Derecho Societario

Derecho de preferencia: ¿Cómo interpretrarlo en transferencias indirectas?

Por Diego Carrión, Socio del área Mercantil, M&A y Private Equity del estudio Cuatrecasas. Master of Laws Harvard Law School. Licenciado en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú. En la práctica comercial, es usual que los accionistas se otorguen derechos de preferencia ante la disposición sobre sus distintos activos (especialmente ante la posible disposición de sus acciones). Así, es usual que en los estatutos sociales o en acuerdos privados se regulen estos derechos de preferencia (y en la ausencia de estos acuerdos o disposiciones estatutarias, pueden aplicar supletoriamente el derecho de adquisición preferente regulado en la Ley General de Sociedades para los casos de transferencias de acciones). Sin embargo, ¿qué sucede cuando el derecho de preferencia es otorgado por

¿Cómo potenciar el desempeño del cargo de director en la convocatoria y celebración de la Junta Anual de Accionistas?

Por Rogelio Gutiérrez, socio de Impuestos y Servicios Legales para la Región Andina de Deloitte Spanish Latin América La Ley General de Sociedades, Nro. 26887, en su artículo 111 reconoce a la Junta General de Accionistas como el órgano supremo de las sociedades peruanas. La norma también define al directorio como el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas, que tiene a su cargo la administración de la sociedad. En tal sentido, las sociedades peruanas circunscriben sus actividades económicas, negocios y operaciones a lo dispuesto en su objeto social durante todo un ejercicio calendario que celebra, de forma progresiva, sesiones presenciales o virtuales del directorio y la Junta General de Accionistas. A su vez, documenta en estados financieros,

El Levantamiento del Velo Societario: Una Polémica Incontrovertida

Por Carlos Andrés Gómez, abogado por la PUCP y Junior Legal Counsel at Intercorp Peru Ltd. Refiriéndose al fútbol Jorge Valdano dijo alguna vez que se trataba de “la cosa más importante de las cosas menos importantes”. Pero me atrevería a afirmar que podemos incluso ir más lejos sentenciando que los deportes en general, como objeto de afición para quienes no han sido tan afortunados de poder convertirlo -de una forma u otra – en su profesión, ya sea por falta de disciplina, dedicación, o -como en mi caso- talento, suelen ser la adicción más esclavizante y cruel; no privándonos de nuestro dinero, salud o cordura, como suelen hacer las adicciones más nobles, sino de dos bienes más escasos y finitos,

La imperatividad de las normas en el Derecho de Sociedades: la responsabilidad de los socios

Escrito por: Joe Navarrete Gerente Legal de Conexa Financial Group. Profesor de Contratos Empresariales en la Maestría de la Universidad USIL. Máster en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, y abogado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Introducción Sin perjuicio de los comentarios y críticas a un “régimen de tipicidad” de los tipos societarios (https://enfoquederecho.com/2017/10/07/los-tipos-societarios-en-la-ley-general-de-sociedades-desarrollo-y-critica/), debe tenerse en cuenta que una de las utilidades del tipo contractual es la de dotar a las relaciones entre los privados de un conjunto de normas aplicables en aquellos casos en los que los privados no hayan establecido nada de manera expresa sobre determinado aspecto de la regulación de sus intereses. Es decir, como parte del establecimiento de un tipo societario, se