Derecho Bancario

Acuerdos directos: un mecanismo de protección para prestamistas en los financiamientos de proyectos

Por Melissa Velasco, asociada de Garrigues (Perú) y bachiller por la Universidad de Lima. Uno de los factores distintivos del project finance es la previsibilidad a largo plazo de los flujos de ingresos del proyecto. En tal escenario, dado que los proyectos greenfield a la espera de ser financiados aún no generan ingresos, los bancos e instituciones financieras suelen exigir paquetes de garantías que cubran la totalidad del proyecto. En consecuencia, los prestamistas buscarán que todos los activos (si los hubiera) y todos los derechos de las empresas que desarrollarán el proyecto se encuentren gravados mediante diversas garantías específicas conforme a la legislación peruana o la extranjera, dependiendo de la ley aplicable al financiamiento y del lugar donde se desarrollará

Sobre fondos y vacíos

Por Víctor Alejandro Bravo González, abogado por la PUCP y asociado Senior en Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría. Introducción En los últimos meses se han hecho públicas algunas acusaciones por estafa piramidal que involucran a sociedades gestoras de fondos de inversión de oferta privada. Algunos medios, respaldados en una supuesta fuente de la Superintendencia del Mercado de Valores (“SMV”), indican que un “vacío legal permite a este tipo de empresas (…) captar dinero sin la supervisión de la SMV”. A partir de la información difundida, y sin pretender abogar por ninguna de las partes involucradas, considero que por cómo se viene tratando el tema, este merece algunos comentarios. A manera de introducción, los fondos de inversión son patrimonios autónomos

Pago de intereses en cuentas de dinero electrónico: propuesta de mejora

Por Germán Gómez, abogado por la Universidad del Pacífico y asociado del Estudio Garrigues. El INDECOPI publicó en marzo el informe preliminar del “Estudio de mercado sobre el sector Fintech”, el cual “analiza las condiciones de competencia existentes en los mercados donde compiten estas empresas y realiza recomendaciones para mejorar la competencia”[1], proponiendo ciertas medidas que se podrían adoptar para fomentar el crecimiento de la industria fintech.  Entre las empresas del sector analizadas por el INDECOPI, se encuentran las billeteras digitales y empresas emisoras de dinero electrónico (EEDE), objeto del presente comentario. No cabe duda de que los volúmenes de las operaciones y el potencial de la industria para fomentar la inclusión financiera han llevado al INDECOPI a publicar este estudio

Aspectos generales a considerar sobre las cartas fianzas

Por Maria José Canales Riccio. Abogada por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC). Asociada de las áreas de Derecho Bancario, Financiero y Mercado de Capitales, y, Corporativo/M&A en Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría (Lima, Perú). Introducción El uso de garantías, sean reales o personales, es una de las maneras más efectivas a través de las cuales los acreedores aseguran sus operaciones ante el incumplimiento obligacional de sus deudores. Por un lado, las garantías reales son aquellas otorgadas por un deudor o tercero sobre, principalmente, bienes inmuebles, para asegurar el cumplimiento de la denominada “obligación garantizada”. Si el deudor incumple dicha obligación, el acreedor quedará facultado a ejecutar la garantía que le fue otorgada con el objetivo de servirse