Salud

Normas Legales del 23 al 29 de marzo

DECRETO SUPREMO N° 004-2020-IN Título: Decreto Supremo que crea el Registro Informático de incumplimiento de las medidas dispuestas en el marco del Estado de Emergencia Nacional Sumilla: mediante el presente decreto, se aprobó el Registro Informático de incumplimiento de las medidas dispuestas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, donde se registrará la información de los ciudadanos peruanos o extranjeros. La información recopilada será remitida al Ministerio Público para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Por otro lado, los encargados de administrarlo serán las Regiones Policiales del país. Entidad: Ministerio del Interior y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Link: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-crea-el-registro-informatico-de-incumpli-decreto-supremo-no-004-2020-in-1865180-4/ DECRETO SUPREMO N° 004-2020-DE Título: Decreto Supremo de Llamamiento Extraordinario de la Reserva Orgánica perteneciente a las últimas clases

Toque de queda a partir de las 18:00 horas a nivel nacional

Hoy a las 12:00 pm, a través de la conferencia de prensa diaria que realiza el gobierno, el presidente Martín Vizcarra anunció la ampliación horaria del toque de queda. De esta manera, a nivel nacional dicha medida comenzaría a partir de las 18:00 horas hasta las 05:00 horas del día siguiente. Cabe mencionar que, hasta el momento, el toque de queda iniciaba a las 20:00 horas. Asimismo, el Presidente aclaró que, en los departamentos de Lambayeque, La Libertad, Piura, Tumbes y Loreto, el aislamiento social obligatorio comenzaría a partir de las 16:00 horas. Ello, como consecuencia de ser los departamentos con mayor número de detenidos por incumplir el aislamiento social. Tal disposición comenzará a regir el día de mañana. Es

Lucha por la supervivencia: contaminación ambiental en Cerro de Pasco

Denisse Paucar, estudiante de la facultad de Derecho de la PUCP y miembro del programa de desarrollo social de THĒMIS, Khuska “Cuando era niño, jugaba en esta laguna. Era limpia, cazábamos chalhuas, pescaditos pequeñitos como las sardinas, habían patos silvestres, ranas […] ya no hay vida” Humberto Grijalba, vecino de la comunidad campesina de Quiulacocha. Lo sucedido con la laguna Quiulacocha representa únicamente una muestra del feroz paso de la minería en la ciudad ubicada a 4,380 metros de altitud: es una región que tiene concesionado el 74% de su territorio[1]. La ciudad de Cerro de Pasco ha sido reconocida, durante más de 400 años, por su historia y riqueza minera. Sin embargo, más allá de los múltiples reconocimientos otorgados

Medidas de la Administración Pública y el COVID-19

Por Sheyla Llacza Romero, abogada por la PUCP, y asociada del área de Derecho Administrativo y Regulatorio de Rubio, Leguia, Normand & Asociados. El COVID-19 ha puesto en jaque a más de 180 países en el mundo, ya que ha provocado que el número de personas contagiadas o fallecidas crezca de manera exponencial con el paso de los días. Así, al momento de redactar la presente nota, se tienen 294.110 casos confirmados y 12.944 muertes[1]. Entre dichos números, el Perú tiene 363 casos confirmados y 5 muertes. En este escenario, es inevitable cuestionarse si el Estado peruano, por medio de su Administración Pública, podría imponer medidas más estrictas contra los ciudadanos con el objeto de que las personas contagiadas puedan

Entrevista a Manuel Rivera | El Derecho Tributario y el Coronavirus

El 15 de marzo de 2020, el presidente Martín Vizcarra declaró al país en Estado de Emergencia, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, a fin de frenar la rápida propagación del Coronavirus. Ello, conllevó a que el gobierno tome otras medidas a fin de que las empresas y personas naturales tendrían dificultades para cumplir con sus obligaciones fiscales en el Perú. En ese sentido, Lucrecia González-Olaechea, miembro del Consejo Editorial de Enfoque Derecho, conversó con Manuel Rivera, docente en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú y socio de Impuestos de EY Perú (Ernst & Young), sobre los alcances de las normas recientemente aprobadas por el gobierno en materia tributaria. ED: ¿Es adecuada la decisión del gobierno,

Infografía | Decreto Supremo N° 046-2020-PCM: sobre el toque de queda

El miércoles 18 de marzo, el Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N°046-2020-PCM, mediante el cual se dispuso el aislamiento social obligatorio desde las 8:00 pm hasta las 5:00 am. Durante ese lapso de horas, la PNP y las FFAA se encargarán de hacer cumplir tal medida, necesaria, según el Presidente, para evitar más contagios de coronavirus en el país.

Regresión Logística para el análisis de propagación del COVID-19 en el Perú

Por Gonzalo Moya, magíster en Economía de la San Jose State University y docente en la Facultad de Ciencias Económicas de la UNMSM. El lunes 16 de marzo, se publicó en el diario oficial El Peruano el D.S. N°044-2020-PCM, “Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote de COVID-19”, y el D.U. N°026-2020, “Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional”. El Decreto Supremo hace referencia en los considerandos a los Artículos II, VI y XII del Título Preliminar de la Ley N°26842, Ley General de Salud, y a los artículos 130°

Infografía | Estado de Emergencia

Durante 15 días, el Estado peruano se encuentra en Estado de Emergencia. Por ello, se restringuirán o suspenderán derechos relativos a la libertad de tránsito, reunión, seguridad personal e inviolabilidad del domicilio. En ese sentido, en la presente infografía, Enfoque Derecho presenta los alcances e implicancias del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declaró este Estado de Excepción.

Martín Vizcarra anuncia que Perú se encuentra en la Fase 3 de contagio

El día de hoy, a las 12:00 pm, el Presidente de la República Martín Vizcarra dio una conferencia de prensa en el Palacio de Gobierno sobre las nuevas medidas que se adoptarán para evitar la propagación del COVID-19, luego de confirmarse que la cantidad de infectados por el virus aumentó a 117.  En este sentido, manifestó que “a diferencia del día de ayer, el nivel de acatamiento de la [medida por la] población es mucho mayor”. Sin embargo, añadió que aún existen trabajadores que tratan de romper la ley, pero recalcó que para mitigar tales conductas se encuentra la policía.  Asimismo, el presidente mencionó que el día de hoy ya no será posible que los civiles se movilicen a través

Normas legales del 08 al 15 de marzo

1. Decreto Supremo N° 008-2020-MTC Título: Suspenden los vuelos provenientes de Europa y Asia, y desde el territorio nacional hacia dichos destinos, por el plazo de treinta (30) días calendarios a partir del 16 de marzo de 2020 Sumilla: A partir del 16 de marzo del 2020, se suspenderán todos los vuelos internacionales, ya sean de Aviación Comercial o General, que provengan o tengan por destino los territorios de Europa y Asia. Esto será por un plazo de 30 días calendarios, pero dicho periodo podrá ser extendido mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en mérito a la información que le proporcione la Autoridad de Salud, sobre la evolución de la pandemia del Coronavirus (COVID-19). Entidad: