Luis Hernández Gazzo, Socio de Hernández & Cía. Abogados y Harvard Law School Master en Derecho (LL.M).
Enfoque Derecho: ¿Cuál es su opinión respecto a la exigencia de establecer una sociedad con objeto social determinado?
Juan Luis Hernández: Esta es una exigencia muy común y muy difundida en las legislaciones societarias de origen romano-germánico. Siempre se concibió que la determinación del objeto social cumplía varios fines. Un primer fin era proteger a los accionistas limitando a los administradores al mandato inicial sobre inversión de su dinero o aportes; inversión solo en lo que haya sido establecido en el objeto social como actividades de negocio, sobre la base de determinarlo claramente.
El segundo fin consiste en que la determinación era una suerte de protección a favor de los acreedores, porque les brinda a estos información de hasta donde pueden contratar los administradores o representantes de la sociedad. Solamente podrían o deberían contratar en el marco del objeto social, salvo alguna excepción puntual en nuestra legislación, limitando los denominados actos ultra vires.
Esta exigencia puede encontrar una explicación razonable en los puntos que he mencionado, pero ello no obsta que el mercado o los accionistas deseen optar por una indeterminación del objeto social.
ED: El tener un objeto social indeterminado, ¿podría afectar los intereses de los accionistas y de los terceros acreedores de la sociedad?
JLH: Considero que no. Es una opción que nuestra legislación debería de poner encima de la mesa dentro de un menú de alternativas, que es lo que debe regir fundamentalmente en materia de derecho societario como una parte del derecho privado. Es decir, permitir a las partes pactar una serie de cosas si lo consideran a favor de sus intereses y si eso no perjudica a terceros.
Entonces, si bien la determinación del objeto social tiene una lógica propia, también la indeterminación puede tener la suya y así satisfacer una necesidad del mercado. Lo que no comparto es la prohibición de la indeterminación, es decir, la determinación como única alternativa. La indeterminación debería ser una posibilidad. ¿Sobre qué base?
En primer lugar sobre la base del interés de los accionistas. Los accionistas podrían querer que sus administradores, directores o gerentes destinen los recursos de la sociedad a cualquier actividad lícita que les pueda generar una utilidad futura. Y pueden haber algunos accionistas o futuros accionistas que entiendan que ese es el mandato, la instrucción o concepción que se tiene respecto de su sociedad; que su sociedad pueda dedicarse al negocio que más convenga dentro de la ley en determinadas circunstancias y por lo tanto querer un objeto social indeterminado. Desde esa óptica, la prohibición no tiene, a mi modo de ver, un sentido. Debería ser una opción.
Y por el lado de los acreedores, creo que no hay ninguna posibilidad de afectación, porque –si estamos frente a una sociedad que permite la indeterminación –no habría ningún problema de actos ultra vires. Bastaría simplemente que los representantes actúen en el marco de la ley para estar comprometiendo a la sociedad, pues la sociedad puede dedicarse a cualquier actividad legal.
No creo en obligatoriedades, así como no creo en la obligatoriedad de la determinación, tampoco promuevo la obligatoriedad de la indeterminación. Lo único que promuevo es la libertad de pacto, o sea debería poder pactarse la indeterminación. Podría incluso hasta conciliar respecto de que la determinación sea la regla supletoria a aplicar y la indeterminación una opción, pero no prohibir la indeterminación.
ED: ¿Cree factible que se dé esta modificación en el actual proceso de reforma de la Ley General de Sociedades?
JLH: Lo veo factible. Todavía este es un proceso que sigue en marcha, que está avanzando, es un proceso que aún no ha culminado, pero posible lo veo. Veo la posibilidad con entusiasmo. Pienso que es algo que si podría darse y espero que ojalá se dé porque es uno de los tantos puntos de nuestra ley actual –que es una muy buena ley en términos generales –que amerita una revisión. Tengo confianza en que esto pueda caminar.
Es un tema que está puesto encima de la mesa y que con la misma inteligencia y amplitud de mente con la que todos los miembros de la comisión hemos venido debatiendo distintos temas será discutido. En lo personal percibo con emoción esta idea y creo que es una posibilidad, ojalá sea así.