Por Enfoque Derecho.

  1. La Toma de Lima. Crisis se agudiza y manifestantes llegan a la capital para protestar en contra del gobierno de Dina Boluarte.

La crisis política generada a partir del autogolpe de Estado del expresidente Castillo ha escalado en su conflictividad. Por ello, en un contexto de expansión de las protestas, los manifestantes, en su mayoría del sur peruano, llegaron a la capital a partir del día 17 de enero con la finalidad de que sus reclamos tomen mayor relevancia desde el Gobierno central. Así, se registraron manifestaciones en el Centro de Lima y en el Parque Kennedy en el distrito Miraflores. Principalmente, los ciudadanos exigen la renuncia de la presidente Boluarte, a quien acusan de autoritarismo político y responsabilizan por las más de 54 muertes registradas al 21 de enero. 

Los manifestantes denominaron a las movilizaciones convocadas en la capital y cuya fecha central fue el pasado 19 de enero como la Toma de Lima, en alusión a la participación de ciudadanos de distintas provincias del país. En dicho contexto, los consejos de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) y la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) acordaron alojar a los protestantes. Al respecto, y en ejercicio de la autonomía universitaria, el rector de la UNI, Alfonso Lopez Chau, señaló que las “visitas” no significan “ceder instalaciones”. Contrario a ello, la rectora de la UNMSM, Jerí Ramón, rechazó el uso de las instalaciones de la Decana de América para los fines señalados. El día 21 enero, en horas de la mañana, los manifestantes alojados en la UNMSM fueron retirados y detenidos por efectivos de la PNP.  

Por otro lado, la Defensoría del Pueblo, en su reporte diario del 20 de enero, contabilizó 44 civiles fallecidos por enfrentamientos; 9 civiles por accidentes de tránsito y hechos vinculados al bloqueo de carreteras; y 1 policía, por hechos de violencia en el contexto del conflicto. Sin embargo, en la jornada del 21 de enero se produjeron más decesos; como los que informa el diario El Comercio ocurridos en la provincia Virú, departamento La Libertad, entre los km. 501 y 515 de la Panamericana Norte. En suma, la cifra de fallecidos habría llegado a 60.    


Fuentes:

https://gestion.pe/peru/policias-resguardan-ingresos-en-universidad-nacional-mayor-de-san-marcos-y-universidad-nacional-de-ingenieria-tras-enfrentamientos-durante-marcha-en-lima-manifestantes-toma-de-lima-unmsm-uni-noticia/

https://larepublica.pe/politica/actualidad/2023/01/21/rector-de-la-uni-anfonso-lopez-chau-los-que-visitan-son-cobijados-y-atendidos-eso-no-significa-ceder-instalaciones-paro-nacional-dina-boluarte-congreso-protestas-pnp-san-marcos/

https://elcomercio.pe/lima/transporte/protestas-en-peru-en-vivo-ultimas-noticias-del-paro-nacional-en-lima-y-regiones-hoy-viernes-20-de-enero-ultima-hora-universidad-san-marcos-uni-toma-de-lima-4-suyos-bloqueos-de-hoy-arequipa-trujillo-puno-cusco-boluarte-congreso-online-en-directo-lbposting-tdex-noticia/?outputType=amp

https://www.defensoria.gob.pe/categorias_de_documentos/reportes/


2. El Gobierno dispone el cierre indefinido de Machu Picchu para salvaguardar la integridad de los turistas y proteger La Ciudadela.

El viernes 20 de enero, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, adscrita al Ministerio de Cultura, y la Jefatura del Santuario Histórico de Machu Picchu del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), adscrito al Ministerio del Ambiente, emitieron un comunicado en el que anuncian el cierre de la Red de Caminos Inka y el acceso a Machu Picchu. Esta medida entró en vigencia el 21 de enero y cuenta con plazo indefinido, dado el contexto de violentas protestas por el Paro Nacional.  

Esta medida tiene como finalidad salvaguardar la integridad de los turistas y preservar la ciudadela ante el peligro de afectación por las protestas. En efecto, el Ferrocarril Transandino, concesionario de la vía férrea, reportó daños en los rieles hasta en tres vías que conectan Machu Picchu con localidades aledañas, entre ellas, Cusco. El daño presuntamente habría sido causado por protestantes. Asimismo, previamente la empresa PerúRail había suspendido sus actividades en el tramo Ollantaytambo-Machu Picchu por la presencia de protestantes en el distrito de Ollantaytambo el día 19 de enero. 


Fuentes:

https://www.culturacusco.gob.pe/noticia/imagen/comunicado-sobre-cierre-de-machupicchu-y-red-de-caminos-inka/

https://www.dw.com/es/per%C3%BA-cierra-machu-picchu-indefinidamente-debido-a-protestas-contra-el-gobierno/a-64478633

https://rpp.pe/peru/cusco/cusco-machu-picchu-cierra-sus-puertas-al-turismo-de-manera-indefinida-por-las-protestas-noticia-1461509

https://gestion.pe/peru/suspension-de-trenes-a-machu-picchu-de-forma-indefinida-tras-danos-a-rieles-cusco-bloqueos-protestas-noticia/


3. Se evaluó la cuestión previa interpuesta por la defensa de Castillo que busca anular su proceso penal ante falta de antejuicio político.

La defensa legal del expresidente Pedro Castillo presentó el pasado 11 de enero un pedido de cuestión previa, mecanismo contemplado en el artículo 4 del Código Procesal Penal, cuyo efecto de fundabilidad sería la anulación de lo actuado en el proceso penal. El fundamento del recurso es la falta del requisito de procedibilidad de la acción penal relativo al trámite del levantamiento de la prerrogativa de antejuicio político, contemplado en el artículo 99 de la Constitución y 89 del Reglamento del Congreso. Al respecto, cabe indicar que el Congreso de la República levantó dicha prerrogativa mediante resolución con fecha del 12 de diciembre; acto anterior a la formalización de la investigación preparatoria mediante auto con fecha del 13 de diciembre, y a la resolución que ordena prisión preventiva contra el exmandatario con fecha del 15 de diciembre del año 2022. De igual modo, la defensa denuncia que no se respetó el debido proceso, en la medida en que Castillo no ejerció su derecho a la defensa primero en sede parlamentaria.  

En la audiencia realizada el día martes 17 de enero, el expresidente respaldó los argumentos de su defensa y enfatizó lo siguiente: “primeramente, que no he tenido antejuicio político. Segundo, no he renunciado a este derecho constitucional del antejuicio político. Y tercero, que mi derecho a la defensa y a las pruebas ha sido vulnerado por este Congreso constitucional […]”. De igual modo, Castillo precisó que no tuvo, y no tiene, la intención de fugarse del país. 


Fuentes:

https://rpp.pe/politica/judiciales/pedro-castillo-busca-anular-proceso-en-su-contra-mediante-cuestion-previa-noticia-1460581

https://gestion.pe/peru/politica/poder-judicial-evalua-cuestion-previa-de-pedro-castillo-para-anular-vacancia-noticia/

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/resolucion-del-congreso-que-levanta-la-prerrogativa-de-antej-resolucion-002-2022-2023-cr-2133293-1/

4. Telefónica pagará la mayor multa de su historia por conceptos tributarios en Perú.

La Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema resolvió, en última instancia, el pago de 854.7 millones de dólares por parte de Telefónica del Perú en el contexto del proceso contencioso-administrativo relativo al impuesto a la renta de los ejercicios de los años 2000 y 2001. 

Telefónica del Perú no podrá impugnar el fallo en sede de la jurisdicción peruana, por haberse resuelto en última instancia; sin embargo, la multinacional española presentaría un recurso contra el Estado peruano para llevar la controversia a arbitraje internacional en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).

En efecto, la compañía se pronunció en los siguientes términos ante el fallo de la Corte:

“El monto original de las disputas se ha visto incrementado exponencialmente por los intereses generados por la demora, no atribuible a la compañía, de casi 20 años en la tramitación de las controversias. Esta grave demora ha originado que la cifra reclamada por la SUNAT actualmente está compuesta, en más de un 80%, por intereses y multas”

Cabe indicar que Telefónica del Perú mantiene arbitrajes internacionales ante el CIADI por presuntas conductas del Estado peruano violatorias del Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre España y Perú; lo cual incluye asuntos tributarios. 


Fuentes:

http://www.elperuano.pe/noticia/202441-telefonica-del-peru-corte-suprema-le-ordena-pagar-8547-millones-de-dolares-por-impuestos

https://elpais.com/economia/2023-01-18/telefonica-tendra-que-pagar-la-mayor-multa-de-su-historia-tras-perder-una-batalla-fiscal-en-peru.html

https://gestion.pe/economia/telefonica-sobre-fallo-de-la-corte-suprema-80-de-lo-que-reclama-sunat-son-intereses-y-multas-noticia/

https://www.smv.gob.pe/ConsultasP8/temp/230117HI.pdf

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