El martes pasado, el senado de Chile aprobó el proyecto de ley Acuerdo de Vida en Pareja (AVP) que permite la unión civil entre homosexuales y que será discutido próximamente en la Cámara de Diputados para un dictamen final. La sesión estuvo encabezada por la presidenta del Senado, Isabel Allende, y en ella intervino el ministro portavoz del Gobierno, Álvaro Elizalde, quienes manifestaron su compromiso frente a la inclusión y protección de las parejas convivientes, sin distinción del sexo. Si bien queda pendiente la aprobación de la Cámara de Diputados en razón del régimen bicameral del parlamento chileno, ello merece un reconocimiento como un ejemplo a seguir ante el gran avance que se ha dado en esta materia durante los últimos años. En ese sentido, el presente editorial buscará analizar la situación de la unión civil entre homosexuales en la región, haciendo hincapié en el caso peruano.

Para comenzar, es fundamental abordar el plano internacional en referencia al tema. Este último mes de setiembre, una resolución titulada “Derechos Humanos, orientación sexual e identidad de género” que busca defender los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos para las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans (LGBT), para así, combatir la violencia y discriminación hacia este colectivo, fue aprobada en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Para sorpresa de algunos, esta no ha sido la primera ya que en el 2008, la Asamblea General de la OEA adoptó por primera vez en su historia una resolución dedicada a los derechos humanos y su vinculación con la orientación sexual e identidad de género[1]. Ello se anticipó a una iniciativa similar de la ONU adoptada por su Consejo en el 2011 expresando gran preocupación por los actos de violencia y discriminación contra individuos por su orientación sexual e identidad de género[2]. Respecto a la resolución de la ONU aprobada en septiembre, destaca cierta continuidad sobre las resoluciones ya mencionadas, y lo que sí, denota una diferencia al ser la primera vez que el Perú vota a favor de este tema. Cabe acotar que estas declaraciones no son vinculantes ni fuente de derechos. No obstante, son documentos que permiten fijar posturas a nivel internacional a fin de delimitar planes de acción, es decir, los Estados firmantes no podrían ir en contra de lo suscrito. Sumado a ello, se espera aun el que los países que presentaron una postura favorable tomen las respectivas acciones en sede interna.

Actualmente, hay cerca de 60 países o territorios (estados federales) que reconocen de manera oficial la unión de personas del mismo sexo. Respecto a la votación en la última resolución de la ONU sobre el asunto, se dieron los siguientes resultados: 25 países votaron a favor (en su mayoría países de América y Europa), 14 países votaron en contra (en su mayoría países de Asia y África) y 7 países se abstuvieron[3]. En el caso de la región sudamericana y la regulación normativa de ella, son pocos los países que no han aprobado la unión civil entre homosexuales o que no están en proceso de su implementación, tales como Bolivia, Paraguay y, como ya lo sabemos, Perú. Ello a pesar de ser uno de los veinticinco países que suscribió lo estipulado en esta resolución. Ahora ¿qué quiere significar esto? ¿Por qué un país ha emitido un voto favorable sobre los derechos de personas homosexuales en el plano internacional y no ha ejecutado pese a ello, iniciativas legales o políticas más que proyectos presentados por pocos legisladores en el plano nacional?

El hecho de firmar una resolución internacional que promueve el reconocimiento de los derechos humanos de la persona sin distinción de género o de orientación sexual, y no pronunciarse sobre ello frente a los mismos peruanos denota un doble discurso por parte del gobierno. El Movimiento Homosexual de Lima (MHOL) y el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos (PROMSEX) ya se han pronunciado sobre el caso saludando el voto favorable del Perú. Además, el MHOL expresó mediante una nota de prensa la urgencia de que tal suscripción sea coherente con la política interna del Estado, exigiendo consecuencias inmediatas ante los pocos avances, y en algunos casos retrocesos, en las medidas que el gobierno ha estado adoptando[4]. Ello haciendo referencia a la negación del Congreso de sancionar explícitamente los crímenes de odio por homofobia el año pasado, el alargamiento de la discusión del proyecto de Unión Civil presentado por Carlos Bruce y la omisión del colectivo LGTB en el Plan Nacional de Derechos Humanos del presente año.

Frente a lo expuesto, esta casa editorial manifiesta la necesidad de que el gobierno tome una posición clara y ejecutiva para así romper con una larga trayectoria de pasividad e inacción. Sin declaraciones del propio presidente de la República, lo único que se ha hecho hasta ahora es pasar por agua tibia el tema. Es más, algunos han querido sustituir la problemática abordándola con la figura de un contrato civil, como el caso del proyecto de ley que presentó Martha Chávez hace unos meses, cuya naturaleza es claramente distinta. Chile ya se está sumando al proceso de implementación de esta institución (unión civil homosexual) que busca la igualdad de derechos y realización de la persona sin distinción de su orientación sexual, y Perú, ¿cuándo lo hará?


[1] Resolución de la OEA: AG/RES. 2435 (XXXVIII-O/08) http://www.oas.org/dil/esp/AG-RES_2435_XXXVIII-O-08.pdf

[2] Resolución de la ONU: A/HRC/17/L.9/Rev.1 http://www.portalsida.org/repos/SO-0118S.pdf

[3] http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=15109&LangID=E

[4] Nota de prensa del MOHL. https://es.scribd.com/doc/241094656/Peru-voto-a-favor-de-LTGBI-en-Naciones-Unidas