiendo los antecedentes de lo que pasa en el caso de Uber, lo que tenemos desde el 20 de diciembre es que la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC, que tiene funciones jurisdiccionales y

Breves comentarios a la Ley N° 27444 y al Decreto Legislativo N° 1350 y su reglamento

Por Dante García Briceño, abogado por la Universidad de Piura, y magíster en Derecho Civil y Comercial de la Universidad Nacional de Piura I. INTRODUCCIÓN El presente artículo trata sobre el procedimiento administrativo sancionador en el derecho migratorio peruano, de manera concreta, cómo el TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General N° 27444 (en adelante LPAG) aprobada mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante D.S N° 004-2019-JUS) sanciona a las aerolíneas por transportar pasajeros extranjeros sin contar con el documento de viaje exigido por la norma migratoria para ingresar al país, como lo es la visa, así como, cuando la visa ha caducado; infringiendo lo regulado en la Ley de Migraciones que es el Decreto Legislativo N° 1350 (en

¿Puede el CIADI darle la razón a Odebrecht?

El pasado 4 de febrero de 2020, Odebrecht interpuso una demanda contra el Estado peruano ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), argumentando que, el 24 de enero de 2017, se canceló de “manera arbitraria” el contrato del Gasoducto Sur Peruano, por lo que exige una indemnización de 1.200 millones de dólares. Al respecto, es necesario precisar que el Estado peruano ha ratificado tratados internacionales, mediante los que ha asumido obligaciones de promoción y protección de las inversiones extranjera, que, según el artículo 55° de la Constitución Política del Perú, forman parte del Derecho interno. Estos tratados tienen como finalidad que los inversionistas y las inversiones extranjeras gocen en el Perú -en tanto este último

¿Para que sirven los acuerdos directos en el project finance?

Por Rodrigo Vega, bachiller egresado de la PUCP y miembro del Área Mercantil de Garrigues. Cuando se diseña un project finance (o financiamiento de proyectos) como esquema para llevar a cabo un financiamiento, uno de sus rasgos más llamativos es la multiplicidad de contratos que componen su estructura[1]. En efecto, además del contrato de crédito y de los contratos de garantía que se suscribirán en el marco del financiamiento, se prevé que la sociedad de propósito especial (SPE) celebre una serie de contratos con distintas contrapartes a efectos de materializar el desarrollo del proyecto. En el caso de un project finance, en el marco de una asociación público-privada, quizás el más evidente de estos contratos sea el contrato de concesión