Corporativo

¿Estamos listos para el Suptech?

Por Miluska Gutiérrez, asociada senior del Estudio Garrigues (Perú), abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con Maestría en Derecho Bancario y Financiero por la misma universidad. Pese a los importantes beneficios que conlleva, la tecnología de supervisión (suptech) presenta una serie de limitaciones que es necesario tener en cuenta a la hora de evaluar su uso. Por ello, las herramientas de suptech deberían ser utilizadas de manera complementaria (no sustitutoria) a las técnicas tradicionales de supervisión. A continuación, abordamos algunas consideraciones preliminares de las tecnologías aplicadas a la supervisión del mercado financiero y el mercado de valores. El 23 de enero de 2020 se publicó el Decreto de Urgencia No. 013-2020 (el DU 013-2020), mediante el cual se

Negociando el Riesgo de la Corrupción: Una introducción a la negociación de los riesgos de corrupción en las fusiones y adquisiciones en el Perú

Por Joyce Moore Murphy, abogada por la Universidad de Lima y LL.M. por Georgetown University Law Center. Actualmente, se desempeña como consultora en la Vicepresidencia de Integridad del Banco Mundial. Evolución de la práctica común en el mercado de fusiones y adquisiciones Hasta hace algunos años, las negociaciones de adquisiciones de sociedades peruanas no incluían de manera muy exigente aspectos relativos a actos de corrupción en los que podría haber estado involucrada la sociedad a ser adquirida (la “Target”), sus principales ejecutivos, representantes, subcontratistas y/o accionistas. Tales aspectos se consideraban comprendidos dentro de la auditoría legal (due diligence) de procesos y contingencias penales. Por tanto, el riesgo se asignaba en mayor o menor medida al vendedor mediante una declaración genérica

Entrevista a Julio Durand Carrión | Responsabilidad Social Empresarial

Por Enfoque Derecho Enfoque Derecho tuvo la oportunidad de entrevistar a Julio Durand Carrión, doctor en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú, ex Presidente de la Sala Especializada en Protección al Consumidor y Vicepresidente de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI y actual director de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Universidad San Martin de Porres, quien nos brindó sus declaraciones sobre un tema tan debatido, la Responsabilidad Social Empresarial, tema que abordamos en nuestro editorial, el cual puedes visitar aquí. A continuación, presentamos las opiniones completas del mencionado especialista. ¿Considera que la RSE debe ser una política obligatoria de la empresa o solo debe ser opcional? La responsabilidad social empresarial debería

Alcances del artículo 21-A de la Ley General de Sociedades

Por Joe Navarrete, abogado por la UNMSM y profesor de Mercado de Valores de la misma casa de estudios. Introducción La Ley General de Sociedades contiene un artículo sobre el que se ha tomado mayor atención dada la imposibilidad de realizar juntas de socios “presenciales” a raíz de las medidas de aislamiento social a la que hemos estado sujetos durante los últimos meses. Al respecto, el artículo 21-A de la Ley General de Sociedades nos dice lo siguiente: “Artículo 21-A.- Voto por medio electrónico o postal Los accionistas o socios podrán para efectos de la determinación del quórum, así como para la respectiva votación y adopción de acuerdos, ejercer el derecho de voto por medio electrónico siempre que éste cuente

La necesaria modernización del proceso de fusión de sociedades en el contexto de Covid-19

Por Eric Gätjens, asociado del Estudio Garrigues (Perú), abogado por la Universidad de Lima Durante el estado de emergencia generado por el COVID-19 muchas actividades se han visto suspendidas tanto en el sector público como en el privado. Esto también ha repercutido en algunas operaciones societarias en curso, como es el caso de las fusiones, figura societaria típica que se viene incrementando como medida de supervivencia empresarial[1]. Esta coyuntura nos lleva a analizar si los mecanismos que hoy en día prevé nuestra norma societaria para dichas transacciones son apropiados. A su vez, debemos preguntarnos si éstos cumplen con fomentar operaciones que aporten al crecimiento económico del país o si, por el contrario, sería conveniente establecer modificaciones legislativas que permitan adaptarlos a

La colaboración empresarial: una estrategia a considerar

Por  Gustavo Cusman, abogado por la Universidad de Piura, magíster en Derecho por la Universidad Abat Oliba CEU de Barcelona, especializado en derecho corporativo y financiero. Durante las últimas semanas se ha podido observar que varias compañías han tomado diferentes decisiones que han consistido, entre otros, en cambios de giro del negocio, salidas del mercado, e incluso la celebración de acuerdos de colaboración entre compañías. Encuentro especialmente relevante esta última estrategia de negocios, por la importancia que supone para la supervivencia de las empresas que al hacer sinergias con otras –a veces incluso con competidores– obtienen una posición ventajosa dentro del mercado para realizar determinados proyectos o empresas.  Existen distintas formas de colaboración entre compañías, algunas destinadas a perdurar un

Buen Gobierno Corporativo: ¿La OCDE tiene un as bajo la manga que prevé las consecuencias a raíz de la pandemia?

Por Fransheska Acco Manayalle, Bachiller en Derecho por la UNMSM. En la actual crisis, cobra vital importancia los cumplimientos de los deberes de diligencia y lealtad de los administradores, lo que conlleva a la revisión y observación de las mejores prácticas de Buen Gobierno Corporativo, las cuales deben ser observadas por los administradores y directores de la compañía. Sobre ello, la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, traducido del inglés) ha dispuesto parámetros que los países integrantes deben tener en cuenta, además de un análisis de las medidas corporativas adoptadas por cada una. A fin de gestionar una crisis de esta magnitud, las compañías deben contar con planes de gestión de crisis y en estos casos se

¿Sesionar o no sesionar?: los órganos de organizaciones no lucrativas en el marco del Covid-19

Por Juan Francisco del Campo Zamudio, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú y asociado del área de Derecho Corporativo del Estudio Echecopar, asociado a Baker & McKenzie International. Con la declaración del Estado de Emergencia Nacional decretado por el Gobierno en el marco de las acciones para contrarrestar los efectos del COVID-19 en la población, a la fecha prolongado hasta el mes de julio, el aislamiento social obligatorio en el país y las múltiples restricciones que continuarán rigiendo hasta que la pandemia se haya controlado, que con seguridad impedirán actividades sociales de mediana concurrencia, han generado y continuarán generando problemas a propios y extraños. A la fecha, mucho se ha dicho y escrito sobre la posibilidad de que

¿Ad portas de una nueva era?: La digitalización de la constitución de empresas

Por Omar Valle Vera, asociado en CMS Grau, abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú con estudios de postgrado en la Universidad ESAN y en la Universidad Complutense de Madrid. No cabe duda que uno de los principales efectos del COVID – 19 es el distanciamiento social obligatorio, restricción que, probablemente, se mantendrá vigente por un largo tiempo (incluso luego de terminada la cuarentena). Ante esta situación, en el ámbito jurídico, muchos de los trámites legales que se realizaban presencialmente y que demandaban la presentación de documentos en físico, están convirtiéndose en trámites virtuales y electrónicos, dando paso a la tan ansiada innovación digital. En el Derecho Corporativo, uno de los principales trámites (sino el más importante) es la