1. Dictan orden de impedimento de salida del país a Susana Villarán

Esta semana, el fiscal Hamilton Castro solicitó la medida de impedimento de salida del país a Susana Villarán y al ex gerente de la Municipalidad de Lima, José Miguel Castro Gutiérrez. La medida fue solicitada debido al inicio de una investigación preliminar a ambos funcionarios públicos por el delito de lavado de activos. En este caso la situación de Susana Villarán sería más grave y diferente a la de Ollanta Humala y Alan García debido a que estos eran candidatos, mientras que ella habría recibido el dinero durante su gestión como alcaldesa de Lima.

Las investigaciones se aperturaron luego de que Jorge Barata, ex gerente general de Odebrecht en el Perú, declarara que la ex alcaldesa y José Miguel Castro solicitaron que la empresa brasileña contribuyese en la campaña contra la revocatoria.

La medida cautelar es una medida que busca evitar la fuga de un imputado o testigo que es parte de un penal.  Es evidente que este mecanismo de seguridad representa un limitación al derecho a la libertad de tránsito; sin embargo, esta es una limitación legítima debido a que protegen otros fines constitucionalmente legítimos como la lucha eficaz contra la delincuencia y la efectividad de las sentencias.

En este caso, el fiscal tuvo diversos indicios para solicitar la medida de impedimento de salida del país. Entre ellos se encuentran las diversas llamadas realizadas desde los números telefónicos de la Municipalidad de Lima hacia las oficinas de Odebrecht en el país. Estas llamadas han sido corroboradas por la Fiscalía. Además, debido a la declaración de Barata, la fiscalía ha determinado mediante una revisión que existe una diferencia de cuatro millones de soles entre lo declarado por el ex responsable del equipo legal de la campaña y que existirían reportes falsos que buscaron encubrir los aportes fraudulentos.

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2. Osiptel levanta medida cautelar a operadoras

El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) levantó las medidas cautelares que impuso a las empresas de operadores telefónicos Movistar, Claro, Bitel y Entel. Estas medidas se otorgaron con la finalidad de que se suspendieran temporalmente la oferta de “planes ilimitados” .

Sucede que no se estaba brindado la adecuada información a los usuarios sobre los planes de internet móvil que se venían ofreciendo. Las empresas habían hecho caso omiso al Texto Único Ordenado de Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, en el cual se establecen las obligaciones y derechos de las empresas operadoras. En el capítulo II sobre Contratación del Servicio, en el artículo 6 se indica que “Toda persona tiene derecho a recibir de la empresa operadora la información necesaria para tomar una decisión o realizar una elección adecuadamente informada en la contratación de los servicios públicos de telecomunicaciones, así como para efectuar un uso o consumo adecuado de dichos servicios”. Además, se establece que esta información debe ser clara, veraz, detallada y precisa. Mientras se realizaban las investigaciones pertinentes, OSIPTEL consideró que la medida cautelar sería la medida apropiada para evitar que más consumidores se vieran afectados debido a la falta de información de las empresas.

Las medidas cautelares muchas veces pueden restringir derechos fundamentales, como en el caso particular en el que se limita el derecho a la libertad de contratación. Sin embargo, esta limitación no es arbitraria, sino que se justifica mediante el resguardo a la efectividad de las sentencias judiciales. Las medidas cautelares son una herramienta para poder lograr este resultado, mas no deben considerarse como un proceso en sí que genere satisfacción. Así, el juez adelanta los posibles efectos de la sentencia no estando seguro de si existen los derechos que las partes alegan, pero en favor de resguardar la efectividad de la sentencia.

El levantamiento de la media cautelar se dio luego de verificarse que las empresas han cumplido con hacer pública toda la información de los diferentes planes móviles y tiene como efecto que se retomen las ofertas correspondientes.

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3. Egipto recibe el peor ataque terrorista en los último años

El último viernes, Egipto sufrió uno de los ataques terroristas más destructores de los último años: el ataque directo a una mezquita de la ciudad de Sinaí, en la cual más de 300 personas fallecieron. El atentado se ejecutó con armas de fuego y bombas durante una de las horas del día de mayor concurrencia.

Testigos del atentado terrorista indicaron que quienes atacaron el centro religioso poseían banderas del grupo terrorista Estado Islámico. La fiscalía del país informó que eran aproximadamente entre 25 y 30 atacantes que dispararon hacia las ventanas de la mezquita.

Horas después del ataque, el presidente de Egipto indicó que el país respondería el ataque lo antes posible. La advertencia se hizo realidad horas más tarde cuando las Fuerzas Armadas de Egipto atacaron vía aérea a quienes consideraron fueron los extremistas islámicos que perpetraron el ataque el mismo día. Con respecto a ello, es necesario considerar las medidas que los Estados deben tomar caso de un ataque terrorista. La ONU establece instrumentos jurídicos internacionales los cuales son vinculantes a los miembros parte de la Organización, como Egipto.

La ONU establece un protocolo determinado para los atentados terroristas cometidos con explosivos u otro artefactos mortíferos, como las armas en este caso. El Convenio firmado en su artículo 6 indica que los Estados podrán ejecutar su jurisdicción interna cuando el ataque terrorista se haya perpetuado en su territorio, contra ciudadanos de este territorio; sin embargo, el mismo tratado indica que “nada de los dispuesto en el presente Convenio menoscabará los derechos, obligaciones y las responsabilidades de los Estados y de los individuos con arreglo al Derecho Internacional”. Es por ello que la actuación del Presidente egipcio puede ser motivo también de observancia de las Naciones Unidas, debido a la actuación posterior al ataque terrorista en su territorio.

Lo más preocupante para la comunidad egipcia y la comunidad internacional es el lugar en el que los terroristas perpetraron su ataque. Este grupo violento se ha caracterizado por atacar a las fuerzas del orden o políticos; sin embargo, nunca antes se había visto que atacaran directamente a una mezquita. El secretario general de la ONU se ha pronunciado sobre lo ocurrido en Egipto y ha indicado que confía en que los responsables de la matanza serán llevados rápidamente ante la justicia.

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